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De la forma requilita enla prouifion, A primera parte : lo primero, porque dicho Juramento le manda hazer a los Examinadorés eligidos en el Synodo,:mo, le debe hazer publicamente en el dicho Synodo.en que fueron eligidos (4 lo me- nos es conuéniente le haga alli fegun el melmo Garciajmum. 3 56.) porlo qual no ay necelsidad de que dicho juramento fe haga en cada examen,y concurfo fimo q baíta el juramento general hecho en di-,. choSynodo de exercer helmente el dicho oficio de Examinador , como bien dicho Garcia,num. 3 59. luego el dicho juramen- tO nO pertenece a la forma del examen (quidquid dicat GarciaJímo al reto vío de: él aísi como el juramento quehazen los luezes,y Efcriuanos , 0 Notarios de hazer: rectamente lu ob cio:ergo,8c. 53 Y lofegundo, y es confirmacion del antecedente : porque el procello he- | cho fin el juramento que deben hazer los luezes al principio de la licis, fegun la Jey Res non noma > C. de iudicibus, es valido no obítante dicha omifsion >fegun. la Glof. fobre dicha ley,Suarez,lib. 5 de legibus,ca- pit.3 2.num.3.y Palao, part. tract. 3. de le- gibus,d/p.2. punct.9.num. 5. Y la razon cs, - porque la ley que pide el tal juramento, nopor ello reltrimge la poteltad del luez, fino que le inftruye de lo que debe hazer: ergo pariter in noftro calu:ergo,$c. 54 Y que el vicio de fimonia no ha- gá nulo dicho examen,le prueba: lo pri- 2/porque dicho Texto del Tridentino ha- bla del melmo modo de la limonia come. tida antes del examen , que defpues del: luego no puede irritar ipfo inre el examen legitimamente hecho: por lo qual dize bien dicho Palao,que el precepto delTri- mero,porque efta es pena porel crimen. cometido, yafsi neceísita de lentencia de- elaratoria del crimen para que ligue:y lo. 465 dentino de hazer dicho juramento , y de no cometer Íimonia, no es reftritivo de la poteítad de los Examinadores, fino fo- lamente inftruátiuvo del modo como fe ha de exercer dicha poteltad. | 24 (DIFICULTAD yin. Silos Examinadores effán obligados 4exami- r 4 los opojitores,no folo de la ciencia; o fu- encia en la literatura , fino tambien de la vida,co/ftumbres edad Clericato,w orden, y de las demas qualidades requifitas para el q Beneficio? | '» * DAN 55 EsronDo afirmativamen- te con Garcia , y Ledeíma á quien cita, part. 9. cap. x; num. 105. y CON -Barbol,Riccio,Gongalez , y Palao que los cita,y ligue, part.2.tr.13.di/p.3 $. 4. num. 8.y le prueba:lo vno,porque aísi fe ha de- cidido muchas vezes por la Saxrada Con- | gregacion,y la Rota,cuyas declaraciones, | y decifiones trae dicho Garcia part.6.c4. |pit.2.4 num.236. | | 2.56. Ylootro: porque alsi le infiere del Tridentino en dicha Se 24. cap. 18. de reformat. donde hablando con dichos Examinadores dize lo que le figue: Per acto deinde examine renuncientur,quotcunque ab his idonei indicati fuerint etate ,moribusy doétrina prudentia, 7 alijs rebus ad vacan- tem Ecclefiam guuernandam opportunis : ex hifqueEpi/copus eum eligat,quem cateris ma- gis idoneum indicanerit. Sed Jicef? , que efta relacion fupone el que los Examinadores han de tener conocimiento de las dichas qualidades,lo qual no puede hazerfe lin que hagan examen dellas,como de la cié= cia,O fuficiencia en quanto a la literatura, vt ex fe patetsy del melmo modo le man- da hazer relacion de aquellas ,que defta, vi patet ex diclotextiergosÓc.. As e « Eh a - sa -p = e ná o e pm. e. d q is e A as: ip". | ge E . ' ve a EN E hs e $ A 2 y 4 A de ES he

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