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4] 7 rincipio,nifin , y pórotros fines alg dptdiliertal v4 6. hafía el 156.d.quef .2.dif.6. : ei 15; digame n WN Pater. hehe icho decreto en í,folo exceptuava alos Capuchinos de dar el Habito alas mugeres Bizocas,de quienes folamen= te habla ; como le puede ver: entljemelz. $, al principio: y: -losPP. Terceros en fu memo- ria tandleno de fubrepciones,, y obrepciones,aunque eflien= den lá dicha excepcion , no OS e de: lasmugertes Terceras,ibi:ice- remulizres;' y. eltomiímo.e (ta: en dicho decreto tricado(pof, la habilidad delos dichos Pas dres)que V Paternidad refic= reencl 2.3 3.pues como lien» do eftoaísi, V.P.annmo (e có. veros ¡noidite ViP. altas Terco ras, (inowa los Terseros: no i las. mugeresyfinoratos hómbres,: fino esque pará con V.P. (ear lomeímo las Tercoras,que los: Terreros; y lean en lu Grama= 38% QuehizSatisfat.Tnfant.io. tica lo meímo el nóbre maf. culinosq el femenino, que fe. rá muy nueva, y gracioía; ala [1tómo es gracioía la habili. dad de manoscon que V.P. tráímura los dichos terminos por eftender la dicha excep. cic n:aoradigo que anduvieró: piadofos, y comedidos los PP.. Terceros, Autores del dicho. memoral,cotejadoscon V.P, y queíiV .Pole-huyiera forma-, do,ñoíolo le huviera quitado: principio, y fincomo ellos, fi- no queno le huviera dexado hueílo fano. ,-o claufula que, fuelle (uya; dicha tuyo, dicho decreto n que el dicho me- morial no (e encargalle al Pa», dre Solis Truxillow.; 055,2. 93 Reíponda, pues: que todo loque V Paternidad ci-. ze en dicho numero, es fal. fimo(y quele incumbe elpro- barlo,lo qual no haze¿ninun- ca hara) menos el que-aquella claúfuladel dicho: decreto. de 1616.S ws Regulari- > bus fufficie sen =p Juffultis:habla con los Superio tes de qualquiera Religion; pero en ello ya V. Paterni- dád encontrado c n los cr- ceros de fuOrden, que fabri= caron el fobredicho .memo- rial, yfavorece lo queen otras partes dexamos. dicho fobre elte punto. +»: 96 Imó,escontralo mel- mo 4. V. Paternidad Es Pe
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