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yenen razon detal: afsi como no puede fubáiltir + em lo fifico un mifmo numero , compuefto con fola- da forma, fino. esque con ella: fubíita tambien la -miíma numero materia : Sed fc efh, que en tal ca-: 10 :no fubíítiria la:materia de dicho oétavo precep=: todela Regla: luego ni el tal precepto: Ergo, 8lcs:; Nantes ¿contra lo declarado por Leon X. ¿157 Lo quinto , porque fi una Republica tu=) vielle precepto de ayunar un dia delafemana, fin> determinar qual , nique el tal dia fuefle uno folo, | 0 uno re/peétu omnium ; aunque dicha Republica fe dividieíle en tres brazos , y el uno de ellos ayu<' nalle los Lunes , otro los Miercoles, y otro los: Viernes; no por eflo havria Thcologo: que negalle, cumplian todos los referidos. con dicho precepto, fin difpenfacion , ni commutacion alguna, adbuc pro materiali : Sed ficef , que aúnque la Reg la manda á todos los Frayles Menores de la obra Orden, que tengan un Miniliro General, no deter mina que elte haya de ler uno lolo, niuno, relpec=: to de todos ; como el miímo:P. Fr. Martin de San» Jofeph , con otros pondera , para probar no hay difpentacion alguna en la multiplicación de Genez rales , que fe hallan en dicha Orden: Ergo, Soi 158 Lofexto, porque todo quanto queda dicho contra la difpenfacion enidicho- cafo', hace. > tambien contra la conmutacion, y le puede aplicar | con facilidad alintento, ut ex fe parer. Y lo fep- timo , porque contra' sello no puede haver mas findamento , que la tercera Objecion puelta arri- ba, ». 63. con fusinftancias ;'las quales mas pro- piamente militan , y hacen vifosá la conmutacion, que no ¿la difpenfacion ; pues acerca de efta, ni aun yifos , 0 fombras de apariencias tienen, cómo lo conocerá qualquiera mediano Logico, 0 Mora- lifta: Sed Jic ef2;que á dicha 'objecion , tinftancias echo abundantemente, Y bs con ha 4 s: E rgO, SC. EA | . 2 isiguao: lo fegundo : ¡Quien niítro General al General de los ndo, que Clemente VI Len la Bula, que empieza: Alias foelicis reoGregorius Pa- e X1V.y fe hallará en el tercero tomo de los Bu= arios , pag. mibi 93. y en los Anales'de Boverio, tom.2. pag. 974. y enla: traducion de Moncada, part.3.pag.751. y en la Bula, que empieza: ¡Dei bitum Pajioralis officii, y le hallará en Bover. cit. 48.971. y en Moncada, pag. 749. pof? pedo y €n otras Bulas de otros Pontifices. + -' 160 Preguntara lo tercero :* Quanto tiempo eltuvo el General de los Capuchinos dependiente enla confirmacion del General . de los PP. Clauf- trales ? Refpondo: Que eftuavo noventa años; con- viene a laber, defde el año de 1529. en quefe eli- gio el primer Vicario General, con autoridad de Clemente VIL que impafo dicha carga de prefen- tarle al dicho, y fusfuccelfores (y lo mifmo hizo defpues Paulo HL) halta el de 1619. en que Paulo V. £eoe quitó ; teparandoá los Capuchinos cn to» 7 | ia Queft.2 . Sec;s«Reluelvente algunas dudas: Lo miímo le feguiria contra los Padres Obfers: o el srifino Santo dexo en y y pr ” e Coronix! $ YT do del General de los Clauftrales , por Bula fu y2y que empieza : Alias felicis rec«Paulos Papa úlLL. y fe hallará en Bover. ubi fupr. poz. 978. y en ns: tom.3. «Pag» 758. SAM: QUESTION: ILL, Si los Caridad gozan de Tal privilegios , que | Clio mucfero bien concedió a S. Francif[co ¿para [4 Orden? y SECCIO No L pe En Fe fe pone el fenti del Reverendo intriga Co AER. liscrigino enel Méinatl 20 pe) 24.253 y 36. dicelo que fe figue : Temo bien me es decente el fignificar a V, S.los privile= gios particulares , que Chrifto N. S. concedió 4 N, PS. Francifco para laconfervacion de fu Orden, que inflituyo, y fundo. Los tres primeros afirmó el Papa Gregorio IX. que los. oyó de boca del mifimo Santosy los tres ultimos fe los concedid Fefa-Chrifo to, quando fus Llagas fagradas le imprimió , como: cas de la Orden. A El primer. privilegio es, que janto mas Fra yles buvie/fe en] A ue ini J Fundo, pr mejor , y abundante los roca do mec fario para vivir, y) eto de , la: mifma experiencia nos ba enfeñado en nueftra Orden de la Oofervan= cia, fiendo verdaderos profeffores de la Regla Seras á fica, Hijos propios de Ñ. P.S. Po: legitimos def:lO Por recia, y nunca interrumpida li- nea:y efto fín que andemos canfando a los Seculares, ni bacer agravio d otras Religiones , pidiendo li. mojhas : Y lo mifimo fucediera a los Padres Capi chinos, 7 fueran de la reéta nd de la Orden , que ' N.P.S.Francifto inflituyo, y fundo,y no publicaran tanta mifePS Ju pobrezá entre Cae y gente | ignorante. El fegundo priilegón esque ninguno en » fa habito dia morir malamente,con loa bien,con- me d fu Regla: y bablael Santo de vivin confor= me d fu Regla y: lo dana fegun que ella pon si obliza, y fin ya a los que la profefan. El tercero es, que qualquiera que perfiguieve a fu. Orden , que inftituyo. y fundo Jeria mn del Señor gravemente. 8 > El quarto privilegio es, que Orden! sy Relí gion, que bavia inffituido, y Ls anroecombhs: bafa ta el fén del mundo. O El quinto privilegio es,que ninguno,que en Ju Or» den quijieffe vivir mal, podia durar mucho en ella; El fexto privilegio es,que qualquiera que amo de corazon a los Religiofos de dicha fu Orded,q to quiera que fueffe pecador, conf gulera pm. dia de Diosnueftro Señor. | De efios favores tan grandes. y particula anos gozando los Religiofos ne +P,S. Fr 2 NL pa |

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