BCCPAM000508-1-21000000000000

452. LA veinte y quatro Miniftros drid quecla ron al Padre San Francifco , por efpacio de ciento y cinquenta años , como qee dicho al Pa de _efte libro. At 79 Y luego inmediaramen efe Minifiro Gál AS 6 e 4 Pro: cifío , dio letras muy favo ables al fobredicho Fray Pablo de Trincis, pi | ncipiador de los Frayles Meno- ¿apartados de los Frayles Conven» ales letras le llama Guardian de los ritorios, (Des Y defpues profigue, que porque “principios , el fuceílo , y aumento de la Familia a, A el E. "e ) E: e $8 ho o + la Eeular Obfervancia pide otro dilatado vo- 31 - Jumen, lo remite al tercero tomo , donde proligue 7 cio mifmo, abi Jfupr. num.2. 30 Donde fe ha de notar : lo primero, que an- tes que empezafle la Familia de la Obfervancia, ha- vian precedido veinte y quatro Generales, fuccello- - res del Padre San Francifco. Lo fegundo , que Fra Pablo de Trincis fue el principiador de los Frayles | | Menores Obfervantes. Y lo tercero , que eltos le qe apartaron de los Conventuales: Ergo, O*c. de 81 Pero aun mas indica Leon X. en la Bula, te Ei wos in vineam meam,quando hablando de los prin- A cipios,y primera inftitucion de la Obfervancia,dice: Hora vero nona , moriente Domino furgensibus in dies malis,O* feandalof Gs bujus vinea agricolis, fuf- sitavit Dominus Jpiritum adolefcentis , paucorum videlicét Fratrum, qui fignifero nominis Fefu Bea- to Bernardino duétore , O pre/fide , Sacri Concili Confantienfs freti prafidiis , lan uentem, immo pene mortuum per Orbem univer /fum Ordinem vi- vificarunt ; pues dice , que dicha Obfervancia fue inftituida ála hora de nona,debaxo del amparo del Concilio Conflanciente , que fue el año de 1417» debaxo de Juan XXI dicho XII. 82 Y lo confirma Manuel Rodrig. Autor grave de dicha Obfervancia,tom.1. QuefB.Regul. queft.1, artic.3. por eftas palabras: Reformatio Fratrum de Decretum. Sed O formam, O* ordinem dedit poft- modum Beatus Bernardinus de Senis , AI. circitér mille fimo quadringente fi hno trige fimo, e 83 Reípondo lo fegundo a la objeccion por GR todos , que la Orden de los Capuchinos, en ser, y e denominación accidental de Capuchinos; y refor- ma, tuyo fu principio debaxo de Clemente VIL. año de 1528. pero no en ser fubltancial de Erayles SE Menores , que en efte fentido tuvo principio de- Mido" baxo de la Santidad de Honorio IL año de 1223. los Capuchinos fe debe realmente, el antecedente, ut fupr, y niego la canfequencia. 4. Informe 3 que inftituyo , y fundo nueftro Padre San Franci 3 ta linea,como efta declarado por Leon X. en la la, Ite vos in vin:am meam., donde oc : decide , y declara fer la Regular Obfervancia la S Fo Orden, que inftituyo , y fundo el Parriar a alias. Ergo, Oc. Bulas fe hallará tal exprefsion , que la Oblervandal fea la reéta linea, ni tal palabra hay en ellas. Nil tampoco hay en ellas claufula , que diga fer la Ob-. fervancia la Orden, que el Santo infticuyo, y fundos) antes bien,como hemos vifto,la Bula, te vos in vía neam meam, indica haver fido inflituida por S. Ber=' nardino de Sena, debaxo del Concilio Oe ncican le. Nila Bula, Licet alias , tiene claufulas mas exw prellas , 2 favor de la Obfervancia , que las que tiew: ne la Bula de Urbano VIII. Salvratoris JO Domini, á favor de los Capuchinos, como lo conocerá qual quiera que atentamente confiderare una, y otra , y las cotejare en todas fus claufulas, y motivos. Pontificias ; fiendo aísi , que las de la Regular Ob Obfervantia exist a Fratribus Conventualibus , O coeepit anno Domini cerciter mille fimo quadringen- tefimo decimoquarto , juxta Concili¡ Conffantienfis vir Magne Jfanctitatis, O gratie , O fervoris in “pradicando, Jfub Eugenio IV. Summo Pontifice , anno Domini en que confirmo la Regla Serafica. Pues como di- ce lá Santidad de Urbano VII. el principio de y con efeíto contar deíde la primitiva, y original inftitucion de la Serafica Regla. Con que en forma, diftingo 84 Opone lo quarto: Porque la reéta tnsál co,es, y fue la Regular Obfervancia; la qual es res lo mifino declara en la Bula , que comienza: Licor 85 Refp.lo primero, que en ninguna de aida 86 - Refp. lo fegundo , que los Capuchinos nc y pretenden excluir 3 los Padres Obfervantes de la li-' nea reéta , ni quitarles el glorioío timbre de Hijos de San Francifco, que defcienden de el por linea no* interrumpida, ni cortada por Fr. Pablo de Trincis, O San Bernardino de Sena, como pretende el Padre Fr. Bernardino de Inurrigarro excluir á los Capu-* chinos de lo dicho, impropiando para elfo lus Bulas* fervancia fon capaces dela mifima¡ impropiacion, y* explicacion, como vimos en el 247.1 4. 87 Refp: lo tercero , que no implica , que log Padres Obfervantes fean de la reéta linea, par de | los Capuchinos lo fean: Lo primero, porque n plica el que los Clauftrales hayan fido la reéta 16 y los primitivos,para que los Obfervantes tamb lo fean. Lo fegundo , a paridad de las reformas las demás Ordenes, que fon de la reéta linea d | Fundador, fin que obíte á eflo el que tambier] z | feanlas Religiones Calzadas,y primitivas, de quíe falieron, y le aparraron para vivir gn mas eftrechtz,' y mas reformadamente , fegun la mente del Fund da- dor. Y lo tercero, 4 paridad de tres familias diftin- tas por tres hermanos, que todas vienen por linez reéta de un padre: Y afsi dice San Geronymo, lib.z Comment. in Marth. hablando de San Ja Maria Señora nueftra , que eran de una miímaT bu, y que por eflo era obligado, fegun la Ley,2 cibirla por Efpoía , como 4 propinqua , Uf de 4 videlicet flirpe generati. 83 Oponelo quinto, aquellas palabras del ! Bula de Paulo V. Quamvis tempore Beati Fra cifei minim: inffituti fuerint 5 donde dice fe d reparar en la palabra Minime: porque fegun Biar | bofa , in Variis, decif. 200. num.4, in jure hac dic p tio, minime , efb univerfalis negativa, O hab pracif[am excliglionem: em liquido coníta, e '+) dae :4 z A a 07 ¿IN

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz