BCCPAM000508-1-09000000000000

y Pr y! ! be ' e 1 El d Pd 139 4 E | AE y EN mel ' h e a a y h E y Ñ er E 7 E Y . . d cs .. e -— S —. — * - pi A A . ms > e de E " . EN É e qe Ñ xl + lo3 : y 4 h ts K % E da e 1% S de id aso da SS Da 0 “4 A IAE E * ] E ES A E rr AS w A. E pi y > Eo E Z d d 4 « F a EH IEA ER o P z MO a AA 4 ; z. ” $ al 3 4 AS 606 Trat.8.y vlt.Quelt.y Sec.vñic.Coníult.9. lcd voto de continencia>;3 a tal edad las nugeres queno pueda nacer de ellas J9/- 2en AAA l, Y lotercero , porque alsi confía del ulla tacos inc. 4d Apojto- licaimyde conuerí.coniugat.ibi: Nor efh al- ter conimg mm recipiendas ad obfervantiam re- gularens , nit religuns perpetuam continen- tiam repromilttat, Jed «5 vitam debet mutare: nifi forte fit eims etatis,vt JineJu/picione in= continentie valeat in py remanere : hi0 cola mas claraergoy8e: * ( 5, Elto lupyelto: [oy de féntir qué puede feguramente el leñor Ordinario dar licencia á dicha muger para que pi o- felle:fundome:lo: primero, porque li alguna razon fe le auía de denegar a di cha muger la dichia licencia maxime por. defecto de la feneétud del marido; 0 el peligro de incontinencia en efte; fed ficeft,que por ninguna deftas caulaste le epuede negar en dicho calo:ergo,8ec. M6 La menot en que puede“eftar la dificultad fe prueba : no por razon dela fencótud;porque la leneótud que pide el Derecho para que entrando el vno de los calados en Religion: y pueda el otrú quedar en el figlo e con voto perpetuo de. continencia , no puede ler mayor quela. que le impolsibilita el entrar en Religió, ópor la qual no ay Religion que le quie ra recibirsalids , al died le le mandara cola impolsibls contra todo derecho,co mo coníta,ex cap.N emo potef 6. de regul. iuris in 6.1.Si quas in graui,in princip. fF ad Silanian. y lo diéta el lumbre dela razon: imo, de lo que es muy dificil, fe debe ha- zer el mefmo juizio,que de lo que esim- polsibie,ex l,Apud Tulianam$. Confrar, fF delegatr. Tiraquel. de retrack. cófanguin. $.1.Glof.10.num.120.Surd.decif. 141. 14> Mo 0 10,y Otros, limo, lo q. es impof- “nencia,como le ve en los viejos queac “A muy dificil naturaliter,lo esta bien de iure,exl. 1 .vbi Glof. «> leg: En f. decondit. mptit.l. Qui ad «ertum on y dex Corneliayin fin. ) devulgsr. G pu Jubftityy de otras; fed ficeft, que á die lugeto no ay Religion que le quieran -cibir por razon dela edad,como (efup ne:luego tiene la edad requilita por d recho para que pueda quedar en c) lag] con voto de continencia perpecuaj trando lu muger en Religion de li do conlentimiento Íuyo: csgostcel -6 No tampoco fe le puede negar Miasicia para que profeíle a dicha mug en dicho cafo ¿por razon del peligro incontinencia en el marido:lo vno,pt que en teniendo el fugeto la leneGut d el Derecho pide para que pueda que en el liglo con voto de continencia ;* parece fe debe prelumir tal elit es que alias contte del atentas las coftus bres malas del (ugeto ) para negar pe É la licencia de profellar al conforte; put ental cafo parece rícnt lenedtud coy potente atento el derecho. para que 1N to con el voto de continenciá A: fe prefuma que cefla el dicho" peligr6s alias fi ello fe huuicile de regular $ re >] peligro que prouiene de la CD yal A . raleza,en ninguna edad le pódria dezitz que cellaua el tal peligro , pues en q Quiera edad cabe el peligro de inco! z Larona Sánta Sufana, que eran viejo J los mas viejos,y lo eran “tanto , que ellos raelmosfe auergongavan de iodicarfau concupifcencia, y con todo eflo ardian en dicho peligro,como todo conftade Sagrado Texto,ex cap.13. Danielis,perto- tam:crgo,Xe. | 3 7 Loótro:porque ni el DerechoSe rece pide tanta lencótud para que 7 me

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz