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Er mila Bula el milo Paulo Quinto > dabras : Ariendo llegado 4 Ponen duda, fi los Frayles de la mifma Orden de S. Frana “ s» del mes de 1» Veinte y tres años, le preferito añte lu S. luftril ps $ S.Ftanciíco defta Villa de Madrid, | », los autos que le há hecho de oficio de7. Si Pod j f «ge, Quilt 1 Sec.3. Refoludion dela quel Cónclal 1 Y 0d relsion de lo dicho, | obs lodidio el no aver fida iní- | dnd eciempo del Sab Pue que era el fundamento en que algunos le ara du. “dar lo col ECT Ii fas arr rO ¿ por Array nueftra moticia , que algunos sifco, llamados Cápabinos , fon verdaderamente Frayles Menores, y verdaderos Hijos de S. Francifto ,profee/Jan= do fu Regla,mo aniendo fido inflituidos en fu tiempo,Oc, Y mas abaxo: antoridad Apoftolica , e. En que le vé el motivo que tuvo el Santo Pontifice , para hazer ex cathe- dra dicha declaracion ; y que no óbíta, ni puede -obítar a lo dicho el no averfido inftituidos los Ca- puchinos en tiempo del Serafico Padre ; alids tam- poco los PP. O lu tiempo , fino 1 5 4. años delpues ,y COMO confía de lo dicho enla Secc.2.Ergo,8c. .0 > 16. Estan cierta, y evidente clta Úibluico, que e y puede negar , finnota a. lo Ínenos de temeridad, y fin exponerfe 4 que como contíadic- tores , rebeldes , e inobedientes , flan caftigados con rencias: sella: y penas 'Edlefiafticas,a ar= bitrio de los Señores Nuncios:, Parríarcas , Argos -bifpos, y Obifpos, como en dicha Bula le derermi- na , y como fé execuró en efta Corte el año de 1623. con el Par: Juan de la Solana,lo qual conf - ta de vn tanto autentico, defte Convento de San Anronio , que para que to- dos fepanlo que paísd en la publica Nunciatura,, Y y para Larsalil de femejantes: fugeros quiero re aqui á lalerasel quals qual como edo. 608 “1N D El NO MINE. >¡AMEN | %a 17 Y O Bartolomé aa! 'Nocirloj blico Apoftelico , por aut » a, Apoftnlica, y esla de la Audiencia, y Tri- - sy bunal del Mo pas Señor D.Innocencio », Maximo, e Balquinoro , Nuncio, y »» Coleétor€ se Intel en. ellos Reynos »» de Elpaña : Hago he, y verdadero teftimonio, s» 4 los que la pu vieren:, que en treinta días tiembre de mil y feifcientos, y s» fima la peticion del tenor Ípee. | ¡ Luftrifsimo Señor: Pray Alonto de Toledo, - Procurador de- los Frayles” da os de de triísima contra el P. Fr.Juan de Solana,de la Or- Obfervancia, cta vn -» den de $. Francifop de | ido copo Papo «¿Notario ¿comanpo ¿po Aa yce acontiidad deefdióho. ibi le manda recoger 34 Duel Ivan , quedando vn traslado en los an enla y le | » ma proveyó vil auto , y tengo ml de os defeando amerignar ejtas dudas con - ervantes fueran Hijos verdaderos del P. S, Franciíco , Puesno fuerón inftituidos en que eltá en-el Archivo * s Villa, digo: da" 108) y mandamientos por. V. Señoria Iluftrifsi- » ma proveidos, en que manda, falga de elta Cor- ¿ya re A: Tiene por fundamento , y cauía , el aver ¿y dicha mi Orden , en que los Padres een por el dicho P. Fr. Juan pol »» monio. A V.Sluftrifima (pl marde leme * .afsimiímo ha venido á mi noticia , que. 5.Padre Fray Juan de Solana ha dado ante Illultrifsima cierta peticion, y á ella Y. S. A 0 lo yno, y de lo otro. AV.S. Duftrifsima (up! »» CO ¿Le me de en publica forma , que recibi » merced. E Alonlo de Toledo,Capuchino. idiia) € Foib ! » Eo Nia Villadde Madrid, 2 treinta dias del nl APTOS sw» Ho de Se tiembre de mil y feifcientos y vein- ) y, Le y tres ños fue relentada efta peticion ante »» el llu(triísimo: y es Señor D. In. »» Nocencio M ma Iquinoro,Nun- 4 » cio,y Colector generlab en eftos Rey- 3» nos de Efpaña Spec ia Maftrifsima vie | deaala; parte del dichoP.Pro- 3 5 ES que 3» curador el teftimonio que pide , quedándo vn : , Y alsimiímo | »» traslado enlos autos del dl y» le le de vn traslado pe de la peticion , y »» decreto , que én li peticion pide: Y Afsilo pro- »» VEyÓ Hy mandó ante mi Bartolom Gutierrez, s» Norario,Secretario, Y en cumplimiento del dí. »» Cho decreto, y de lo que por fu Señoria Huftrif. 3» Íima manda , yo el dicho Bartolomé Gutierrez hize Íácar el traslado de la dicha peticion , dada nor el dicho Padre Fray Juan de Solana ,y dek »» decreto a ella proveido, cuyo tenor de lo no,y » de lo OtroJes como le ligue, Lultrifsimo Señor, Fray Juan de sillas Res os | »1 ligiolo de la Regular Jude de nuef. Perdi wi 7 3» tro Padre San Francilco ; y Vicario de las Mon» | | y» jas de la Madre de Dios de Coftantinopla delta Que a minorticia es ventdo lósam 77 | de fegundo dia,con pemoy cenfaras:, ¿¿, Erito vn. _memorial , y difcurfo en de nía dela O rr a. ú z A s» dizen áy propoñiciones contrarias al Motu pra- »» pio dela Santidad e Paulo V. promulgado en y»quinze de Oétubre de fil y hdlbieciós y ocho, » en que los declara por verdaderos Hijos de | 5 núcftro Padre San Franeifcoyel qual propio Mo= . » tu viene aora á mi noticia ; y como hijo de obe- AN 1, dencia á la Santa Sede Apoftolica, y por lo que :3, Ami toca y aprucbo, y confiello'todo lo conte ” nido enel; y que los dichos Frayles Capuchi. Á E Us nos, aunque no fueron inftiruidos en tiempo de »> ' nuetro Padre San Francifco , fegun fe dize en s, dicho Motu propio, fon verdaderos Hijos, Re... cs sa ligialos luyos, pe la dicha declaracion en el ex- eS 3» prelladaz por el qual le da jurildicion , y camif- qa 3 V. Señoria Hultrifsima contra los rebel- | ,» des, contravienen d ello; y fupuelto que | 0503 , yo ay lato lo referido , fuplico á:he 2-2 Seño- eE y soni ati fe litva de fulpender, y quitar ñ: ba - sl

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