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Y DIVERSAS prada.> He APOLOGIA, O ALEGATO j HE 2 EN ls q | P A , ns e E y" q PP 4 dl ye e pz e AU Ñ y > s y 4 , A $ eos Ao A A La a E ¿A : > e + ES > C- EN e í » a 1 "E e E . “AS .. + z > $e - y ph Q «E y j . " ] CS A e vs dl A : ES > 4 , , 3 i Z y A Y p q 4 » 4 . 3 4 . 4 A 3 7 l $. 7 4 « Ed de nd t A Pr a 7 - > * e" 2 favor de la Comunidad de el len LOS PROCEDIMIENTOS DEL SEÑOR PRIO of DEPo bs que privó de las licencias de Predicar,, y Confeffar > y declaró defcomul A (poniendolos en la Tablilla de dicha Iglefia publicandolos por tales de de y Pulpito,con otras peñas ) al Padre Guardian de dicho Convento 19 Padres pea de S, Clemente,y Fr.B ' ; IAE, Cd « y yy ds dels aiii! prelentado po finicftras. Me, mo conflard de ella melmasy le probará lo contras rio , quando le prelente en el Tribunal del Señor Nuncio , y convenga el hazer informacion «en cons | trarioJante el Señor Prior de Veles. fu Señoria pro» manda yeyd vn mandamiento del renor higuiente: .. 2 Por prefentada con el poder, y notifiquele. Eo xeray nc al P.Guardian , y demás Religiofos , que pudieren Ser avidos del Convento de Capuehiños dela Villa de Villanueva del Cardere , que liendo llamados A - LsProceísiones o rpus , que le celebran en la Parroquial dedicha Villa ¿ y demás Generales, en conformidad de lo difpuefto por el Santo Concilio de Trento, vayan a ellas, fin dilacion, ni¡ elcula,p na,de que íi no lo hizicren, ferán privados de las li cencias de Confellar, y Predicár, os demas apre- mios que convengan; y que en dichas Procelsiones * nO a Cruzani le mezclen con AEREA culares,fino € EE | le vayan deláte,y losSeculares fidiendo, onforn: nforme 110 difpueltó por. laSantida de Gregorio XV. y € Caputo: de Villani | *Cardcte, Me el y uy Ll tE . k ña ¡de > > a » Ni SM he 1 a Y 3 * »* 4 rel Cura « e dicha Villa de l Villanueva del - Cardete DiCarlos Villarejo, y wonicamo vna Petición ¿ que contenia iS En pi Y Clerigo, 0 Sacriítan, de mente VIII. de caya autoridad: leados . y y L- ¿S- PO 5 si 4 6 AFA E E ; : TR Tr Mrs eh 7 ] ¿TY 3 MIC dd y . a pac a] > . 13 £ j y e a 3 +A Cea 7 .. q ñ ja “Eee, E Y DA RAN Y - EAT y pio excomunión mavor lus. j NL, « sg : , ! y Ad f + ES y rá . . £ Eds” ROA sa A) á , y Po» 13 10 En , ved Pp 5 , Ñ Pa 0 y 5 3 " > TFR p e p » y ' 3 e Z re. e AS 7 - á WN 1 A $ a Ny A E a, ve A O rl EIA > E ei y ATA 1 ITA e E / E 1 y 4 na i > ad Er 4 A tá > . í ALA A ara C y 1 AA: po a ho de w 614 4 e peo ACA 0 Cad é a y , Ed. 2d) y YU ar E o Ye Ms "Ae ha A > d Ae. Y Ss ete, uec -ontraviniere A : $ chas Pa Foc a e ps EA cal a la al Tenien te oro qu alc lado 12 eds co secular , nítandole de la + notificación , y bd q ui contenido, lo haga publi- carpor icomu'as y qui enla bla dd los tales. , y le notifique ua lquier Cura ¿Notarios ro de dos horas de coma serido ; y al Padre Guardian, d 4 otro qtiale quiera del os Religiofos sen calo de no poder fet avido el Prelado , para que le lo haga laber al filo dicho , y +los demás , y lo cumpla debaxo de l: imifinas cenfuras declaratorias, y deritro del termis no feñalado. El feñor Don Diego Ortiz de Vivan: o y Morales ; Prior del Real Convento de Sanriás go de Vejes , y fu Priorato, del Confejo de fx Ma- geltad , y Cura de la Piirogránl de la Villa del To= volo ,Sce. lo mandó que firva de máñidamiento éfi » forma,De dicho Convento, tréze dé Junio de mil Pp 3 Ícif lea requeri y

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