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e pue A A Pa á t mo 3 e » E 452 Trat.s.Quelt.vnic.Sec.3.Dific.9: 1 lasleyes,o eftatutos del Diocefano, ni el- 97. Kelpondo lo tercero; que eftans te puede caltiyar a los delinquentes que do <entro de fu Dioceí1 , como lo cha reíiden allisy afsi para la gouernacion fe quando cfta en cl lugar exempro, que di han de reputar del mefmo modo que 11 ta dentro deella”, facilmente podrá gos ik eftuuieran fuera de la Diocefi, comolo uernar,yatenderal govierno de us ouciH tienen Felino,Rolando , y LudouicoGo- jas,pues quando le ofrezca el calo,en dos. mez; fed fic eff que aa para laalter- credos puede lalirie de dicho lugar exép: E nativa le pide la relidencia en la Diocefi, to,para exercer lu jurildicion quando, ye para que el Obifpo como Paftor alsiltaa comoconuenga. a done jas,y las gouierne con efltatutos, y »8 Aqueleañade , que de lo con: + trarie fe figuiera,que fi el Obifpo fuefed 95 Porque le refponde lo primero, yn Conuento de Religiofos: dentro defi 1 que la regla no pide para la alternariua Obifpado,á oir Millaya palearíz dla huer: amas que a relidencia en el Obilpadosy ta,04 vilitar al Prelado, y en aquel ines que la ral alternativa esfauorable,y al có- rin vacalle yn Beneficio,que el tal Benes trario odiola la relidencia que pide, y alsi" ficio fuelle relervado por ella caula;y que fe debe ampliar aquella,y rettringir elta,y' dicho Obifpo no pudiefle proneerle p > orconfiguiente baftara para gozar de hallarle al punto de lu vacacion en lugar la alternativa , que le verió que la.condi-" €xempto, y delde el qual no puede exer: cion que pide legun el Gramatical fenti- cer fu jurifdicion,ézc. lo qual tiene fuer? do de las palabras con que la pide... ga>yfe figue en la fentencia de dicho 96 Relpondololegundo , que file Autores,que noadmiten parvidad en ef huuiefle de atender , noa4lo gramarical” ta materia de relidencia 5/ed fic e/? que de las palabras,finoa la razon,por la qual dezir efto parece rigor, y reltringir la ale pide dicha regla la relidencia,que es para ternatiua antes que ampliarla , liendo f4 que el Obifpo alsifta , y gouierne afus uor,y gracia;y por el contrario fe amplias ouejas con eftatutos, y leyes ,exerciendo riala relidencia que pide ; fiendo odiofla fu poteftad,y jurifdicion,fe figuiera con-/ y por efla caula reltringible : ¿mo , parece HG h y A ; A AMA Es t e E TUNE 3 o » e Ñ DA E 1) Ñ leyes:ergo,Sc. tra dichos Autores , que el Obilpo mali+ fer contra la liberalidad del Sumo Pontis ciofamente impedido de entrar en [ú fice,que concede dicha gracia , y la con' Dioceli , pudiefle cozar de la alternati cede en gratificación , y mas quando la defde el lugar feguro , y masvezinoá lu melma regla pone dicha condicion cof Dioceí1 ; pues en dicho cafo puede en di- palabras , en lasquales cabe muy bies cho lugar exercer los Por ¡fical lo nueftrocalo,como confta de aque= lo perteneciente 8 fu jurifdicion.fegun lo . Dasguamdiz apud,cociomas Clement. 1.de foro competent. lo qual no ad= 0 yezes ponderadas: 4 miten dichos Garcia,y Palao,como fe di- Sd O: A xo arriba dificult. 8. luego porque para e o E - gozar de la alrernatiua,mas le ha de aten- A der ala refidencia qual: material, queda (0 M8k(0) ' a razon de la dicha refidencia : ergo, 17 AO il e de EEN ;

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