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445 genda: porque es grauamen ageno del «derecho comunsy al contrario el Bench- cio del Principe fe ha de interpretar la- cifsimamente contra el concedénte: ades más,que en la melma-regla 8. ay funda- 'mento:en la propolicion apud para no re- putar por aufente al que lc aparta poco, y por poco tiempo de fu Diocef1, y por có- tiguiente para que no leimpida la dicha breue diftancia,0aulencia, el gozar de la alternatiua + y en la diccion quandix nos dá baltantemente a entender que qual- quiera hora que relida de dicho mes, es baítante para que en ella goze de la dicha alternativa , y pueda proucer los Benefi- cios que vacaren en ella : y alsien la mef- maregla 3. ay fundamento para que fea verdadero el antecedente, y falla la con- lequencid.: 2 Jm / 75: Opp .3.de aqui le Íigiviria, queíi el Obifpo acepralle la alternativa en Roma el legundo dia de Febrero, 0al principio de qualquiera otro fmes alternado,que go zalle en el dicho mes defpues de la dicha aceptacion de la dicha alternatiua enlos Beneficios que vacaflen en el tal mes, lo qual esablurdo,y es contra lo que comú- mente fienten los Curiales de Roma: er- go,8c.Refpondo concediendo la confe- quencia,y negando que fea ablurdo , de quoin fequenti difcultate. DIFICVLTAD. Vi. | Siel Obi/po gozará dela alternatina aceptada enel mes de Febrero , 0.en otro. qualquiera: de «Los alternados defde el punto que la tal “aceptacion es reconocida en Roma? oo | Esponbo afirmativamente: aísilo tienen Gongal.Glo/.5 5. Garc.5.p.cap.1.4n.694. Xn. ,698.in fine, Mando(l.Confil. «8.in princip. y fubn. 3.ad |JmnemPalao part. 2.trach 13. difp. 2.punét. 72 JE, e ES, , +» Trat.5.Queít vnic.Sec.3.Dific.7. Jupra diéta:(Que cola mas clarazergo, 8 22.$.2.numers7.y Otros,y le prueba. 73 Lo r.porque deíde el punto del. e conocimiento de la dicha aceptación. l; concede dichá gracia ¿ como conftá ex preflamente de lá meíma regla 8.1bi:4 1 Vero qui gratiám alternatina pradióte accep: dare voluerint, acceptationem huifmodi. perdi patentes litteras manu propria Jubjignat a Juoque: figillo munitas , in fuaqu/que Q vitate vel Diecefi datas declardre, U littera ip/as huc adDataríú Sáótitatis fue tran/mita tere teneatursquibus ab.eo receptis, (7 recoga nitis,thc demú,C nd antea Vti incipiát grati 74 Lo 2.porque alsi coníta in praxi di lo fucedido en el Obif pado de Leó el aña de 1594.donde aconteció , que el Obilpt ácepto efectualiter la alternativa en 5. di Febreto,o por mejor dezir , le reconoci en Romá la tal aceptacion en dicho diay auiéendo yacádo a los 10.de dicho mes vi Canonicato,le proucyo el Obifpo, y la ta prouilión fue tolerada por laSantidad de Papa Clemente VIIL.y lu Santidad proue: yo etro,que vaco el figuiente mes de Ma goyaunque algunos Curiales precendie Ó que el dicho primero Canonicato. perte necia a la prouilion de. fu Santidad pol auerfe aceptado la alternativa entrado y el mes de Febrero , como todo. lo refer Garcia,Vbi Jupramum.694.ergo bc. 75. Y lotercero ; porque en elto€ igual el partido , yalsi no ay ablurdo el ello: pues como dize Gongal,vbi lupr. (14 Obifpo aceptare la alternaciua eficQua liter, id efi , con reconocimiento, el rá mer dia del mes.de Marco , aunquení aya podido proueer en los meles de Ene: ro,y Febrero,por razon de la releryacion de nueltra regla,quedara tambien imped: do de proucer en el mefmo mes de Margo porq cítáte la dicha acepració,dicho me $ ES +8 O y A ES q Ta > >. ANA 3

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