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ve de dicho Texto,como lo tiene Sanch. dilp.9num. 24. in Éne.. 32 > Añado,que dichós DD. pódráin refponder,que tambien en efte calo difpé la el Obifpo con comifsidn del Papasa lo . P menos prelumptra,pues le prelime,y pue- de prelumir( imoste infiere de dicho Tex- to)que en femejante vrxencia ¿y peligro deincontinencia ay poteltad concedida de difpehíar: y la licenciasó facultad pre- lumpra bafta para que la cola fe haga li- cita,y válidamente : porque'taciti 7 ex- prefit eadem efé naturasexl: Cum quid; ff. de rebus creditis,<7 cap: 2.de refemptis. 33 — Nibaíla dezir contra efto:queíi baftara la prelompta le diera ocafióa los inferiores de errar , pues cada Yno prelu- miera fegunda juizio (in laber los moti- uos interiores que tiene el Superior pará conceder,o negarialguna cola: ergos8cc, 34. Relpondo, que aung nadie pue- de faber los motivos internos del Supe- -. rior,pero por feñales,y caulas externas»y probables le puede probablemente cole- gir no de cierto , pero cón prudencia,y probabilidad a voluntad del Superior,y que en las cofas morales,bafta para obrar bien el obrar con ella, y ental calonoes la prefumpcion temer aria, nitorcidayhi fegun palsion,fino razonable, y jufta ; y mas en nueltro calo donde ay tantos fun- damentos para prelumir,que el Pontifice como Padre piadolo concede fu autori dad por evitar dichos lagos,y peligros. pecadosó por mejor dezir le prefume,que eh tales calos noes fu mente relervarle dichas difpenfaciones... 010 35 "Ademas, queíi la prefumptano le ha de tomar dela condicion, y natural del Prelado,fino de lá reéta razon, colmo - Jo tienen Ledefma, Villalobos,A zor3Syk | veltre,Gabriel ,CenedosRodrig. y Otrosjy- % a tr. E "8 De losvotos in-genere, y eh efpecial,$cc. coníta de 1uyo alias ti el Superior tuviera 77 voluntad contraria 2 lo razonable,en tal calo fet irrationabiliter inuitus, lo qual o le debe prelumir del; aviendo tanta razó en nuefteo calo para prefumirso la no re- fervacion,o la comilsión Pontificia, le le haria manifiefto agravio a fu Santidad en no prelumirlo als. 020 0 36 'Opp. 2. de aqui defigui ra, Qaun- que dentro de el'terininode cinco dias fe pudiefle recorrer al Pontífice, y obtener della difpenfacion , q adhuc podria el O- bitpo dilpeníar con. los dichos : porque para que aya peligro deincontinencia, y - por configuié te para queno léa culpable, ni lacrilegro la copula cójugal'en la Igle- 112,baftán lolos quatro dias, como lotié- ne Suar.in 3.p.queft.38, art. 3. difp. Br - Aeét.9.a quien cita, y figue Hent, Aguít. en lu Sum.fobre el primero mandamien- to del Decalog. hablando del lacrilegio, quezft.13.0.62.pag.mihi 3 r:lo qual paré. ce mucho dez ir:ergo,8tc. sl: iS, Lis 37: Rulo 1.que lo dicho alo fumópu- diera tener lugar en calo que los tales fu- jetosviuieflen de vnas. puertas a dentro, huuieflen tenido frequentes copulas,dut- miellen juntos, yhizieflen vida toino ma- rido,y muger, porq ello es lo que lucéde, palla,y fe halla en el exemplo alegado, de los cafados:ademias,que como entre eltos féa de lu naturaleza licita la copula, y no en aquellos; menos tiempo le debe juzgar baltante para el peligro de infoítinencia enlos calados, que en los Gnolo fon por que él fréno de la conciencia des deten- dray a lo' ménos' algun tanto ias a ellos, que aquellos, ha z HD! mid) E pa a E 117 le ' -:38 Reípóndo lo fegundo queen efe punto de quañtós dias , o quantótié. po baftara para que aya peligro de incón: tinéncia , y por configuiente para que le ? G3., aya Sra - ue YAAIMA a ms a 4 2. e £ r AA A cs E A A a E 0 NE LS O .” 0 Aa. . ur. pr 2 do A O o A a is A > ma o o RN + TI E e = IAS a A a o TP ria E ar "a o e Me A E om 257 DAA AS NA A a EA Bego > pd pa ee Le o medio 3 e A a e d
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