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í E decir, que Chrifto N. B. los inflituyo en- onces juntamente con fus Apoftoles,pues la orde- nacion prefupone el fer del que la recibe : $e4 fee. , que feria error perniciolifsimo Contra nueftra mea Feel negar Ja verdad , y legitima fuczelsion - de la Igleñia a] Ponrifice,Obifposy Sacerdores,que oy exilten , pues no fueran verdaderos Sacerdotes, Obiípos ni Ponrifices:lo qual feria dercitable here ¡as Luego £i la legitima,y verdadera fuccefsion de la Iglefía Le ha de regular, no por el tiempo, fino por la legitima ordenación , que procede de los prime- ros que obravieron la poteltad de ordenar de, Chrilto N.B. Cabeza de la Igleíia; lo mifino fe ha- -vrá de filolofar pariformiter en nueítro caío , por evicar un abíu de ran perniciofo, yno dar armasy ni lugar á na confequencia ran pelbifera. ., 99 Lonono, porque li las reétas lineas,y legi= timas fuccelsiones fe huvieffen de regular por folo, el tiempo, fe Menaráel mundo de confiuliones, y las yes que tratan de las herencias, y del modo de ir 4 las legirimamente, fueran fruftraneas, y la miíma. Luccefsio n civil fe turbaria, y confundiria,0 por me- sor.de cirfe deftrniria toralmente; pues como faben. to dos, para la legitima fuccefsion en la herencia,fe=. gun Derecho Civil , noes necellario que el heredes ro que ha de fueceder en ella, proceda del Fundador: por via de £uccefsion inmediara, fino folo por ver. dadera , y no interrumpida conrinuacion de linea,, aunque fea may ansiguas Im, en valde , y frultran; i neamente los Evange ¡ftas derivarian]a delcenden: cia de N.R. Jeíu-Chrilto; fegun la carne del linage, de David (i huvieran de fer folamenre de fu linage: los que inmediatamente nacieron del mifmoDavid, : tegulando por la concurrencia del tiempo, y no; po la legitima derivacion : luego lo mitmo 1e de-, era decir en la fuccelsion de las Ordenes; efto es,: que no folo los que concurrieron en el tiempo de los Enndadores , fino tambien los que fe han ido, continuando defde los primeros, por la verdadera. profeísion de los votos que han hecho en manos: de los Prelados , aunque fea en larga diftancia de, tiempo , on Hijos legitimos fuyos en reéta linea, como guarden perfectamente fu Regla, y figan (us; pañoszporque fegun lo enfeád nueftro Salvador, la. propagacion efpirirual, y Religioía no fe ha de re- gular por la defcendencia de la carne,y fangre, fino por la profapia de las virtudes ; ni lo contrario les gltaba bien á los Religiofiísimos Padres de la Ob+ lervancia , ut ex fe pateriErgo, Ec. 100 Lodecimo, y es confirmacion delo di- cho, y tan en favor de los PP.Obfervantes, quanto de los Capuchinos ; porque no folo aquellos deben ler tenidos por verdaderos Frayles Menores , ¿ Hi. dos legitimos en reéta, y no interrumpida linea del Serafico Patriarca, que fueron recibidos antiguas menre enla Religion por el Serafico Padre Funda. dor de ella, alias los muy Religiofos PP.de la Ob. fervancia, (trian ilegitimos, y elpurios , y no ferian Hijos legítimos enreáa linea cofa abfurdiísima, y gus pleude las orejas de los Catholicos el oirla.Y es . Queft. 1. Sec.3 Refolucion de la queltRefut.7: > la razon,porque la verdadera fuccefsion de la Otr den fe cauía por unalegitima propagación de los que fe ván jucorporando en fu gremio,recibiendo la profeísion de mano delos Prelados , que vienen porcítad para darfela aunque haya paílado largo ete pacio de figlos defde el ricmpo del Eundador:lneg9 nes concurre efta legitima propagacion en la Ors den de los Capuchinos, no menos que en la de los PP, de la Obígryancia, y en la de los PP.Clanftrar les, no es juíta ni razonable (ni que fe puede hacer lin nota > á lo menos de calumnia, y temeridad) ner garles lo que es tan comun, y tan neceflarioa tos dos,paralibrarie de la nota de efpurios, y de ¡legis timos; Ergo , Sc LADISLAO! 0 a 101 Lonndecimo, porque (¿excepto el R. y | femnos otros Autores de la Ob:ervanciajno te has | ará Autor que diga lo contrario4 nucítra relolus cion, ni quete arreva á impropiar,las Bulas.con fey » . y mejantes metaphycas,perniciofas, no. Lolo ala Reli gion Sagrada de los Capuchinos, fino tambica ¿la luftre, Sagrada , y Serafica Religión de la Oblery vaticia,coma lo hemos vifto, y paterex fem o 23 1o2 Lodecimo,y ultimo, porque na hay razon , y fundamento en contrario , que mereza nombre detal, 11 que cohonefte cl inipropiard, en injuria de la Religion de los Capuchinos, y contra quico de dichos Religiofosjla Bula de Urbane VII, expedida á favor de dicha Religion, y por la quietud de dichos Religiofos , para que quiradas Rp od contróvertias,no Íe n aparras os de fu fanta vogacion , por los que tocandoles nunciar la paz, y los bienes (impugnando la vera. dad ) la rompen con efcandao de los pequeíuclos, como en dicha Bula le exprefla , indicando ep ella, que qualquisra controverlia , que le Ínícite en ore dená negarles en qualquier modo , que los dichos Frayles Capuchinos han fido fiempre , y ón de la verdadera , y nunca interrampidalinea de S.Erame cilco,( que tiene fu origen de la primera, y original inftitucion dela Regla Serafica, cuya oblervancia fiempre fin inferrupcion alguna han continuado) ' y que fean verdaderos , e indubitables Frayles Mes nores de la dicha Orden de S.Francifco, y oblerva» dores de íu Regla,( debaxo de la qual han militado fiempre , y al prefente militan ) y que aísi fe debg entender,reputar,y juzgar por rodas,y qualefquiex perlonas , es expreflamente contra la intencion del Pontifice , y declaracion hecha por dicha Bula,co= mo de ella, y de lo dicho coníta : Ergo,3c. 403. Que no hayarazon, ni fundamento en confrario , que merezca nombre de tal , nique cos honefte cl impropiar dicha Bula, le comenzará me- jor. ,relpondiendo á los que el R. trae exprellos, a probar íu Intento , y'a otros que fe pueda in? terir de lu doftrina, y de la de algunos Otros, mofy trando fu debilidad, y la poca fubltancia, y fuerza que tienen para fundar una tan grave injuria > de la Religion Serafica Capuchina, / como ya lo hago. 0 qUe Ref A e

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