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má MG E 2 pl q E - ES MA ii a e > a na p - um ns EY o » a. 11m ll » A - 0. mk . ' - ed V . = . e > Xx E 5 e ' ye an a e um : y q p : 7 nee e A A A A A A A . AE Ñ he - " Ñ y o re P . 7 tr o S -616 Trat.S y vlc.Queft.y Sec.vnic.Conlult.1o, * le aya de baftar al dicho el ter viejo de mas de cinquenta años , y reprelentacio- _nesdelelenta, quedar con voto de caffi- dad perpetuo, yrecogido en vn lu gar pio, haziendo vida heremitica ? que nole aya digo de baftar efto para purgar la dicha lofpecha,y aya de baftar el habito de San Juan en qualquicra mogo , aunque elte aya delpues de profello de vaguear libre- mente ,'como es'ordinario en los mogos de dicho habitozno me lo puedoperlia- dir : y con todo ello es Na, qa que baftariatomar dicho habito pata que lu muger pudielle profellar licicamente: Juego a fortiori bemos de dezir > que bal: tara tambichreltó. 2 2 46 Dixe licitamente:porque para que: la profcísion fea valida, no era necellario: 1 | on | y teffamento,es parácafar Veinte y € | ICO: .fanas , las:quales luego po+ muerte de Canto : pres aunque el calado que queda en el fizlo con voto de caltidad > fuelle joueny folpecholo de inconiriñenciale- riacon todo eflovalidala prórtfsion del conforte,hecha con fu licencia, como 10 tienen Sanchez , Peyrino > y otros mu- chos: y la razon es,porque aunque los di- + chos Textos pidan,que el coálorte joucl entre tambien en Religionyelto le entió E de para la licita profelsion del coníorte, pero no para la valida ,pues no la irritan: imo.dize Sanchez con muchos,di/p.3 3.1. 4 que valdria la dicha profelsión , aun el que O cap. Ex parte,el 1.de conues). coniugator.7 Veale tambien ex cap. Agathofa 27. 7 e. q po bos en la di/p. 32.cnel num. 3- l1 bien no al- lientoa todo lo que alli dize, con Bona- cinas Diana, Murcia,Palao, y otros mu- chos. | 47 Porloqua! concluyo : que pue- deleyuramente el leñor Ordmario dar la licencia que fe le pide para que profel- Jon de los bienes de la Mitra 5 para » la. mente fueron entregados de los bienes E A fueron dotadas las huerfanas ¿con el /i queda en el figlo fueffejóue y no nl AR e. A O OS ? LA o hizielle voto de cáftidad,y lo prue ex elidicho quento de maranedifes 10 _configuies te fue Juejjen reintegrados de todo,rebaxa d 4 le dicha mu yerspues no ay en el o: in ueniente alguno, antes li muchas eo niencias para el aprouechamientoe!l tual de dichosÍagetos,y por configuk' te para que ceda todo en mayor ho 0 gloria de Dios : Aísilofiento »£: lv 'omnibus,óXc. 0 * dl | gd y 4 A | CONSVLTA Xe l El Argobijpo de Nien Ju vida: depofilóh imauo de Sempronio [m Jobrino vn quent marauedijes: en el teflamento con qu 0) cio dize: Declaro , que yo téngoen la má Sempronio Vn quento de marauedifes yq pia quele declarare': Defpués del teftan Dl z0 -Yn codicilio, donde declara quel , Y | de marauedifes de que fe haze mencion! gobijpo Jeydotaron como én 'efeto Je 7 AA | | ) MN y , LS A 1d iS n e ANS, 2 0% ¿ Cayo,) dicho Sempromio queda » herederos de dicho Arcobipo >. y qudi moniales de dicho Arcobypo > de que ni 45 A el Procurador de la Mitra: en la apela TemOcaron. en parte la primera: Ji ñ mandando , qme los dichos herederos ' taye/Jen el quento de mara uedijé p7 4 id mento de que como el Ar10b:fpo: declara! EEN los bienes de la Mitra , que quedas > A Y E sl $ . je yA 0N 0% y 4 % LES H + Y de y Di ¿ qe miento de fu patrimonio en los: años que] Argobifpo, para efecto de que las heredero ya ; A o pe > oa z A e ES i E E , MN e ER! "o A sd e ' "ES ATA , ee y * as JE

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