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- > - z e Y E. EVA A A A da 2 E MT o. 2 Ct == A pal - atico des dedo. pe E a a pe + . A > : ja , 2 , p . se ar ei = Ñ «e - o e a (e. 2. p-- A e e 2 e A AA e . = - aa mu _— e A E j - q E a : A E a FA la ha a PRA A Y La . a q. 18 o O a 2 A A O A - o e”< _ - ne. o ha - y y e un e 2. , A pu as “NS gol PR e ep a - — a se . pu. =- A Aé a E E RIE m > E A A A A A A TR Ro 490 ad Statutum 18.q.1. por: las pala; bras figuientes:Statutum ef? , Ly rationabi- liter e cundum Sanélos Patres ., a4;Synodo confirmatim , vt Monachus , quem Canonica electio a 1ugo ragnle Monaftice profefsionis abfolvit. , Gr Sacra. ordinatio de Monacho Ep y/copum Jactt, velut; legítimas heres pa- teznam Jibi hereditatem pofica iure vendi: candi poteftatem habeat: En las qualesppa- labrasfe exprelía claramente ¿ que tenga proprio,y dominio en ;la heredad pater- na:lo primero,porque alli le dize, que es legitimo heredero ;/ed Jiceft, quefi ad- quitiera para la Iglefia (o para el Monal+' rerio)elta le dixera legitima heredera , y no el dicho Obifpo:afsi como fe dize del” Monge,que exifte enel Monalterio : er- goKYe. Lo fegundo, porque alli fe con é cede poreftad de vendicar la herencia parerna,no para la Iglelía Áino para li: fé- bi; fed ficeff , quefino tuuiera dominios no vendicara para (1, fino para la Igleíra,, comolo confeílan los melmos contra- rios,pues dizen , que los Religiolos que carecen de dominio , non vendicant fibi,. fed Monafterio:ergo,8rc. Lo tercero, por- que el vendicar,y adquirir para Í1,es pro» rio del verdadero feñor,como contíta,e l.In em actio,f).de rei vindicat. Y lo quar- to,porque alli no fe le fuerga a que vendi que la herencia parerna > fino folofe/le dá poteftad para vendicarla , dadquirir- la,y afsi la puede renunciar > lo qual de ninguna manera pudiera hazer fino fuef fe feñor de ella:ergo,8zc. 3 Pruebalelofegundo, porque no le halla en quien pueda eltar el dominio de dicha herencia : porque efte , lo 1.no puede eftar en los pobres, porque elta es vna comunidad muy pei , y porque alias no pudiera el Obifpo Reli- giolbageuderioca, Otros 5 ylos:ni elta en e e ÓN [XÉ ed. hu cl E o ES 2 EN » h Ñ o $ 4 p ar . a ay ' LTS A A y , eb esa As MARA y 2 ; 4 e E E E Pe + Trat.6.Queft.y Sec.vnic-Difc.r: f queel Regular fe haze Obifpo,e - libertad de transferir en otro la admin! _ tración del dominio; fed fic ef? , quel la Igleliavniuerlal, pórque noay meato pata ello: ni tampoco' en lag lia particular y cuyo Obilpo: es: ¿"porql alias quando «el; 'Obifp o le cala otra Ig lefia no púdiera Hevar co : dicha herencia ,aísi como el que del M nalterio fe traslada al Obifpado, no pu de lleuar coníigo en fentencia de] | contrariosalo que adquirió en el Mont teriO; Ergo, $C. | e 4 Pruebale lo tercero, porque coj Bn la melma calidad que todos los del 1 Obifpos de cuyo numeto és,como lok "nen todoslos Doétorés del numer. 1. “otros muchós,y patetex le:pues del me mo,omnxixo , modo le le adjudica lu po cion al Obifpo regular que al leculara demas Obilpos tienen proprio , y dor nio,a lo menos en los bienes que puedi obtener por derecho natural , y cruilyx lo qual no puede auer duda , porqué e Dignidad Epifcopal no es eltado de brezayni los Obifpos hazen tal voto,Í1 lolo promefa , o. juramento de obidil cia al Papa,y de guardar Fea fu 3 como bien Soto,lib, LO. queft. 4, art.ra TOJÓC. 38 5 Prol lo 4»porque los bip ! no folo tienen dominio en los bienes! trimoniales, que fon los que adquier para [1,por herencia , donacion , uc ot modo,con quelos legos luelen adquíie para fi: y en los qual patrimoniales q fon a adquieren con fus propi el minifterios fuera delBeneficio,como lebrando,predicando,vifirando, len te di ciando, 8c. fino tambien en 1 Ye Eclefiafticos: pruebafe efto : lo A rÓ porque aísi contta del E > - a e A AAA e IA a rt A y me , pe A ¿ 6 y e z ELe » Él 3 7%, á E, e y e y A 2 , ps Pe A o. ; 5 eS i a e P A + ña y E A de . ps de e Y o AR y E Ao ¿ES 3 a y
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