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a Ed > d+ q : , A s pr 5 oros 4 cipio de ambos derechos , lndicis arbitrio relmquitur quod in ¡ure definitum non eft , ex capic.De-caufis,s.1 «de offic. deleg. leg. 1. ff.de iure deliber. leg. /n venditiones ft. de bonis authorit. iud. pol. y de otras : y lo tienen Corraíio, lib. 4. Mifcel. cap. 12.4 mum. $. luan Pedro Moneda) tract. de —diftrib.quotid, p. 3. q. 10.cOh Otros mu- - num.75.y Gauantoyin Enchirid,Epilcop. A “elpiricual:ergo,Sic. sign Y lo quarto, porque asi confta Chos:ergos8c. | 108 Lo fegundo, porque afsilo de- termino la Sagrada: Congregación de Cardenales el año mil teilcientos y quin- 2e,errcatorze de Abril,como lo teltifican Barbola,de iure Pontificioslib.r; Cap. Er. verb.Forum Epicopale.nums36. 109 Lorercero,porque 11 qualquie- ra feñor temporal puede tener en lus tier ras los Miniftros que quifiere , y juzgare ler conuenientes para exercer eetamente como debe la jurifdicion temporal" lue- “go lo melmo le debera dezir pariformiters. * 0 luez - Y porla me[ma razon del Prelado, y LLO de la coltumbre;/ed fc eft,que elta tiene fuerga igual que la ley , ex cap. Confuetudo 1.dift.cap. Fin extra,de confuetnd. |. De qui- bus, fp.de legib.5.Ex non Jcripto, l. 2. C. que fit longa comfuetudo,y de Otras: y puede lo que la preleripcion:, fegun el Cardenal Tufcho,tom.2.lit.C. conclul. 309. ergo, Sc. ” ea == pur. Por lo dicho,puessdixo el Gar- Ne denal Bertrando:que afsi arénca la razon; como atento el derecho, y la coftambre, : puede qualquiera Prelado tener en qual- - quiera parte de fu Dioceí los Oficiales, y otras perlonas que fueren neceflarias pa- - Dedospriuileglos delos Obifpos. minado en derecho el numero de Minil- ros que deban tener: luego elo queda al arbitrio delos Obifpos , pueslegun prin- A Ñ > ra excrcer la jurifdicion Ecleliditica. Y Venero dize,que el numero de los dichos nofe le podra limitar á los Obiípos. el luez fécular,aunque lea Virtey : y Diana lu eftiende adhuc a los Principes fecula= res,y la razon es:porque ninguh Juez fe- cular,aunque lea Vitrey , puede conocer dela caufa Ecleliaftica del Obilpo, d lu Vicario sy lilo hizielle , incurriria en la defcomunion puefta por el derechósbien VA dad,que podra hazer 4fe reforme el tal numero,(1 fuere excefsiuo,reprelen- tando los inconuenientes, y daños: Veale Diana citado, | Ea 4 “112 Y que dichos Miniftros dela Curia Epifcopal gozen del privilegio del fuero y adhuc en los delitós que cometie- ren extra officium,conítara de la figufente dificultad. A 9-19) 1) wo DIFICULTAD. XVlLo.., 0 Si toda la Fanglia Jecular del Obifpo gore del primilegio del fuero Ecle- JAP OST AI ZU EsroNboafitmativamen. | te : alsi lo tienen Tuan An- dreas, hotticnle , Butrio ,Pañormitano,: Antonio de Marinis, Alzedo,Barbola,Ga' uanto , Hermanno Stamm. Squilante, Gratiano,Riccio.Madio,Campanila,Leó, Zerola,Narboná,Zenedo,Mattha, Selio, y otros muchos,que citan,y diguen Diam part.1.tr.2.ref.98 .p.3xtr. 1.10).12. P:4.tró 1 rel. 30. Y) ps tr. 1.r6/(2.J 25 ] Bonacinay in Bulla Caen. di/p.1.G. 16. P. 3. 14,7. y 113 Machad.tom.2.lib.4. ps6.tr.2. doc. 5. núms 6.y le prueba:lo vne , porque alsi confta, ex cap.Fin.de offic.Archidiacont : y lo otro, porque aísi lo ha po la Sagrada ' Congregacion de Carde D 5 el . Ps e y y - - Ey É GE CN + E pe 47 5 E A A LE 5 ha de Er - 405, AURA A E => > y o 5 MD - 3 y e. un GU e A gar: ME e. ros TA Y dl o AE ; > Y PM £4 : He Er bo ? » e "mu? ., E e 4 - e, E p y , a LAR, bo A AP. A á k y” AS : ; A p $ - Es Su : '4 3 ES q ; Y Pa - ae o E E, an qe, 3 , E 7 E e l: dy ; e e: "« ai ad ly e La
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