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Delos votosin genere, yen elpecial, Ec. E liéta. votos »Í1 en tal caío podria difpelnar cn llos el Obifpo , adhuc quetuefle facil.) y lin inconueniente el recurío al dicho Le- gado? | mb ie $7 Refpo ndo ;qte adhuc en tal calo lleuan Henriq. lib.6.de panic. cap. 10.0. xy lib.12.de Matrim.cap.3.numn.r. Avi- la de cenfur.2.p.cap»7.dilp.1. dub.6.no- rab. 4. y,otros,que podrá el Obifpo difpé- lar en dichos votos:y la razon es : porque aquella comifsion accidental, mo parece puedeimpedir la poteftad ordinaria.que ióapta alos. Obilpos ;.que es poder dilpenfar en calo queno: fe pueda acudir al Pontifice : Quia pro illo cafunon ef? eo- zum poteffas limitata: > fed Jue natura re- 46. Ni: balta dezir con muchos que cita Palaoyvbi fupr: num, 5. donde tiene Ja contraria por mas verdadera ¿queen tal calo cefla la necefsidad de obtener de el Obifpo la difpenfacion ; fupuefto -que fe puede impetrar del Sumo Pontifi ce, 9 del que tiene fus vezes:ergos$ic. a 47. Nooblta digo: pues en tal calo no fe puede obtenerinmediatamente del Sumo Pontifice,ni acudirá el fin peligro enla dilacion,cómo fuponemos, y alsi en tal calo no fe juzgan refervados a lu San- tidad dichos votos,ni reltrióta la poteftad ordinaria de los Obifpos. Veale lo que in famili diximos en la queft.1.Sec.4.bub difizguañadodoa. CI 48 Añado.empero :quela di cion en dichos.cafos no fe ha de eltender ¿masdelo que e la necefsidad;fupuel a nece lsidad: le concede to que folo por | | dicha facultad > o fe ¡fuponen.no relérvas dos; y afsi fi fe difpenfafle convna quetie nevoto de caftidad abloluto para quel café porel peligro dicho sno:por ello le difpenfa. con el para que no peque con; 79 trael voto 1 tuuicre poluciones, o copu- da con 0:ra.que lu mugersporque efto no esnecellario: ni para «que diluelro. aquel Matrimonio le pueda calar con otra fino es que aya la melma necelsidad,Sanchez, dilp,9.num.26.Palao,num.6.y otros mu- HO Pd 49 Añadolo fegundo,que Í1 fe pue- de fatisfacer a dicha. mecelsidad ¿con di- - Ferir la exceucion del:voto, como lucede muchas vezes en el yóto de Relizion »y mucho mas frequentemente en el voto de peregrinacion, que en cal calo,no po- dra el Obifpo conceder dilpé lacionspor» que cella la necelsidad de difpeníar,San- chez,lib.4.Sum.cap.40,numer. 37. Lay- man,Baíilio de Leon, y Palao ybi lupra. +50 + Delo dicho fefigue ,que dicha -doétrina fe debe cftender á los demás vo- tosrelervados; aunque dicha necelsidad no acontece tan frequétemente en ellos; - pero fi acalo fucediere, que el que hizo DA nd E de dichos votos renga: juíta caula para fer difpenfado , y no pueda ir, ni embiara _Roma,nitenga para los gatos necefla- rios en alcangar dicha difpenfacion, que en tal calo podra el Obilpo dilpeníar,co- ¿mo queda dicho delos votos de caftidad, y Religion,lo qual tiene con otros , San- chez dj. 9.MnuUM.23. TOA dci 51 7 Siguefe lofegundo,que fi vno gd . 3 p . » e » tiene voto abíoluto de caftidad le calaflle de hecho, y confumalle , que podrá el O- bilpo difpenfar con el dicho. para que pueda pedir el debito por el peligro de incontinencia,que frequentemente acó- tece de, la mutua. cohabitación con el DUO COMÍOEE. | 0152: Y lo milmo juzgo debe dezirle, Aunque no aya confumado el Marrimo- mio: porque como el dicho en lentencia « probable.no efté obligado a entrarle en Re- — PPBIYO AAAA e 1 a AA e id APEER RA RT IVETE IT e 7 ea Ns A E O o Ta o e — O A reo” A A e E S A ER E", Borg A. A o o o A E E Su E k $ : - Erin A EA ne e laa PU e 7 a

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