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| | | | ' h A ! E PS 1480 - 22 Añado empero , que el menos dignod quién el Obifpo dio el Curato pOr concurio,que aunque ln eleccion es pula ¿pfo ¡re en el fuero externo, pero no en el interno,y por configuiente , que el- ta leguro en conciencia , y Como pollee- dor de buena Fe haze luyos los frutos del Beneficio, mientras el luez de apelacion 10 anulare la prouifion , como lo tiene con Garcia, Vgolino , y otros, Machado, vor fupr.nam, $. y la razon es, porque lo contrario fuera abrir puerta 4 muchos el- AY inquictudes:ergo,8zc, | _Relpondo lo quinto , que quan- do elelacocudo le prouec por prer- fentacion del Patron lego, le ha de dar que el prelenta,con que lea idoneo,co: lo tiene con Lambert.Bañez,Rodriguez, y Pedro de Ledefima,Garcia, que Pg cita, y ligue, p.7.C4p.16. nm. 19. y CON Pedro de Nauarra , y los dichos tiene lo mefmo: Palao, p. 2.tr.13.di/p. 2. punct. 11.$.2. nH- mer, 10.y la razon es : lo vno ; porque aísi lo quifo el inftituidor: lo otro , porque+al Trident,d.Sef/: 24. cap. 18. de reformat. le contenta Con el digno, ibi: Et non nifs ido- nems repertus fuerit ,admitti:y lo otro , por- que alsi coníta de la praxi, fin contradi cion de los Prelados: ergoáC. | 24 Peroesde advertir,que fila pre- fentacion fuere de Patron Eclefiaftico) á efte le obliga el melimo Tridentino á prelente al mas d igno , como coníta de , dicha Se//.24,cap. 18.de reformat. 25 Refpondolo [exto., que quando el Curato le prouee por refigna en fauor de otro,o permutacion , el que lo religna _ notiene obligacion de darlo al mas dig- no , y por configuiente el Obilpo podra hazer la Poli en el , con tal , que fea idoneo:aísi lo tiene con Reginaldo , Le- O onio, y Pe- Trat.s.Queft.ynic.Se e.5.Dific.r: vn Curato pequeño, y vn Beneficio ratoee , y ceder por el bien de. razon para los Electores , y Colatores 5.6 - mas dignos,no le ha de contar con. €lo dro de Aragon. Diana, p.2.1M15, € » Mifcel.ref.41. «y con Azor» Verid uarro,P alao,vbi Jupr. NUM. 11. Y clla cs | praética corriente que ay en las reli, como bienLumbier,lobre las propolie : nes condenadas de Innocencio XA pofit.47 num. 1944. pag. 1206. | 3 26 Otros cafos trae dicho Lumbi tomados del M,Sierra, en que procede mifmo,y fon:el primero,quádo los oti Elettores eftan tan fuertes por el dig contra el mas digno,que Í1 clteElcóteri e le ajufta,le vniran con los otros que al ten al indigno , y darán en el :en el qu caío e haze el negocio de la ita Y E mas digno debe por el bien de la id ceder , y calo que no quilielle, Ícriaja tionabiliter invitus. 3 a JO legundo, quando ay vacanat ple grande,debe efte daríe al menos é no,y el mas digno contentarle con el€ 1a,que monta mas que el luyo: 3 vd y! porque en la eleccion , y prouifion de l Beneficios.no le ha de EA tanto 4 : vtilidad de los cligendos, o provided di quanto a la vtilidad dela Iglefra, E 3 e > El tercero,quando. ay ley, a oel tuto,que el Curato fe ha de dara vn: o tal familia,0 de tal gremio, que aun fuera del tal gremio abia Otros mu ni hazerle Cafo de cilos para el intentooí no con los que feñalo la infticucion ; di g ley»y deltos elcoger el mejor : todasslas dichasfon doctrinas harto corrientes,C0- mo bien dicho Lumbier , y las defiende con muchos que cita,y ligue Palao en di : ; cha p.2.tr.13. difp. 2. puné, 44d y 12.) 13. | 3 | | E 98

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