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Dela formarequificaen la prouifion do aquellos á:quien toca la prouifion no proucenlos Beneficios vacos dentro del tiempo feñalado,y prefixo, le ha de hazer la devolucion gradatim a los Superiores, como lo tienen losDoctores fobre dichos Textos,Garc.con Corrali0,Caldas Perei- 12,y ÁZOrSp.10.cap.3.1um. 1. y Palao con OtrOs, po2.tr.13.difp.2. puncl.24. M1. Y 2 con todo eflo,Filucio ,tom.3.tr, 41. c4p.2. ».12.y Machado,tom.2. lib. 4. P.6..tr.15. doc,1.n.3.dizen , que en tal calo por dere- cho devoluto pertenece al Pontifice la | prouifion fino es quando fe ofrecielle al- guna julta caufa,o impedimento, de he- cho,o de derecho, que obligafíeal Obil-= poa diferir lu pronifion, como lo advier- te Machado,y confta de lo dicho lupr.di- ficuliad 2.5.1 por lamefmarazón. 13 Advierto empero , que aunque comunmente afirman los Doétores, que Jo dicho tiene lugar,no Íolo en los:Bene- - ficiosfimples , y que no tienen cuidado dealmas, fino tambien en los Cutatos: con todo cflo, en eltos la coltumbre tie- ne introducido lo contrario, comolo di- y Hugolino , a quienes cita , y Íigue; y la 9 Nx ' . e UR 7 os o razon que dan para juftificar la dicha cof rumbre,es: porque fuera impolsible pro= veerte en concur[o, y como lo dilpone el. ze dicho Machado , con Garcia, Gon Tridentino. Se/]. 2.4. cap.:18. de reformat. li por derecho devoluto los huuicíle de prouecr el Pontifice. E 14 - Adviertolo fegundo , quelo di- chonotiene lugar en los Beneficios re- - fignados por caufa de permutacion ,co-, mo lo tiene con Selva , Gambara , Fede= rico de Senis , Corraíio, Zerola , Ázor, y. Otros, Garcia, part, 10, CAP. 4MUMEN o 2. Fe y figuientes. Y lo mifmotiene con Ke- bufo,Caftro Palao , part. 2. tract. 13. dif- pnt.3. puncl.5 num.6.y la razon esporque 5" 2% Pl a 2 PAS o AE E a M2 te RI ' E 3 4 S e EA 3 AAN > e Y E ES '>a y : % a : , $ Pu -0 E va E e ; . AS a LA E y fin e a s % ha. st: id LE e e AE A. A ia Sd e Ae de 4 SS Ne b ¿Es O, A 8 só A SS A A E o y para la colacion de dichos ne ela delignado por derecho el tiempo de los leis mefes,a caula de ler elta colacion obligatoria,y no libre , y eftar el femeftre determinado folamente para los Colato- res que prouecn libremente, E 15 Ni tampoco tiene lugar lo di= cho enlos Beneficios del derecho de Pa- trgnaro,cuya inftirucion no tiene preÉ- xo|termino por el derecho: y la razon es la melma,porque la ral infticucion , no es libresmo necellaria,y obligatoria: afsi lo tienen la Rora )decil. 4. de iure Parrona= in nouil.Garcia con muchos, vhi fupá, MUI. 1 y Palao citado,num.8. | En 16 Y11preguntares,porque cauía el derecho determino el tiempoa la proni- lion voluntaria , y noá la prouifion ne= cellaria? EN ¡A 7 Relp.que la cauía es:porque para la 'prouifion neceflaria puede4er compelido el Obitpo por el Argobilpo , Legado,9 - Nuncio,pero no para la prouilion volun- 1 ria. Veafe Garcia,delde el num.s. hafta 9y Palao,dit.num.8. 04 e DIRLCULT AD. ¿Mbs ió Si el Obifpo puede hazer eleccion de Exami nadores Synodales para la promifion dedos Curatos? ÓN 18 “Vr? oNGo,que el Concil. Trid. S Sej) .24.c0p.18.de reform. para el buenacierto en la prouitioa de los Be- neficios Curados difpulo,que losObifpos en el Synodo Diocelano nombrallen to- dos losaños,a lo menos feis Exa minado- ressdoétos,y de toda fárisfacion ¿para que juntamente con ellos examinen a todos los que e opulicrena los. Beneficios Cu- rados,de modo ¿que por lo menos fe has len tres con elObifpo,los que el eligiere, para hazer el dicho exámen.. Ada: Q3 e Y Mi o 7 e A AA MES e a e . ve ¿ae e aa a E E MAA e >. e a >

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