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at A o ii Ed , e dicha adminiftracion , y por -csnfinitade fe Ns pe a e y precitar ¿ a los criados de dichos pera prohibir, Lonventos vayan 2 comulgar á la Parroquia del Lugar , á cumplir con el precepto de o Paíqual. 67 Reípondo lo 1. fer falfo., y quimerico el ral peligro : porque í el que obra [egun opinion ra probable, obra prudentemente,y con Soyo de <onciencia;que diremos en nueftro cafo,en queh tantos Privilegios Pontificios , que conceden ef expreísiísimamente ¿los Regulares, en orden álos tales criados? 63 Refpondo lo 2. Que de la mifma Clemen- tina confta expreísifsimamente lo.contrario , y de ella le prueba eficazmente nueltra reflolucion ; co- mo coníta de lo dicho arriba , num.12. 69 A que añado. Que quando no cftuviera tan exprefla nueftra refolucion en la dicha Clementi- na, la tal delcomunion es folo contra prefumentes; y afsi folo comprchende ad los que temeriamente .. prefumen miniftrar dichos Sacramentos : 1mo, la palabra pre/un.pferit , importa dolo, y temeridad; - como bien Bordon , ¿0m.4. refol.143. in esdem Clement. quef?.39. 10 qual no es aplicable 4 nuet- tro caío, como de todo lo alegado confta manifiek- tamente, PE 70 ltem : La dicha Clemepadia habla de los Regulares , que adminiftran los Sacramentos e de Íus Conventos ; como lo entienden, y dicen fe debe entender 5 Miranda, queff.49. art.1.con= dufor. Lezana, in Sum. tom.1.cap.1. num.8. O in Marimagno Eremit. S.duguftin: , $.45. 0 in Ma- rimagno Pradicat. $.1. num.45. Bordon » Í0M.1, ref.7. num.49. Riccio, inPraxi Aurea , ref.210. Tamburino,de Jure Abbatitom.2. dif.x3. pets. Y y figuient. y elt a decid ido aísi in pone ] A nueltra terra de Viffi:, en 29.de Junio de 1609. relolucion procede folo del adminiftrar el Sacra- mento de la Euchariftia intra clau/fra alos criados de los Conventos , que fon conmenfales en ellos: y efto , atentos los privilegios referidos arriba , y la De moderación de la miíma Clementina. 71 Item : Porque aunque no eftuviefle expref- fada en la mifma Clementina dicha moderacion,di- chos privilegios derogan la tal Clementina ; como bien Bruno Chafaing , de Privileg. part... tradt.8. cap.2. prop.7. y la comun de DD. Yla razon, es, porque todos los dichos privilegios fuerón conce- didos defpues del Concilio Vienenfe, y de Clemen- te V, y -eftán concedidos en amplifsima forma , y con palabras tan claras, y univerfales,que no admi- ten reftriccion alguna , y revocando cezeris quibuf- cumque in comtrarium,Ccomo de ellos ENaS coní- ta: Ergo, Oe. Corolarios , y una advertencia. 72 Detodo lo contenido en efte Alegato, po- dra deducir qualquiera del nrereífado”, e inteligen- tc, el defafefto que mueftra el feñor Cura de Villa. nueva a los Capuchinos (Gn teneríelo merecido, an- e ist > e £. 0 3 y NS * 3 P rs 05 A e 3 $ 4 — AAA AAA -'- MAIL AAA ALA A e , AD TEMO T I ¿I S I . O « 2 E > 8 te e 5 y A A k z y E ¿E us 4 , TT i 4 X en e e a , id y +A > e . A ] EY > e a + j $ s rra K bs Y e v » Ñ o ” % = O ; f1 yo . LN queaaa jera woln 1 ce s pr pau da We Religiosa? s (yáq confeguir la vulneracion de a uell bien a todas las Religiones nerl a ue los Soberanos Pontifices , , pora benigni- dad poltolica, nos conceden? Y que quiera ulur- _paríe :la jurifdiccion , que dichos Sumos Pontifices 1 : quitan, en ordend efte punto, por los dichos pri vilegios, € incurrir en las pegas y que le pueden ver en Romaguera, ynodal. Gerunden. lib.3. tit.t1, Cap.q.num.7. Y que “no tema incurrir enla indigna- cion del Omnipotente. 'toles c dro, y | ifices le conminan? Y es poísible, que una di tan comun detodas las Religiones, y que la enen : , bien todos los feñores Vicarios de Ma- drid, el Eminentifsimo Señor Cardenal Arzobiípo bo de Ano y todos los Señores Obifpos, nole haga acalomae de moleftar 4 oe Comillas? que permiten todos los Curas, no folo del rAobiipado y de toda Efpaña , fino tambien los ras del cai -pañare ello el feñor Cura,por la buena vol e tiene á los Capuchinos; fino fufcitar litigios, y dae “motivo para ellos , pudiendo faber los efeétos que eftos traen configo,de que fe puede «nueftro tomo fegundo de Coníultas Varias, p. in principio? Confiderelo bien, y defapaís mente dicho feñor Cura , que con ello )00 Atento abítenga de moleftarnos mas , y que nos dexe vivir en paz, pues le fervimos,, y con muchifsimo guío, de Coadjutores en lu Curato. MAA 73 Siguefelo fegundo, que el ase Prior de Uclés, ni debio, ni pudo defcomulgar validamente or dé 15 - á dicho criado por dicha cauía , por lo que queda alegado en toda efta Apología; y fe confirma afsi: Porque la defcomunion es certifsimamente m quando fe fulmina contra el tenor de los privi -gios ; y la defcomunion mayor prerequie e para Íu “valor pecado, y contumacia mortal ¿como todo fe probó evidentemente en el Alegato antecedente, num6. y 77. fed ficcft, que efta defcomunion del (obredicho criado Íe ha fulminado contra el te- nor E , h a 7 A ¿Sl EA PS . 7 Y L LS J por , . d E a «Y E q MA e djs. TN á n lis > de E o Priorato de Uclés , como confta delas Certificaciones, yTeflimonios referidos Jupra dnum.X4. ad 28. no haya de querer permitirlo > Y
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