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o, e. Ocnfultá 7. Defpries éitr3 en elerimpulo y avía dicho bien ,0 mal, y le amone!to,que no hizicfle caío de lo que le aria dichoslino es que lo confultafle con otro, y no fe alleguralle , porque ¿l no lo queria ver , y podia tencr duda contra ella, Elto hizo, por no obligaríe acalo a relponderla,que tenia obligacion á refbituir, por el amor propio de parente(co que la renia, y le quiío dexar , como antes eltava , con la amoncitas cion de que fealleguralle por otra parte ; pues el Confeflor le avia dicho , que miralle , y confulralle dicho teftamento.Dudafe,(1 eltá leguroPedro,d tien ne obligacion á verlo,y Di 2 qué Íintiere. s Dos Arcedianos avian traido largo pleyto lobre el derecho de provcer.en vn. diftrito , y en el año de so.huvo tal varicdad de lentencias,que con fundamento le pudo dudar , qual de los, dos avia' quedado amparado en la pollelsion.Con que;ó por elto, Ó por otra cauía cada vno proveyó lo que pu- do , creyendo que tenia mejor derecho que el otro ad inuicem,y menolpreciado el de el otro. . . 6... Pedro eltava ignorante delte pleyro , y elta- do de proyiliones, creyendo con buena fee,que era indubirable el derecho de JuansArcediano, le pidió vna Hermita,que tenia proveida Geronimo,que ra el otro Arcediáno , y didfcla. Tomo pofleísion de ella : puío pleyto al provifto por Geronimo : delif- rió,y cedió el ral provilto,no atreviendofe á litigar, porque era hombre pobre,ó porque le pareció,que - «ra mejor derecho el de Pedro , y que le ayia de VeEnccE. o ADy ] 9% 7. Delpues de mos años , que gozó Pedro; los dos Arcedianos bolvieron al pleyto antiguo. Juan tuyo la primera fentencia á fu favor+ Geroni- mo la legunda de amparo de pollefsion , en la qual (e ha quedado,por no averle proleguido el pleyto. .. 8 En eltceltado Pedro , apremiado por la fe- gunda lentencia, que Geronimo ganó contra Juan, le entrego cl titulo de fu Hermita., de 9 La duda confilte,en li el polleeedor antiguo tiene algu» derecho contra Pedro, , por la renta de los años que gozó. aquella Hermita , y le la quitó por Jutticia. deis N ¡o Eleferupulo de Pedro confifte ,en li Alo menos, deíde el dia que le relucito el nuevo pleyto, ne eftá muerto,y parado mas avia de 40. años, cl. tará obligado a refticuir los frutos , porque lupo la : litis conteltacion. pe 11 Pedro a efto farisfaze,con que dicho pley- omi licis conteftacion, no fue con Pedro; y aísi no le puede comprehender la mala fee prelumpta, que fe induce della : porque el pleyto, lolo fueentre los dos Arcedianos,con la circunftancia de que aun no le movió Geronimo, que le gano; Íino es Juan, que e le perdió,y avia proveido en Pedro. Y por vltimo, en el fuero exterior, reñido elte pleyro, tuviera Pe= dro grandisimo fundamento y y elperanga de que no le avian de obligar a reftimir dichos Írutos.... 12 Mos lola duda de fu obligacion en el fuero interior. de la conciencia,por aver lido vn po. bre hombre el primer pollecdos , que ls rindió: y Para reconocer (i alien, male fidei poe/Jor efi, fin. fesur: que li haviera glo y Modo in rep le podia de AAA Ss E ey len huviera tenido juíta cauía de lirj fen der lu poficffion,y fueta dadoío 2 cer,como le vió en clpleyro delos dos Árcedianos que el vno configuió la primera lentencia y el 6 ¿ la din aun faltan de dár otras, $ | Y -. 13. Peroel cato es,que Pedro o deldes - recho de lu Ascedlaño.s le tuvo rr norando el pleyto antiguo que avia ayido-: con Sl le allegura masla buena fee que tuvo para def ) jar al pobre. Y iclto fe Hega, que aun la bicis cons teftacion indace mala fee preía pra por derecho en conciencia le debe atender a la verdad;y por Ze lo Juan Garcia de expenfis¿6 meliorationibusscap. 3 num. 14. Ego profeéto neftio , cur bec conteflatio , ye documentds ¿Co inftrumentis fte imbuita imduccre pos tefb veram fruétus reflitut, 3 mifiex eo , 0 tempore, qua reus exablis potuit cognofcre rem ad fo núm pertineres quod fret poft publicationenn, atolbstiont, > ita femel sudicatum vidi in hoe Senatu,, ” audio iudicatum fue Pintie. Y mas abaxo : Aliter certó bona fides mea dusa val , quam veré non tolit litis conteflatio. cuba ia fuita _ Mon in sure comfiftat ¿cónftat,ergo duplicem csm vinalar fidem : driam Veram, que in confricria confftit ; alían fiilam que tniure pojsita efh ¿hoc efe in petitione , 7% denuntiatione rebte fabla ¿ ftilicét exbibitis documentisy guibus rem ad te pertinere mecum ipfe de imdicdre pof Jít. Lo miímo dize elte Autor en el cap.6.num.5« Suplicafe que fe ves y hard 4 qualquiera Abogados ocers l1 le puede lalvar 4 Pedro; que ries he contra si la regla de que ex tempore litis. conteftas toni mes prefumustar male fuer pol Joves le la ley 24,0 fi lege,S.Si ante litem, f. de pario, sf reditdtissque dize Garcia d.cap:6 mum. 1 « Quod Iurifa confultus traxit regulamex his que frequenter fiunt, bona enim, mala fides,veré non depender ex contromera fa motápel ex conteflatione : vnde ad dijudicandum boz mamvel malem fidem alicuias inquirenda ef? ex circunf tantijs etus confcientia ; fi ver? babuit. comf ientiam y ás, a pat 0 IÓ Ds Alá 1. Puede Pedro aquictatíe eoti la tafa , que le pareció entonces que merecia; fin eftar obligadd j Ala 2. Tengo por licita dicha diligencia de cedros... id REINA ¡7 e la 3» Putde alsimilmo aquicfarle Pedro :efi A y A o ¿Conciencia,aviendo leguido Autores,timoraros. :, > . + Ala 4.Pudo Pedro (aliríe 4 fuera conla amos tieltacion que hizo, y no riene obligacion:de v t dh tal reftamento,éc, y rige 5 ?GiAr0 2rQDa% Ala 5. Por la litis conteltacion( y mas. movido el pleyto por Juan ) no e conttituyó Pedro poflec» dor de mala fe para el fuero de la conciencias y als : ho cíta obligado en conciencia 4. refticuir los rales Stutos. ' »”I ha MN Ala > o - A ñ ¡Hi htdo End A e o 66 Na e
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