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fr A da A :S Y mA En F 13 7 YA h ¿ándolos dilio Mine di "YAda vno reciba de vetalnente dl della. _y orto qualquiera oficio(de los que fe contie- De dos M n “nen en celta Regla, d forma de vida ) qué les fueren |3 encomendados ; y procuren exercitarle fielmentez denfe empero los oficios por tiempo limitado ¿y ningun Miniltro lea dior de Cictto tien po determinado, CAPITULO xv, | De la vifita, y EoÓqUedr los delinquentes. : jo Ata eftas colas los, Mine, y lós Hetmanos; y Hermanas de qualquiera Citidad , 0 Lugar fe juntén pata la vifita en algun lugar. Religiolo, Ó ef la Iglelia; dondé no huvieré dicho lugar ; y ten= gan vii¡Vik radof ; que. Íca Sácérdore; y Religioló me de alguna Rel; gion aprobada 5 el qual les. impongá faludables penitencias , por los exceflos que huviez ren coiñetido , y ningúno otro pueda hazer. elle oficio de Vilitador. Pero por quanto clta prelente forma de vida: tuvo E EiAción del po Bienz neñados tres ve des: y. Í1 hio ñ enmendar gn ex pelidos'del todo delta Ce conpi y confejo de los Difcretos, E LIC CAPITULO seo 0.3 Del enitár 14 plertos entre¿a y ¿on cobros ¿38 » E Viten demás delto, quanto cndiccia dal pley o A 4 E, tos etitre si los Hermanos, y Hermañas, ataz ko] - garen , O relpohdiendo de fu derecho ante el e id gue tuuviere poreftad para juzgar. - A CAPITULO XVII. Qu J cial podrá difpenfar en las fini. Os Oiliñitios de los Lugares ,S el Vik tádor podrán difp níar en las abítinencias , ayu hos ; y demás áu ROS; y eo ; , quando por cauía jua do'enlá Congregación, A j e2, ERA: / entemente al principio ; ile comen< tidades , con todos los PASES | hsair dni Vi ftador: e E blas de pi Hermanos; 5) Hermanas. | PS. de Os 1 Minifi ios, digan al Vilitador las y manife Has de d los Hermanos , yE. para que las caftigue : y alguno fuere incorregis ble, de(pues « deelaierccra amoneftáción, los Mini ñtros (con col de> algunos de los: Hermiaha —Difcretos) lo den de iuncien al Vilitador, para que ella le expela dé la He "n ad,"YRa: lea publicas AA Ny CAPITULO. Ey Sy De como en dichas per 1ofválido P pd , mortal, Mi 4 7 y Ex entodas las obrédiias coi; en ld > gados p or los Preceptos Divinos ; ó Eltaturos de lá -Iglehia , no queremos que alguno. de ellos fea obli: ¿gado a pecado mortal;pero reciba con humildad lá - penitehcia ¿ que le fuere impucíta, [cgun el excello e Epeto 3 ycc eficazmente cumn- r ndo añoesoo PO X cado A TRATADO. AS ' 4 ANA ys 544 ¡emita en 1 ¿bue 30- | pes acerca rta de Pee fuobli DIFICULTAD. 7 pe Je PAE | A có lo p,dí imeto :191 lo Cujrichinos | podemos dar el habito dé Terceros? Rel: MES ed da puede: negar ; lino el qiic igtiorare nucítros pri y" pere ¿por más qúe lo diiden el Licenciado So- + ;bargo ,yel Padré Fé. Pedro Súarez , Guardian, el año ide 1642; del Convento de la Obfetvancia de E da Villa de Catrión de Calátrava. 3 Yí prucba : Lo primeto, porque dolio - participamos de todos los rivilegios; ió genere, E de ¡Jpecie > , de los Padres Obfervárites ; eque priticipa- hitéh como ellos ;/ed fré Bs que vno de los privile E gios d e la Obfervancia es el dar habitos de Terce- ros ; y poderg wernarlos ; : ErgosGc:Por elta mel dia tazón ¿ y furidamento vencimós es juizio gr y e 5 ¿ A e e e £ y pa o o me El PITULO a OS DA x E sé - Hermanos de vueltra Orden 1no cam obli ¿Que la parte afirmativa ño es dubicable,, an dz Y e . A * A ad AE h a E jad: Moras a w pr a dl ARA A _ a PS. o to, A: a 4 ld OP a . Be ¿y E mt: qeda % $ » E . 1) > » Me q » dl o a A E pe: sn ri E . ; il a. q ae .. . Ji pad, y ] A IR Pit y he A AA

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