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| Odos los que fegun Derecho pueden teftars Y haganteltamento, ordenen, y difpongan de lus bienes dentro de tres mefes,defpues de aver ena trado en elta Hermandad, porque no le lucedaiala unode los Hermanos el morir abinceftato. 3 CAPITULO X Dela paz que fe debereformar etbre los Hermanos, y demas efiranos: N quanto a la paz de los Hermanos, y Hermas - o yl nas, que eftuvieren diícordes entre si, Ó con los estraños, fe haga como les parecicre 2 los Mini tros , añadiendo (fi pudiere fer ) el confejo del Obifpo Diocelano. CAPITULO XL De quando fueren mole/tados contra el Derecho , y | Jus Privilegios. de I los Hermaños, ó Hetmañnas fueteri molclta- dos contra Derecho , 9 Privilegios por los derolos , Y Governadores de los lugares donde | abiran , los Miniftros recorrán al Eg de aque lla Dioceli , y 40tros Ordinarios de los tales lu. gares , para que en dichas colas procedan fegun fu ordenacion , y confejos CAPITULO XIL Que fe guarden de juramentos folemmnes, quanto *' fuere pofible. E 'Odos fe abltengari de juramentos lolemnes; ='falvo í1 la necelsidad obligare a ello enlos calos exceptuados por Concefsion Apoftolica; elto es, porla Paz, porlaFé, por delvanecer alguna calumnia , por dar teftimonio , y en los contratos decompra, venta, y donacion, (1 pareciere fer “ conveniente. Además de ello, eviten quanto fues re poísible los juramentos en las converfaciones comunes. Y fialguno con menos cautela juráre algnn dia (como fuele fuceder á los que hablan mucho ) elle nfelmo día por la tarde , quando haga el examen de lo que en cl ha hecho, diga tres vezes cl Padre nueltro , por los dichos incon= fiderados juramentos. Demas de lo dicho , exorté cada vno ¿4 lu propia familía ilos oblequios Divinos ; efto es , á la obedien- cia , y lervicio de Dios Nuteltro Señor. Eg , a . PS |A ú 0 «¡IA pi 284 junte dicha limofna , y la reparta deb dame . ente púdicren , procuren téner entoncé: 4 » L : 4 E » ys Ñ 5 a ps e í 3 Ne - ¿e e ADS Y x PA QA a $ EN habs den ademas delo dicho alguna cola de é mofna a dicha Igleña en que fe juntan : y Ñ dle algun varon Religiofo , e inftruido en lap de Dios , que los exorte a penitencia , y Ala de mifericardia , y folicitameite los amont induzgan a ellas. Guarde cadavno filenció tras el Ofició ; y Serioir; y efté con árehe Oracion, y Oficio que le celebra, falvo ik comun de la fraternidad pidiere otra Col CAPITULO XIV. a, ; 3 De los Hermanos enfermos, y defunto: | > I cayere enfermo ds de los + | Miniltros por sis 0 por otros (fél avilare de ello ) lo viliten vria vez cada [emi duciendole folicitamente (y como mejor; cazmente les pareciere ) a confelfarlé ; p cellario de los bienes comunes. Y fi die! do muriete , dele luego avifo de ello. ¿lo | nos , y Hermanas ; que fe hallareñ en la Ci Lugar donde muriere , pará que p roctirés 5 perlonalménte a lu entierro : y no (e vay acabar la Mifla , y lepultar el cuerpo. Ylo queremos que le guarde con las Aermab mas , y que múrieren. Y demás de elo ¿de hovenário , cada vno de los Her naños; y has diga pór el anima del difunto y €l que: cerdote, vna Milla: el que fupiere el Plalter cuenta Plalmos ; y los que no ff cren cuenta Padre nueltros ¿ añadi in vno , Requiem éternam. Y fuera de lo dicho. + PEA ps E e IA 3 per * AU > dezír tres Millas entre áño por la falvas Hermaños , y Hermañas , alsi vivos +1 tos: y los que fupieren el Plalrerio ¿le Hezal vez: y lós que no, dirari en lu lus ar cie ¡pá nucítros , añadiendo enel: fin ] 3 ad

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