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A e o P— - AA e e 2 La q es cd E e A O 0 a a.o ps Qs - 00% oil — al enel A pa y >. , pra PP ás cmo 2 = pr > » rad o e q a mm E po a dr a A ad nn e A - o Bu ZAR ca E TO EA Ae a ei e na HA sal .PY Garcia que los cita, y figue, part." 6x Trát:s.Quéft. liso Dificio br Lo mifmo rieneton Vgol1ño;$3 Barbofi" Palao,d: part.2.tr . 1 3.di bp. $ punt. 2.18 mm. 10, contra Felino , Paulo , el Cardenal;y Tomás Sanchez, hablando efte de la dif penfacion,4s. 8.de Matrim.difp.3 4. nun ” 24:y 16. y la razo n por mueltra conclur lion yes : ori el Concilio: pide dicha: examen por forma, yanula las provili 10% nes liechas de otro modo y'0 en otra for. “466 e No obítante ellosla proa comun' elti'en contrario, y iégun clia losdichos' Examinadores lolo examinan eh quanto ' ala fuficiencia ca la literatura , remitien- dole al Ordinatio en quanto al examen de las demas qualidades , O requifiros : y que bafte elfo para que la prouifión «del Dueficio le a valida slo tiene Zerola r. p. verb. Parrochia,s.z. dub. ro. y lo decidio* la Rota yin vna Ca/alen.P arrochialis 2. MIR pico OO: MAS OIM ly il tij 158 4.coram D.R obufterio,como le pues pitt or abobio 20d de ver en dicho Garcia, p.6. C4p.2,numtr. D 11 C V LT A yd A 240. aunque el dicho impugna la razon b gn 3 en que dicha decifion fe funda 110. 241. Sidelahold Mantra qhe4 Coñtilio y 14 ve ¡lum. | A ) Confiticion de Pio V ¿anulan enel fuero ex | E | teriorla pronifion de los Beneficios: que no Je | D l FICV E T A D | 7 cd Y hiziere en la forma dicha fupra dificultad 5. a la anulen tambien en el fuero interio S ¿os Esad ei obligados, noo folo p de la conciencia? 4 deponer de la idoneidad de los A) y , | | - fino tambien a declara; quales de ellos- sc D EsronDo, que es ps Jem los mas br OCIO: : 0 ¿eE - Lilsimo , que la nulidad:de 3,3 dio IR Y la dia proilion no fe cltiende al fuerd 58 EsPOND O negativamente, — interior, li en ella no huuo aloun grau con Garcia,Genuenle,y Pa- doloso engaño: :afsilo tiene ed muchos; lao que los cita,y ligue > Vhi Jupr. num. 9. Machado,tom. 2.lib.4. part.6:tr,45. docu contra Medina,Lopez, Nauarra , y Pedro 3.mum, 3 y lo: milmo deben tener otros de Ledefima: y la razon es,porque el Con-/ innumerables que citaGarcia; part.9.ca ) cilio folo les manda,queA de4 1.num.s.y7.y larazon es:porque aunque claren la idoneidad,ibi: Per acio examines dichaley del Concilio obligue en con quotcunque ab ets idonei indicat: Juerint rep ciencia a poner la dicha forma(que es fol nuncientur:donde le debe notar , quenb lo que prueban lasrazones de Garcia,q! ¡ dize:digniores,vel, magis idonei , fino folá- lleuaacerrimamente lo contrario defdl mente:idonei: ergo, Kc.” Vez €Epalso; Wielnum.8. ) con todo ello el decreto ¡tri relponde á los fundame mitos contrarios. tante que apponespor fer penal debere 1 R tringirfe,y entenderle ¿ de modo, quen : so YÍ ¡ preguntares: 5fi de dicho exaz men fe podrán elcular losnotoriamente quiera vwritar el ato en cl fuero de la con ciencia antes dela fentencia del Jueza]y dignos ? Relpondo negativamente con Lamberto , Bruno , Rebuffos, Mandofio, alsi antes de ella fe podra aceptar, y E ner licitamente el t21 Beneficio. Fufco,Flaminio Paril enfesCeñedo/Gon- Opp.dicho Garcia : toda de Ca «210, 65 .J Part.9.cap.2.nuM. 102. ta ,n0 fundada en falía peca y y e Eo pS | A . ¿1 3 el Fo

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