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434 e EESESTESESS EESESEEES € ces s nas 333333333ia ] O ALEGATO SEGUNDA 'A FAVOR DE LOS PRIVILEGIOS DE LOS REGVL ¿AR contra los procedimientos del Señor Prior de Vcles, que cul tan del Cura de Villanueva del Cardete defcomulgo,y puío en la T, de dicha Iglefia al criado de nueltro Convento , fito en la pe por aver comulgado en tiempo de Palqua enla] glefia de dl nueítro Convento , y cumplido con el precepto 1 e la prin anual, ' . Ss JUpongo lo 1. antes de entrar en el 1% on Alesato,como cierto,y Íin contro- | E , que todas las Religiones Mendicantes ( y lo miliho digo de las demás ) comunican entre Íi fus ivilegios,de tal luerte, que los Privilegios conce- 'didos a vna de dithas Religiones, lon tambien co- munes a las demás , y tan praprio de cada vna de ellas, como Íi fe havielfe concedido 4 la ral. Afsi confta de la Conftitucion de Leon X. Dudum per nos , expedida el año de 1519. y eltá en el primer tomo de los Bularios mum. 3 2. entre las de dicho S.Pontifice. De otra de Pio V. que empieza : Roma- ns Pontifex , expedida año de 1567. Y lo melmo de otras muchas , que le pueden vér en Rodriguez tom.1.quejt. Regular .quejt.s 5 .art.1.Veaníe tambien "todos los demás articulos de la dicha queftion : en Confeccio in Summa Priuilegiorum Maris Magni, eap.5. en Lezana part.1. de fu Suma, cap.3. VUM.17. “part.2. cap. 1.num.5 2. y enel tom.2. verb. Priuslegia Regularium,num.2 4. en Graciano tom. 4.difcept. fo- yenf. cap. 791. num. 8. 9. enlos Salmanticen(es tom ,4.de Priwileg .cap.1. punét.7. $.1 «per totum, y en otros innumerables. 2 Yenclpecial, gue mi Sagrada Religion de los Capuchinos goze de todos los Privilegios con- cedidos , y que fe huvieren de conceder 4 todas las Ordenes , afsi Mendicantes , como no Mendican- res, del miímo modo que Íi e huvicllen concedido mominatin 4 ella, es ageno de controverlia, como le demucltra en nueltro tom. 4.de Confultas,4 pag.528. 4 num.7 3. donde le ponen las Bulas , que ¡nos con- ceden lo disho. 3. Supongo lo 2.que el tal criado de dicho nueltro Convento de Villanueva de Cardete , es part.a..cap.16 um. en Mes EN eb di: E EN <- ERE o" moco folrero , y como tal vive , come, continuamefte dentro de dicho Conve configuiente es continuo , y conmenía di lupuelto. 4. Soy de fentit que el tl criadi nueltro Convento no debió, ni pudo fer r gado, y puefto en la Tablilla por dick que los Regulares pueden dica ra tía > no folo en tiempo de Paíqua, ot el articulo de la muerte a los criadc 8 de Ventos, que fon CONtinuOs , y Conme nal e ( y lo mitmo digo de los Sacramentos de tencia , y Extrema-Vncion ) fin li cencdá d rrocos , y los tales criados recibir€ 'Mentos de mano de los Religiofos € eny de los Conventos en que pi: Jepene los Parrocos: afsi como tambi eN: en dichos Conventos in coli lo dicho de ves maneras. - po! : ede pa rabo m.... Prueba primerao. 7 e EA E? A y A Mo . Pruebale lo primero, porque lo di cho doétrina de los DD, pues lo tienen als pendio de los Privilegios, Juan de la chez ¿Croufers,Bonacina, Trullenca cobo Mancino, Pellizario , >, SUAr de cy vario , Luis de Sún Juan, ,Villalo DOS , y e chos, Ballco tom. 1. verb.Commrunio, dm : dro del Santifsimo Sacramento dijp.3. queft.2 5. Diana part. 5. traE 9»t7.9.7e/.36. y part. 10, tratt, 11. Tamburino de expedita€ 100€, he, pagamibi 81. Lézana en lu prim er19 re
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