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qual purificada la condicion, eo ¿y/o cau- la el impedimento de la publica hone(ti- dad,ex cap. Vnicoss.1li,de. Jponfalibusy1 6. enla venta del Beneficio fub conditione de fururo , ala qual efta annexa la pena de los Simoniacos : y en los gue mandan la perculion del Cardenal Jub.conditione los quales eo ¡p/o que le cumpla la condicion, y fe figaelefeGo , quedan delcomulga- dos:ergo fimiliter ici: > ara 35 Relpondo concediendo,que del contrato condicional , puefta la condi- cion,pracedan los.melmos efedtos mora-. les,que proced ieran li le hiz1elle ablolu- tamente, quando los dichos efetos nacé de la obligacion del contrato , y no: de el modo de contraer; pero de al no fe figue confequencia a nueítro,calo.: porque la refervacion de los votos, no Mira tanto 3 la obligacion de ellos,quanto al modo de contraerlasdonde fe (1gue,que como elte “modo en los yotos condicionados , y pe- nales fea impericcto,y diminuto,por ello dichasvotos no fon refervados. 36 Opp +3.en los oros condiciona, dos no ay tanta razon como en los pena- lesiparque aquellosle hazen por afeétoa la caftidad » o Religion prometida , y no cliosiergosdo. > A A 1 37. Relpondolo primero , que tam+ bien en loscondicionados fe puede ha- lar el melmo defe£io de afeétoa la cola vorada,come vimos en la tercera prueba, Relpendo lo fegundo,que aunque no aya tanta razon para que pueda dilpeníar:el Obifpo eñ las pure eondicionados,como culos penalesiay.con rodoella la que bafta para:que po le tengan 0 por, relervar: 00 (9)(0) _ per accidens al De los votos in genere, y enefpecial¡Sc. IMF El Pues MTL Sd e DIFICVLTAD VI (0130 2 E Si podra el Obifpo difpenfar en el voto da saffadad,quando por dinerfos votos pertene- cientes a dinerfas cofas fe vota todo loque Pertenece a la caftidad , de tal fuerte , que de todos ellos juntos refulte obligacion de per- fecta caftidad,como,/3V. y. por va voto pro- : eS metre/Je vno de na cafarfe,y defpues por; otro de nó Jornicar > Por otro de no cometer peca- _ do de molicies » o de ab/fienexfe de-todo acto venereo illicito, TE? 38 _EsroNDolo primero , que drá'en todos los dichos divifinesporquealsi tomados no fon votos de caltidad entera. Relpondo lo fegun- do,que podra dilpeníar tambien en to- dos los dichos collectine fumpta , adhuc en _gaflen a vna calidad integra ycorablale vo 11 el vlrimo le hizie/le con intencion, que relblraffe vna obligacion: 4 toda la - caftidad:la razon es : porque faltando la tal intencion ,dichos votos non integran- tur , porque cada vno de ellos fe refie otto ; luego alsi como el Y $ Obilpo puede difpeníar en cada vno de . losdichos,podrá tambien en fodos,y alsi como todos ellos dimifi4e /umpta , nolon refervados al Papa, alsi tampoco lo ferán colleétine fumpta:ergo,8zc. Ita Sanchez,in Sum.tom,1,l1b.4.c2p:40.num68. y Dia- e DANTE Ad A brit 39. Y ( preguntares, li ferá relerva- do el voto de no pedir difpenfacion de el voto a otro que al Romano Ponrtifice? Relpondo negatiué:lo primero.» porque el tal no es voto de matería relervada:y lo fegundo p¿otquela intencion privada del i 3 4 -a “Ye, OR 5 se iz” E ¿qe a "$ e PS PP — e e A A o: uo iia A, AT rd A cn a A
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