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A de 532 valido , y utilifsimo enel Derecho ;pag.507- in fine, 4 pag.7. num. 33. y pa3g.410. Num.10.- Tambien es: valido pe “el argumento. ab.) pe o del Hao ordine littere, eE 3. num.4 «Tambien es valido el ¿rgumel Officia. ca 10,A Regu Ao ueft.2.num.2. Cabedo, deci/«91s Ya contrario, vale tambien del ficio a ficio. Cald. Pereyr. in leg. Si Curatorem Le/:.75, TUMI3 9» de. Ininteg. re) ta mit vam, de fure Fifci, cap.13. 24m 67 eS peroo hay, que PAS refpu A a, y tales, podia > LoS Br ra y pas. 2. ¡Réyho al Mayoraz- 10 17. NUM.7 + * — e h A htiguas canían credulidad, ¿Qué Ántores "tengan los Capuchinos. end A e | Lo que eltá anexo perpetuamente al Oficio, dá au- toridad Ordinaria; y afsi le podrá pe , pag. 423- NUM. 104» Autos. Vide verb. Sentencias. fívito. Vide Habito.. 7 - ; h ' | Beatificacion, Ue Santos fe dirán Beatificados, y quales Ca. AO don Vide verb. Janios. Beneficios, y Prebindas. Quando fe expiden las Bulas para algun Beneficio O Prebenda,ha de tener el fugero a cuyo favor (e ¿blo aquella edad , que pide el Orden anexo al tal Beneficio, O Prebenda; 0 que dentro de un año pueda afcender al dicho Orden , pag. 501. NUM, TO. Por que la habilidad del fugero es necelfariamente prerequifita al tiempo que fe purifica la condi- cion, pag.502. NUM.I2. Y aili, defde que dia le ha de contar el año. Si fu Santidad hace gracia de una Prebenda, v. gr. a Pedro,con condicion , que dentro de un año fe erdene del Orden anexo á ella, y que fi no, paíle a Juan ; fi paflado el dicho tiempo no fe huviclle ordenado, ¿pfo faéto paflara la gracia a Juan, (in fer neceffaria Sentencia declaratoria, O que pre- ceda requirimiento, d pag.502. NUM.14» El Pofleedor del Bencficio Curado , no .ordenan- dofe dentro de un año, ¿p/o jure pierde el Bene- ficio , fin que fea neceflaria Sentencia d clarato- ria”, porque debaxo de ella condicion fe le colo, pa2.504. num, IÓ, V ide alía, verb. 4 gumento , y Coadjutor. Bernardino. ¡Acerca del P. Fr. Bernardino de Inurrigarro. Vide «verb, Pleyto:, y Sentencias. a pu a a a PA ¿AN ¿38 . mo e A yq “ala de le] ¡38 od A A t Pe FA 4 a AS y + E AE El A "ni E y, | | i : a e de fu padre el hijo natural, PES nue. 9. E A ar. eb | A : Ea Perechó ténf 5 ge! J y) ) En Apaña todos los bienes de la muger cafada, de O ual qua AE ue ce pedos pags 19» DE Feb: ide alia,DA hayoraó y y Muger cafada. El que impugna lo que y e por algun Privilegio, o Bula Pontificia, fegun Santo Tho- más, O es Herege, O Lofpeshofa de etriidet 11.4 NUM.62. ad 65. 000. $ Mel Efpecialmente quando la Bula. o Privilegio ñ ha ¡expedido con acuerdo de, los. Eminentifsimos Cardenales, ibidem, num.ó4..00 » Vide eriam, á pag:1 4. num.80,y:83: , Bula de Gregorio XV, acerca del Jubileo de la Por. ciuncula, pag.306. num... Bula de Clemente VII, dela Iyftitucion de la Re: « forma de Capuchinos, y en que nos hace parti- cipantes de todos los privilegios concedidos , y que le huvieren de conceder a los Obfervantes, tan igual y principalmente como a ellos; la qual citamos a efte intento en el libro de la Tercera de m7 Orden,tr.1. queft.2.04.8 1. y en otras partes; A pag.343- Bula de Paulo 11 en que fe aprueba fegunda vez « mi ¡Sagrada Orden de Menores Capuchinos;: y. fe declara entre otras cofas , que obedeciendo los Capuchinos a íu Vicario General, larisfacen plenaria , y enteramente a la Regla, del miímo modo que Pio 11. lo havia determinado ¿a favor «de la Familia de la Obfervancia ,relpedto de fus Vicarios, d pa8.344- Bula de Pio IL. que ab en el Pleyto con ¿Inur rigarro la Regular Obíervancia;. que por fer 4 favor delos Capuchinos , y conducir a la per- fecta inteligencia de la antecedente , que la cita, le pone aqui, 2.pag.346. [ Bula de Paulo V. en que declara fer los Capuchinos Frayles Menores, y Hijos verdaderas de San Francifco, 4 pag.-347» Bula de Urbano VII. en que afsimiímo declara fet los Capuchinos de la verdadera , y: nunca inter- 0 rumpida linea de San Francilco , y verdaderos, e indubitables Frayles de fu Orden, y oblattral 4 dores de fu Regla, 4 pag.348. Las fobredichas Bulas eftán en Latin; y las eds y fe ponen en Caftellano , como fe prefentaron ($ $ a £ A “y pd e ; o e] en A Aa de Inurrigarro , 4 pagin. 3495 ad 3 X | PX A E Claufulas dela Bula de Clemente X, Superna mag. $ mi. Patris ; y como Íe entiendan , pag.4 30 a. 500 num.165. ad 171, Moderacion , y declaracion de los Indultos tonce- 0108 didos a las Ordenes Mendicantes., y noMendi- can

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