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Delasobligaciones de lós Obifpos, Ec: y Lagmamapud Dianam, part. 3.tr.6.rel. 36,y p.4..r.4.celol. 1 43-CONLLA OTLOS QUE cita,y ligue dicho Diana. ds ap prueba: lo primero,porque note hallara Canon en que fe prohiba -Jodicho :lofegundo , porque tampoco dicho Concilioprohibe alos Obifpos el vlo.de] Pontibical, lino el exercicio del, o él vío junto con algun exercicio Epiico- pal, como contagrar , crilmar , ordenar, desradar,y femejuntes: ¡mo , no fe hallara parte alguna en que le prohiba el fimple vío de los Pontificales,feparado del exer- cicio hienificaciuo de fuperioridad > y ju- rifdicion en el Pueblo, o perfonas con quien,o donde le :wlas fed fic: eft+,que lo que no fe halla prohibido por ley es ¿p/o le juzga permitido en ambos derechos, - cap.Omnes:S% ibi Glof. 3.dift.cap.1.de tráf Jar. Prelar. vbi Glof. verb. Non inuenitur, cap.Nuper 1 9.verl. In fecundocap.Cum il- lorm 3 2.werf.1.de lentent, excommun.]. Necnon 28.polt principium,ibi: Sed fr lex - non prohibeat,8c $:Cum eis,cum Glof.verb. ProbibeantX.ex quib ,cauf.maior.l.1.ff.de telt:ib.l.Mutus, s.Quaritursfk. de procurar. y de otras,y es lentir comuniísimo de los Doétores:ergo,$c. | 43. Lortercero, porque en calo de duda fe debe hazer tal interpretacion, que eladto fe juzgue permitido quando exprefiamente no le halla prohibido, co- mo lo tienen Ancharr. Co/. 344. Meno- chio,de prelumpr.lib.6.q. 16. mum.2. Ce- .uallos,cómun.contra cómun.queft. 227. Aymon,Conf 203.num. 2.l:b.1.Malcardo; de probat.d1b. E concli) . 1237. MUMer.. 2. y otros; /ed. fic efh 5 que en nucítro caloa lo fumo pudiera eftar en duda lo dicho, de fi eltaprohubido,9 no por dicho Texto del Trident:ergo,8c. 49 Dixeza lo fumo : p rque del ef mo € oncilio contta Rd cha: Sef.6.cap.5.que habla (olo del excter cio Pontifical, y nó del vío , deludo dels ibi: Nulli Epycopoliceat... Pontificalia ix alterins Diecefiexerceremifi de Ordinarijlo- cl expref]a licentia Cin. perfonas cidem Oy= dinario fubieótas tGtum; Ji focus factumfuez rie... ficordinati ab executióne ordinum , fino ipfo iure Jufpenfi: $ Donde fe deben pon derat aquel EXCrCere, y aquel: iy perfonas eidem Ordinario fubicétas:y aquel: fc oy2 dinatt:que todas las dichas,y ariotadas 2= dabrasarguyen cuidentemente lo die o vuex ¡plis pater:ergojóze. y | $0 Y lo:quarto 3 porque Diana en el lugar citado no trae fundámento alguiio que lo valga para apartarle de dichá co=. mun fentencia,como le verá re fpondien= do ellos,como ya lo hago:ergo,8ec. 51. Dizelo primero , que Barbofas Cochier , y Riccio fon de fentir ; que el Obiípo no puede víar de la Mitra en lu- gar exempro,Íino que fea combidado: er- ZO) XC, TL | dl $2. Relpondo lo ptiméero , que corí= tra dichos Doctores ella la comun len= tencia,pues lo eltan todos los ci tados por | - nueltra relolucion,y contra los dichos 3 3 Do%ores haze todo lo alezado arriba, y los dichos no traca fundamentoq prue be algo contra nueftra fentencia. 53 Relpondo loz. que es verdad,que el Obilpo no puede víar de la Mitra fuera de lu Obifpado, quando la tal,ó el vío de ellaesfenal de luperioridad,y oficio;pero -£1 podra víar de ella quando es ornamen= to Íolo,como lo feria en dicho calo. - 54 Dize lo fegundo: el Obilpono puede víar del Baculo Paítoral en agena Diocefi,como coníta del Ceremonial de los Obifpos»lib. 1.cap.17.donde fe dize lo que fe 1gue:E /titur ergoEpi/copms Baculo. l ] A | Ñ 1 un . 0 E e P | 50 FRA Al ¿SN , ed ie 4 $ E y hix! 7 A pa " - $ 0me ó - TIPA + Ha AE DEPARA ATA DOI A E

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