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a - 5 Md " e E e e y o "PTA a A A o Hay y k Ls h pr > PT . UI. MM. METAS A Se As ei E Mr oz E ” A + de 2 E a E S . 3 : : a , e á y d. Pee ú>- Qe 4 e h il > y s E cd: : " A AE Si z Mi - + > E o Ln q ll al — a a e 2. a SE e Dz e e s 1 Y : oí E TT E ds de > A IGURLICIO ii Gil Minera laa de ra UN ia e Y A Mi Ed ad a .. Ss z a a a hi das 0 a HA A A A A a € des . 0 . q e y > A E — : sl runs orgias. * 15.2 Trata.Quelt2 Secc. 1. Dificat. den Y: per er dicho.no perjudica la poteltá 1), y jurifdicion de los Señores Inquifidores para caftigar los dichos crimines,calo que le defcubrá en adelante en algun tiempo , pues la tal abfolucioón in foro confcientia ¿ MO patro- “cina en el fuero externo , cómo es certil limo:ergo,óc. pel | ha PA 3 r Ñ De la jurifdicion de. los Obifpos en el fuero -externo,en quanto ala heregia,y eo folicitacionen lacon= 4 el a SO GA Nido bo IE CLA De la 255%. ' er uy o DIFICV SADO kosas Si los Obifpos podrán abfolver en el fuero externo e los hereges»reconciliarlos ¿la: Lglefra, y .penstenciarlos? HAS y TR IQRA ROLAND ES TD) Es PONDO ¡afirmativamente YN. con Eymerico,part.3.queít. 92. Reperrorium >Inquilitorum , verb, Ablolutio, verf. Sed.munc profequendo y y verÍ. Ex praediétis concludituy. Squallicení. trade fide Catholica 3Cap.27. numer. 3+la Glofl.in cap. Excommunicamus y el 1.$.credente ,ad fin. de hereticis, y allí Hoftienfe,num.24:Felino, fub num. 3. Zabarella,num.s. in fm.y Anania,num. 4.4 los quales cita , y figue Farinacio, de heref1,queít. 19 1. $.4«NUM. 5 2. (rá; 02 Y fe prueba: porque aísi eftá ex- prello.en derecho: Textusin cap. Ve off ci nm,in princip.verl.Si:vero,de heteticis, in 6.en aquellas palabras: 4b/olutionis 'be- xeficium impendatis 0" iniugatis e/dem,quod iniungi talibus confuenit.Sobre el qual Tex- to tienen tambien nueftra conclufion, nueltra .coriclufion ; porque es comun, Archidiacono, num. 1. verb. Impendatis Juan And feas,num. 1. y Gemiñiano ¿ nu mer. 2.in fin.ergo,«c. (A 3. Y aunqu e Celio Zechio, in Sum part. 1. titul.de fide,rubr. de herel1cap 1 1. numer. 18. verÍ. 4. dize, que ene Confejo Supremo de la Inquificion , 4 1 ha pronunciado , que á folos los Inquis fidóres , y no 4 los Obifposles fea lici: to ablolver en el fuero externo 4 los he reges penitentes: con todo ellos Farina cio vbi fupra , dize , que fe debe tene y muy conforme a derecho , lo qua tiene tambien con Bonacina,Caítro Pa: lao,tom.r. tr. 4. de pan .heretic. difp.4 punét.3.$.1.numer. 23. SS uv. 4 Advierto emipero con dicho Pa: lao, que en Efpaña elta revocada di: Cha facultad a los Obifpós 5 porque ná pueden los Obifpos fi el Inquifidor miel Inquilidoríin el Obitpo , Felt re: A Querido» ablolver al herege , y recoricis líarle con la Iglefia , como conftará mas de las dificultadesfiguientes. 000 ' Es e do : ' A: y 4 32d “YA Ñ s » e " AS s Ñ o c ¡PA DIFICULTAD. IL > | FAMA - 7212 Que modo deben guardar los Inquifidores 3 Obi/pos en conocer,inquirir,y cafti= - gar los hereges? 40 . $ PO/ND 0,que acerca defto, 1 ac. VII «y Clemente E loquefe ligue. 0000 nifacio VIIL in cap.Per hocy ssiné.dize lo primero,que de la ion general hecha por la Silla ica 4 los Inquifidores, enalguría e roga cola alg ( nos,Íino q rabié puede eftos proceder có au-
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