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DevarlasConfultasy $03 de fer en el que vamos hablando ,en que concurren tantas , y tan prudentes con- jeturas de que lotendra por bien dicho Prelado:ergo,8ic. | ro. Y lootro:porque no puede auet fundamento vrgente por la parte contra ria,como fe vera refpondiendo alos que alegan los contrarios:ergos8c.Porque Í1 opulieres con Tom.Sanchez,lib.7. Conf. capit. 3. dub. 20. numer. 13. y 17. que el Obifpo (oPrelado ) no puede tener pot rata la tal ordenaeion , pues no puede tener por rato lo que no fe ha hecho en lu nombre, o de fu licencia ¿ex caps Ratum, de regulis iaris m6. y lo tienen Paritio , Mandolso, kKebuffo, y otros: er go, Sc. Se relponde , que en nueftro ca- lo ay licencia baltante de dichoPrelado, y le haze en nombre del proprio Obif-= po,como [e ha dicho,y alsi le niega el lus puefto. | | ri Y li opuñieres lo fegundo, que con elta doátrina le daria aíilla alos Ox, bilpos,ve hoc quejito colore, ordenallen a los no fubditos , y por coníguiente le orizinarian de al inumerables daños: et« gosBec.Se refponde,que aqui ao le da alá para que ningun Obifpo ordene los lub- ditós de otro fin fundamento baftante inconuenientes pueden originarle de eflo;como lo dizeJa Santidad de Vrbano VIII: fobre el hecho de San Epiphanio. grat yd opulieres lo tefcero con Bo- ñacina, que lleva lo contratio por mas probable,tom. 3.de Jufpenfionibus > difp. 3 ' quef?.s"puncl. 11m. 14.que en aque « las cofas,que fon contra derecho,v con- tra la jurifdicion de otro,no le ha de pre fumir facilmente la ratihabicion, porque 4 E ES ES 7 gn z > de ninguno fe prefume facilmente, que ceda de lu derecho:ergo »8c, Se relpon= de,que aqui no le prelume facilmente fi- no con muchiísimo fundamento , como confta de lo alegado: y alsi nihil contra nos. Pa : ] 13 Y fi opulteresló quárto con Roz driguez,in Summ.tom.2. cap. 13. del ordeny conclufion 8. donde lleua ablolutamente. lo contrario con Gutierrez ; que ay vna. declaracion de los feñores Cardenales;- de la reforma 5 en que [e determina lo: contrario, que es la [iguiente : Epifcopus. _nvalterims Dieecefa de licencia Ordinarij locis non poteft Ordinare perfonas , que non funt. Jubicéle ¿llo Ordinario , mf habeant dimif=, Jorias generales a fuis Ordinarijs: ergo.Bica Se relponde, que las dimilloriás de nuef+ trocalolon virwualiter generales , y aísi. de dicha declaracion nada fe figue cong tra nueltra doétrina. 2444 14 Y f1opufiereslo quintoton Ma? chado,que lleua tambien ablolutamente lo. contrario ¿en fu Perfe£to Confellor, tom.2.lib.4. part.i.tract.3 documento 5 ..nt= mer. 2. que quando las reuerendas, o dis mifforias le dirigen elpecialmente ¿va Obifpo,no puede el ordinádo recibir las Ordenes de otro , que de aquel , porqué de que lo tendra por bien elObifpo pro= conforme principio de derecho: Vhi fas prio ; yaniendo razonable , y prudente enli fundamento para creerlo alsi, ningunos | cultas vni commititur alteri probibetur,ex La r. £f.de ¡uriídit.omnium iudic; cas Vonne de prelumeergode: silo 15 Serelponde,que cflo le debe tiz E E a pr L dr e A tender quando nó conftafle probables mente de que la ral concefsion no exclu= ye á otros femejantes ¿ como palla en nueftro calojo quando no huuielle elpe= tanga probable, y prudente de la ratihas bicion,como patece tenetlo por probax ble el melnio Machado con otros, docume 6.nmm.5.la qualay prudentifsima,yracios is Y So do: | . A Man e e : Ece a o - ¿Vd

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