BCCPAM000508-1-21000000000000

AO Mp E de "7 A e ' el a (don Pos ¿qe DAS AA p e" A LE A E a O qe E ¡ATAR EA 4 AA MS PS Ls Ss JANE ó IA e APN A AS re he 4 1 2 E a AMAIA LEA AA $ A Y y f 8 mm 4C y : 3 E bs E E ADA , de PI A A di AT ES $ E E , LT 17 A 'S e 6 a. 3 hos AE + bl O O ENS s5 ex cap. Cumtempore 5. y alli a pas 4 , AA $ 10,2 MN m. 2. de Arbitris; Juan Aloyfo E an UL y AE e he ¿e E ns, eE? dd Si " nm o LIL rá API y? ES ¿A Y AN h, > E 17 erables, quecita, y figue,afst a] . A) y rcologos , el feñor Salgado , de tad Sandhifopart.1.C4p»13.4 NUM,2 5.44 30. as F tempore ) y 2 'mum. 33» ad:52. donde refiere p S Decifsiones de la Sagrada Rora, que lo ha 210% decidido aísi. Ve de ; tambien > Partr2. cap. 4» 2 um 2 Ad gx. Refpondalo 3, que cos privilegios cfán a E A . E E. y B A » concedidos á las Religiones , y no ¿los criados de los Conventos (aunque en parte cedan en favor lu- - yo) y aÍsi ningun criado de los Conventos,ni todos juntos, pueden renunciarle, como es certiísimo , y comuniísimo de los DD. confta del dicho cap.C1m _sempore, de Arbitris. Veate dicho Salgado, part.:* cap. 11. d mum. 67. eÍpecialmente 24. 72. y 78. Y la razon es clara: porque ninguno puede renun- ciar el privilegio , que no fe ha concedido 4 el, 62 Imó, aunque dicho privilegio fe huviefle concedido tambien ¿los criados de los Conventos, no podrian los dichos renunciarle, como ni ningun, Convento le puede renunciar;porque n ello perju-, nueftro Convento 5 pues Brancilco Maltafca , que ha fervido feís, o ficre años enel dicho Convento,: Convento,han ido á com 5 ; e $ o a á , ; Cy 1 % 5 5 . , i e p ».- 43. fiempre cumplio cala Ielefia de el con los precep-. tos de la Confeífsion, y Comunion Pafqual: y Juan: Pradillo, que firueaétualmente en dicho Convento: (y con quien es el prefente litigio ) ha fervido:en cl miímo Convento otros. dos, O:tres años, y cumpli- do en nueítra Iglefía del-tal Convento.con: la Comu- nion Pafqual : y lo mifimo ha hecho: el mifmo: di- cho criado en el Convento delos Padres Defcalzos: del Corral , donde firvió quatro años, y: fiempre cumplio alli con dicho precepto, como conftara de lus depoficiones, fi juridicamente fe les tomare fu declaracion fobre ello ; y lo mifmo otros criados: Y aísi, 1 alguno ; 0 algunos de los criados del: tal ulgar por Pafqua á la Par- roquial de la dicha Villa, o ferian calados en dicho» Lugar, y fe irian 4 dormir atus cafas con fus muge- res ( de los qnales no fe habla por 20ra, ni pertene- cen al prefente litigio ) 0 lo:harian por tener mas devocion á comulgar en la Parroquia del Lugar, o con ignorancia del privilegios lo qual no les obíta- ba en manera alguna,adhac a los miímos tales cria- dos , para los años fubfequentes, cafo que quilieffe comulgar en la lelefía del Convento , para el cum- dicaria, no folo ¿roda fu Religion , fino al derecho. O | plimiento del tal precepto. ;.porque para que algu= público , y comun de las Religiones , á las quales; nopierdael privilegio que tiene, y le perjudiquelo: $ per fe pre concedido, como confta á paridad que obrare contra el, es neceflario, Ut fciens¿Ó via 0% del Clerigo,el qu 1 | no puede renunciar validamen-, dens comtra privile 2íum operetur + porque para que Y P _ te la inmunidad del Canon; ex cap. Contingit , de cliulo Le diga contrario, es neceffario que el talulo 8 _Sentent. excommunicat. ni el privilegio del fuero. L6a voluntatio,no folo materialiter (ut fic dícam y y ex cap.Si diligenti de Foro competenti; porque ello quatenus talis ¡abius efi, fed etiam formaliter, urefh * pertenece al derecho. público, y comun de los Cle- comtrarius privilegio. Porque fi alguno obra ,no Y e rigos: de donde dice, y bien Diana, part.3. ¡irat!.2. juzgando , 0 no advirtiendo, que el tal atto es del. pa e ref, 86, $. His fuppofítis , que aunque qualquiera tructivo del privilegio,noferá acto fuficientemente; + puede renunciar fu derecho, y privilegio, quando Voluntario para el dicho efeéto. Acerca delo qual? efte mira a fu conmodo privado, y particular; pero le vea Suarez, de Legibus, lib.8. cap,3 5. MM4» Y) no quando mira al bien público, y de otros,ex diéto 5. y Saigado , bi fupra. | 0 RR cap. Si diligenti , O ex leg. Jus publicum , ff. de 65 Pero ¡adbuc dado gratis que concurrite: Paltis, y de otros Derechos, que alegan Tamburi- todo lo dicho, y que no folo un criado de dicho no, Peyrino, Súveltre, Armilla, Novario, Sanchez, Convento, fino todos, y por tiempo fuficiente para Sigifmundo de Bolonia, Laborio, Suarez, y otros, la preícripcion (para la qual fe requiere ado menos. comunmente. Aísi el fobredicho Diana , que cita el elpacio de quarenta años continuos, fininterrup- + ces todos los dichos. Y lo mifmo , con otros inmume- cion; ex cap. Accidentibus, y ali la Glofía, Juan An- LARA rables, Salgado, ubi Jupra. - dreas,Hoilienfe,Abad,Felino,y otros,comuñmentez +40 y lo miímo fe confirma ex cap. lllud , de Pre/cript, nó ex cap.De quanta,y de otros: ¿que hace tambien lo 4 dicho:ecn nueftro quarto tomo, bi fupra ) nada de eflo obftaria á nueftra refolucion, por lo que queda alegado en todas las refpueftas antecedentes. % 63 Reífpondo lo 4. que los privilegios conce-. didos a los Regulares no fe pierden por el no ufo, ni por el ufo contrario, por concefsion del Sumo Pontifice Eugenio 1V. ala Congregacion de Santa Juftina , de los Religiofos de San Benito ; como fe puede, vér en el Bulario de Rodriguez , fol. 194. | y col.1.en Portel en las Addiciones ad DubiaRegular.. OBFECCION 1V. 4] verb. Privilegium , num.4. y en Diana, ubi fupra, Y ref. 88. Veafe tambien en nueftro quarto tomo de 66 Y fife opufiere lo 4. que los Religiofos, Confultas, pag.53 1. 1102.91. y pag.568. num.296. miniftrando la Euchariftia á los criados de fus Con=4 y los dos figuientes. ventos el dia de Pafqua fin licencia del Parroco del F* 64 Reípondolo 5. que lo que coníta, es que. Lugar en que eftá el Convento , fe exponen a peli. 74% los criados de dicho Convento de Villanueva de gro probable de incurrir en la defcomunion de la 200 ordinario han cumplido el precepto de la Comu- : Clementina, cap.Religiof1,de Privilegris: luego por ña pion Paíqual comulgando en la Igleña de dicho razon del dicho peligro de pecar , mo les fera licita y. fs ”

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz