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- ttanígre(sion de alguna ley ¿voto , d precepto , no. excede los limites de imperfeccion: Ergo Pes 418 | Tercera de los Menores. 00000 69 Diras:De nueltra fentencia le caularia gran- de confulion,y difturbio entre dichasReligiones de Capuchirios,Oblervantes,y Clauftrales:Erg0,0*c. ya dixe | ode alno le ligue contra nueltra con- cluñon,que la tal profelsion,calo que fe hizieflesíe= ria nula : y asi admitido el antecedente , niego la confequericiá. FL Relp.lo fegtndo , que de lo dicho no le de feguir mayor difturbio, ni confalion,que de guir may ajuriídicion cumulariva , que fobre dichos Terce- Tos profellos rieñen dichas Ordenes ,b£ ex fe paters y con todo ello Sixto 1V. y Julio IL fujetaron dicha Otden Terceraa la primera , con lugar de preven- Cion entre las tres Ordenes, que la primera conrie- : h2,como dixe arriba num. 56 y $ 7.C*+. y alsiniego el antecedente. e IO EN 72 Relp.lotercero, ndo (egunda vez cl € antecedente , y que le pueda leguir en nueltro calo - alguna confulion,o difturbio entre dichas Religio- nes; porque como el Novício Tercero tenga auto ridad libre, mientráslo es, para bolverle al iglo, 3 palfaríe 4 otra Orden , la que pele ¿podra libre. mente hazerlo , lin que por etlo tenga fundamento la Religion que le recibió , para dilgaltárfe con la otra 4 que le palla; lo qual palía cada dia, aun en el. primer habito, fm que ello fe aya juzgado, ni tenia ¡de hunca por confulior,0 cauía de difturbios. e Oifcalidd RO 73 Preguntale lo quinto:Si el Tercero profele Í0 en vna de dichas Ordenes, podrá e 4otra libremente? Relp.afirmativamente, y lo.pruebo del. fegundo capitulo de la Regla, donde y aunqueá di. chos profellos fe les prohibe el lalirle de la Hera maridad para bolveríeal figlo,(eles da con todo elo lo libertad para palfarle á otrá Religió aprobada, lo" qual no folo te debe éntender delas tigurolas,y vere - daderas Religiones, fino tambien dé las Religiones * Jecundum quid,y lato modo,como fe inficre de aque: llas palabras, 4d Religionem aliamsén que indica Ni- colao 1V. ler Religion dicha Tercera Orden, y que ¿otra femejante podrá dicho profello hazer libres: mente trabilitoiErgo,Pe. 1.0 “4... Añadoskue bolveríe'al Gglo dichosTerce. sos, adbuc, deípues de profellos , no (era culpa 4 lo: menos mortal ,,como le indica baftantemente en la> tricíma Regla,cap.20.doride fe dize,que nada de dia: cha Regla les obliga: 3:mortal;imozni a venial,(egun lo dicho en el trat. 1.quefíto 144 mun. 1 $ 3:porque aunque en lo dicho haria el tal contra lu profeísió; pero como dixc en el lugar citado,dicha profefsion no excede los limites de propofito y fed fic efi y que el faltar a los buerios propolitos ¿ quando ño es cor AA A. Tratado 4.Difcultad 4.5.5.3 7. nur, 3 2 .y: lo colige,3 prueba A paridad dela Orden | 53 AN q - Ceros dexen el habito , y le dela - gar citado , y enel de Manuel Rodriguezhi 75. Añadolo fegundo, q e PAN 1: he na y: fiempre, no par eflo feran Apoftatas ¿como ES ne Sanchez, y Bañez, a quien cita,y fio a - E E dy pa Po P 20 » 0.1 «CAp. 1 4.n4m.2 3 Y l razon es j OPAUE a ] An 70 . Refp.lo primero,que fi huviellen de f guir= pata Le difturbios de lo dicho,no (era bien (e haga,como * poltala fe regpicte que fea , vea ERA Relizioo; fe fee queelitado de dichos Tere ¿e HE hi: de vai ros ho es verdadera Religion , COMO ) 0 elerat.1 .quefito 17: Ergo,c. - CRA A PP NE + A Dificultad YI ' ¿0 :A A re SN OS ¿,76::: Preguntale lo fexto : Si para delpójar: habito 4. dichos Terceros , y echarlos de lá Oj lea nectllario guardar las condiciones que pid Sacra Congregación, por mandado deVrbano en lu decreto de Apojtatis, 6 cieétis ? Relp, quí con Lezana tom, 1 .dti Maremagnum Sernitarum, 99-Y la razon es: porque dicho decreto lolo! expulbon de los verdaderosReligiolos,: Terceros 110 lo lon:Ergo,G es SR | | Dificultad VI, " : cd $ LA Os A 97 Preguntafe lo feptimo:Si podrán lost dianes, y Prelidentes, en la Orden de los? er bendecir laCuerda para que ganen las indulgs con ella,los que quifieren entrar en la Coft pa , y allentaríe en los libros della? Ref afirmativamente, y lo pruebo, porque asi cor la Bula de Sixto,qué citamos arriba ¿út/ito 1; 3.5 «y Le hallará en el Bulario de Chertbino,e Bulla 8..in Sixto 5. y en el tomo t. de las quel gul.quef.s 8.art.1 Vide illum. sii 78 Advierte eropero Manuel Rod,enel dicho ast.1 « y con:el Flavio Chembivo : y Ls quelos cita,y igue, fom.1.cap.1 5.0u4m.6 4 gl balta traér la Cuerda bendita, para ganar las gencias,fino que es neceflario para ello ent dicha Cofradia, y queft:eftrivan los nomb los Coftades en los libros della... 70 79. Masá mi me parece, que fi dichos res hablan de lás indulgencias concedidas, el mente á la Cofradia de la Cuerda , lu lens ecrriísima , ¿indubitable , porque alsi4e in dicha Bula de Sixto V. pero fi hablan de! ás . didas la Orden de los Me nores,no é s tati eh dicho , porque como dexo dicho.en el mum! may probable ; que dichas indulgencias le con lolo tracr la Cuerda bendira por algun de la Orden, fin entrar en la Cofradia,iol ica Sixto Y .ni efcriviríe en los libros della, ABÍ fiende Porlier a 44d fine lo poe las rales lon dos concelsiones muy 4 as, y la de Leon X: precedió a la de Sixto Va € de ochenta años , y afsi no. depende: a: 14 4 otrasni la vltima es revocariya de la primeras O dixe, num.41, ErgoyErcs Lo miímo indica els ' AN EN A 7 e : el > E aJcOoñi du + Manuel Rod. tom.1. que/?. 57 .arf.4 Lon QUEPA y > . o 2 2 A
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