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rad fe hermes defeíto de la cauía,impulliva , la qualíolo, rerardaria para quemoÍc hi= zicíle tantaEn y la con- dad., que totalmente retra- gielfe. de. la conceísion., en £l qual cafo eftaria el defec- Seno la caula final , como y ex dege cum tale 7 Lo en de ete ADO | y amarra ds ¿Luegofimilisér , en nueltro caío ., y cn (¿mejantes re(- eriptos , folo [e viciara la gracia , y le juzgara involun- taria, quando la igmoran- Cia. 0 error de el Priacipe fuere acerca de la cauía fi- la qual. íi verdadera» mente conociera , no con- ccderia en manera alguna la dicha gracias. ir TOTS Lo tercero »yes ES de. el.oe dente ; porque e n todas l as, demas AS y , el de ALA Y hs AIN sale gl 2 no. obíla. en manera. alg aa para que el.adto. (ca. o mente valido ; pues, lo que obíta a lu validacion , es [o- lo, el defeéto de la caufa fi=, nal, ¿def?, de aquella que no exiíticado, no fe hizlera el tal afto en: manera alguna, como.le tienen. todos los Doftores, capit. po, tranf> — Latiouem y sele E capit. fi Cbrifas , > Sade re iurand. capite cum cejjan=. te, de appellat. 1. /7 canlier Cod. de iuredotium , ht. $ Jexum.., df». de pofulando,, ds porqué 2 no dire, Lo quario >, ue quaLazo Saro dde a fuficieate de fuyo. para porto e la gracia, O privi- legio , aunque fe calle ague- lla cauía , que» biziera mas, dificil la concel:ion, aunque); esaísi, queen tal calo (cria. en alguna manera involun- ria la concelsion( idef , en quanto a cierro modo ac- cidental,que no varia la (ubí= 1 tancia de la cofa ¿mila con», celsion abíolutá ); pee ] plicitón ; y de quanto a Lo tancia es voluntarias. note deboja nec CHTÍtAOra de Fey A AG Lo,

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