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493 0 Apología e 17.Imo,es otra naturalezastext.in l actor. ff de proba. O in leg in fum, ff. de aqua pluv. arcend. y del comun proloquio delos Filofofos.. > 33 Lofegundo, tiene igual fuerga con la ley, ex cap.confuetudo,1 «dift.cap. fin.extra,de confuetud.leg. de quibus, ff.de legibus, leg.2.C.que /ít longa confuetu- do,$.Ex non Lee imjhis .de iure nabur. gent. O” cimil. Guid.Pap. /meul.8 3. Belleto di/quifst. Cleric. part.L. tit.de fanore Clericor, 5.3 .num.10.y Otros muchos. 34 Lo tercero, que puede la coltumbre intro- ducir,lo que puede el Principe conceder , cap. Juper: guibufdam, $. Preterea s de verb. fignificas. leg. Js quifo: . quam, fade diuerf.27 tempor prefeript. y lo que puede concederle por privilegio. Oldrad. conf. 172. im > princip.conf.x 46 in fine, y conf.2 5 4. 10mum.8. Áncha- rrano confil. 50. Baldo conf: 49. lib. 1. el Cardenal Tuícho tom. 2.litt.C ron 809.y otros. Sed: eff,que no puede ponerle er duda, ni en contro- Fe y que los Sumos Pontifices puedan conceder alos Regulares el que puedan miniftrar el Sacra- mento de la Eucariftia2 los criados de (us Conven- tos,que fon familiares, y continuos corimenfales en ellos, para cumplir con el prec to de la Comunion . anual: y fi no pregunto, quiente arreverá a negar al Sumo Pontifice el dicho poder, y facultad ? Er.- gc de | os | Prueba bltima y Jatisfacion + las objecciones , que fe. pueden hazer encontra. 35 Prucbale lo féxto, y vltimo: porque contrá lo dicho no le defcubre , ni parece puede aver fun- damento alguno, que haga la menor fuerca , y que no tenga congrua , y facilifsima folacion , como le verá refpondiendo 4 ellos ¿lo qual ya hago ;Ergo, OBFECCION L 36 Opondrafe lo r.que parece abíirrdo, y eontra la intencion de los Sumos Pontifices , dero-- gar la juriídicion , y obedioficia de la Iglelñia Parro= quial , eXimiendo á los criados de los Conventos, de tal luerte , que nurica puedan fer compelidos 4 recibirla Comunion Palqual ex ví frecepti en lu Parroquia : luego porque no fe liga elte inconve- niente,no (debe afirmar, que los Regulares privi- legiados pueden licitamente adminiftrar en la. Pal qua á los criados Seculares de los tales Conventos la Eucariftia fin licencia del Parroco:Ergo,Gc. 37. Refpondo. : que alstcomo no fe deroga la jurifdicion de la Iglefa Parroquial , por la. confeí- fíon hecha con los. Religiolos aprobados para cum- 'plir el precepto de la anual confelsión , contenido. en el cap. omnis vtriufque. Acercadelo qual fe vea lo que díximos en nueltro legundo. tomo de la Su- MA IT.ho de/p 4 f0bt.2. cap.3. quefit. 4. 4 mum.46 ad - queel recibir la Comunion Paíqualen: as | olel AER e. e, E de Poliaco: afsi tambien le puede afirmar lo , 3, q | del adminiítrar la Comunion Palqual ex di Precepo E adminiítrar el Sacramento de la Penirenci: Md dl TN Y de 3 q , A A " E a , % ds $ pe a todos los Fieles ) inftimmido principalme la falud de las almas, le requiere mas perfebta ma. yor jurifdicion,que para adminiltrar el Sac; amento de la Comunion, como coníta , y es manificlke luyo ; luego alsi como aunque los: Fieles Secula nunca puedan ler compelidos a confellaríe con Parsoco,para cumplir con el preceptoc el ca fon anual , no por ello fe deroga la jurildicion' de efte. Elto mifmo fe podrá afirtnar de laCoz húnior Paíqual, relpeéto de los criados de los Conventos que fon continuos, y conmeníales en ellosg aviendofe inftitaido efte Sacramento , mas. vtilidad e los Fieles , que para el conmac o Parrecos,y Prelados. A 38... Mas:Porque li es probable,quelo: y El de los Conventos pueden conteflarle cón É [or Regular, lin eftar efte aprobado por el Of rio,como lo tienen,corr muchos que citan, N tom. 1. verb, Confeffarins 3. num.s. y Le ZaÑ y | part.2.cap.1 6.n.16. Donde de Rodriguez,P' y Barboía trae efta declaracion de la Sagrada! gregacion : Confe/Jariz Regulares in Monafler Coliegijs Regularium , vbi regularia inftituta fe pojJuns ab/que licentia Epifcopi audire conf sia rum S2cularium,qui funt veré de familia, > en n commen/ales, not tatnen ¡llorum, qui tantuma def 13 Monafterijs,y dize que le vea á Armendári le tambien arriba en el libro de la. Terce E trat.2 .dific.17 «num. 1 3 5. comoe entienda - timo 5/64 fic ef , que es mucho mas lin cop cion poderle confellar dichos criados con Coki lor Regular , lin eftar aprobado por el € cdi | de los Conventos en que fon familiares , y60 nuos conmeníales,vt ex fe patet::Ergo<oe, +03 | he 39 'Deinde: porque el Sumo Pontifice , Como Paftor vniveríal de toda la Iglelia Catolica , pued delegar lu juriídicion 4los Religiolos, para que» lide,C- licité puedan miniftrar todos los Sacrame E e Us / tos,y rengan toda la jurifdicion de los Parr: cose mo es cierto,e indubitado, por terrer., Col no tiet poteftad en todo el Orbe de la tierras: plenil $ difpolicion fobre las cofas , y Beneficios Eclelralks cos cap.In bis, donde los DD.de prisileg.cor Clement 1.im fine,vt hitependent. y de otros Derechos. E darles fepulrura es ellos)no podra ponerle 0 Ps troverfía razonable , e que É Po Y | | Ses |

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