BCCPAM000508-1-21000000000000

fe "A E Al Y E e Pu de $ A qe E . E 5 5 ES UE. E MTL a e 0338 Queft.1o.Sec.3.De algun.dud Del pode los Mendicantes pedir limofna en todos FObifpados, fin licencia de los Ordinarios, 0 Cu- 0 ras, y delos Magifiracos Seculares. 123. Por quanto el Reverendo Padre: Inurri- - garro en fus: Memoriales pretende perfuadir 4 los -Governadores de la Provincia de Guipuzcoa , que impidanmálos Capuchinos, y Padres Carmelitas Defcalzos el pedir limofna de vino en Guetaría , y en Átaun ; por tanto me ha parecido, para comple- mento de -efta queftion decima , y feccion tercera, tratar de los Privilegios, que cn elta parte gozan, a. da het 4 no folamente dichas Religiones , fino todas las Mendicántesiidris nde dois oi 124. Y aísi preguntarás lo quarto: Silos Men- diícantes puedan libremente pedir limofna en todos los Obifpados., y Lugares, fin que los Prelados Eclefiafticos, y Seculares fe lo puedan impedir? 125. Refpondo afirmativamente: Es materia fin controverfia , y agena de toda duda , por losmu- - chos, y grandes Privilegios, que han concedido los | o Ponrifices 4 las Religiones Mendicantes, defcomulgando ¿pfo facto d todos los Prelados Eclefiafticos, y Seculares, que los impidieren hacer - Jimofnas; los quales refiero yá, y fon los figuientes. - 126 El primero es de Sixto IV. en la Bula 4A%- ea, que comienza: Sacri Pradicatorum, Or: Mino- - gum Eratrum Ordines , expedida en Roma el año sde 1479. El qual Sumo Pontifice , enel numero - quinto de dicha Bula , prohibe á los Ordinarios de los Lugares, á¿fus Vicários, ú Oficiales, y á todos (Jos Curas ,-que ninguno de ellos impida á los Reli- +giofos de la Orden de Santo Domingo, y de nuef- tro Padre S. Francifcoel pedir limoína en fus Obif- «pados, Lugares, y Parroquias de ellos, ni á los Fiec- - «les el queles den las dichas limofnas: y que fi algu- “¿mos fe lo pretendieren impedir ( fino fe arrepintic- “ren dentro de t es días , y revocaren el tal impedi- . mento , fiendo requeridos de ello ) eo ¿p/o , (1 fueren Ordinarios, fe les interdice el ngr fío en la Iglcía, y Le les fufpende del regimen , y adminifltracion de lus Iglefías > y a los demas inferiores, que incurran en defeomunión. 00 0d Mila to =- c137 Sus palabras lon: Preterca, quía ut intel- -Jeximus , inter locorum Ordinarios; conumque Vi. "carios, feu Oficiales , O Curatos , O Fratres pre- - diciorum Ordinum,ariisoccafionibus locorum Or- + Y: 4 | 19 ¿do:en el Bulario de Rodriguez, Bula !34. entre las dinarii, torumque Vicarii, feu Oficiales ¿ Or Cura- di pradiéti y ne Chvifiiifideles Fratribus ip/ís , pias eleemofyhas erogare prafumant,C e, Evintra:Man- damus , ut abbujufimodi perfuafionibas y inbibitio- mibus , Oe maindatis dexatero prorfus , O omnino 'abfiineant: Decernen:es inbibitiomes ipfas, Ó” man- data ñullíás exifiene firmitatis == aceo[demperfua- dentes, Oinbibenses, afandatoque "ob temperare non curantes ( nifi pienituerint, O perfuafiones , ac inbibitiones , O pradióia revocaverint intra tri. dust , poftquam defuper requifiti fuerint ) eo ipfo Ordinarios interdicium ingreJus Ecclefa , ac /[u/- .. «acerca de tod.la Re O .la K lig.en comun, peufionem a regimine, O adminifirationem fuarum >, Excle fparum , alios vero inferiores ab cis excommu- nicationis fententiam incurrere, | 128 Hallaráfe eftendida la dicha Bula (que fe llama Aurea , por fer muy precioía , y de grán ef- , timacion ; como: por la. miíma'razon- otra de el Emperador Carlos 1V..en Flandes, fe llamo tam- bien Aurca) en el Bulario de Rodríguez, entre las Bulas de Sixto Quarro, 1.20. en Confe.. cio , ¿n Colleci. Litter: Apoffolicar. in Sixto IY. num. 7. €n Laercio Querubino:, entre las Conf- tiruciones de Sixco Quarto , num, 19. en Lezana, tom. 34 4 pagin. ibi 91. Dicefe tambien en el di. cho Bulario de ¿Rodriguez , quela ral Bula origi- nal eftá en cl Convento de nueítro Padre San Eran. cifco de Salamanca: y hacen commiemoracion de ella muchos Autotes, que efcribieron'con efpe- cialidad de los Privilegios de los Mendicances ; y Peyrino , tum. 1, Pañoriég, Minorum, in Sixto IV. Conffit. 1. y Lezana la comenta muy exprofello, * ubi fupra, a4pag. 94. WVeale dicho Autor en los + QUIETOS SY Da DORIAN 129 - El /egundo Privilegio «es del mifimo Sixto Quarro, concedido álos Aguítinos, del qhal gozan los Religiofos de nueftra Orden ( y todos los que | tienen comunicacion de fus Privilegios) y lo mifmo + te entiende de los demás Privilegios. Dicho Sumo Pontifice, en la Bula; que empieza : Dum frubius | uberes (que es el Mare Magrum de los Aguítinos) -expedida en Roma año de 1474» en el 24.5 1.con- sede'á dichos Religiofos , que qualefquiera lugeros * ¿queiles impidierem el pedir limofha',. no folo in- curran ¿p/o facio en' defcomumion., fino tambie que contra los tales pucdan , y debán proceder lo$ fl Inquifidores , como contra Hercges, Sus palabras Lon Quod fi per. quofemmqu: pi oceff'ss y dites, O comtroverfías quimodolibet inter ipfos Fratres pre nominatos, O Ecclefiarum Rectores ¡ac Ordinarios emergentes, Ordinarii ip/jr, feu quicumgas alíi imbia. bitionem «decmofynarumn per CbrifB4 fedeles Pratrio. busipfis faciendarira quocumquemodo fuerint prom lapf: volumus , O" prefenti patrocinio decernimis omnes, O Jinguli tales inbibemtes ipfo facto excomz municationis incurrant Jententiam, O contra tales Ap Inquifitores beretica pravitatis ad preditlos +um F, atrumrequifitionem pofsint , O debeant «utcontra Hareticos procedeve.. 00: 413 130. Dicho Mare Magnum te hallará eftendió - id: -de Sixto 1V . anmeriticado por el Auditor Generali la Camara Apoltolica: en el Bulavio de la Ordend 'S. Aguítin, entre las Bulas, O Conftituciones de dis «Cho Sixto IV. 2. 5.en Lazana, tom:3, dpaz. 20íl -98. y le refiere el Compendio de los Privilegios:d los Frayles Menores, verb.Eleemofyna, mio. y del hacen “mencion muchas veces los que: efcriben d los Privilegios delos Regulares, efpecialmente 16 «que efcriben de los Privilegios de los' MendicaM e Porrtel,ambos Rodriguez, Martin de S, Jofeph potros, que lo sisarán defpues. Y efte Priv $ 0 F ee e se.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz