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e Objeciones contra los Capuchinos: 283 tio fet per rebicentiam veri, - 1455 Lofeptimo, porque dichos Paares Penitentes, 10 “exponen todas las palab ras de ¿el decreto del ano de.mil cil» -cientos y diez y Íeis, y Íupri- -men el principio del mimo aCCrcros á1fe huvicra si E 5 y 2 e, denales no aver fido dado dicho decreto, a inflancias -de dichos Padres Penitentes, -ni por eíta Sagrada Congre- ¿Sacion , coutra lo que ellos alegan. Suprimen atvimiímo -€l fin de dicny decicto , y to- . das las condiciones exprefia- viera co + rl mente, que da excepcion de -los nos pets en di- ¿cho decreto , mo hablava de Jas Terceras puramente Ses ¿Culares , Ímo.£oto de las Biz- + zochas , 4 quienes los Capu- Chinos de Erancia.nunca han «dado, ni dan el Habito, ni qe fe conocen en. dicho - Keyno, como fe dixo:arriba. Luego en la fuprelion de circuafltancias tantas, y tan Notables para.cl intento que Ppretendian , fe hiao notable Engaño a la Kelizion-de los Eminentisimos , y reótifsi- -. mos luezes' + luego en di- +-£h2 reticencia fe comeno yi- cio de: tubrepcion «7 ergo, Boliviana 41967 0b8) que dichos Padres Peniuen- ¿tes cometen vna gran : fub- recepcion: ndo [exponicen- -do que ce decreto de el año de mil y (ecilcientos y 102 yo -tuados los «por feisconciciónos ¿que fe pueden yer en el, vb. Br al principio de «fa quel. 3 AN e de Pe, UM. -13.las quales totalmente las -condifinguen de las. otras -¿Derceras , qu no tienen di- chas:qualidades, y a las qua- les no pretende dicho deere- - to. comprehender en dicha “excepcion; pues habla folo de - aquellas que cpecifica , y no ¿de las otras 2: Excepsio enim -refringit ad verbaliter ev- ¿cepta:, fegun Ealdo confi401 + «Super fafto, numo22. verfic. - Secunco queriror ¿1 5.Pero no les ellava a cuento a los Padres Pevitentes el predo- - Cir. la dicha verdad:; puesÁ ola buvieran plóducidoy ro -«huvieran confeguido- Cefa alguna ¿y daño. gratis cue huvicfica conáguido algo, | lo

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