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ER HITA e. ELA conflayex cap.1.Gexcap.Prelatorum, qui filij fam legitimi 7 excap, De prudenria, de donat. inter vimum , 5 Vxorem : y lo tie- ¿nen algunos Doctores, que cita Barbola, 0 de potelt. Epilcop. 3: part. allegar. 84. 2 - n.28y Otros muchos que citamos en la A -q.7:4,138. y 139.dc immunitar. Ecclef. 61 Relpondo lo tercero , que los. 'Obifpos tienen tambien jurifdicion lo- brelos leglares en las caulas de caridad,y piedad: lo vnosporque aísi contta,ex cap. 10 2.d1/1,87.cap. Super quibufdam,in fin. telt.Eccl.fuperLavcos,Bald.Paul.lalon,y Azor, G los cita,y Iigue,vbi lup.y lo otro, porque ellos oficios de caridad , y piedad Jon proprios del munere Epifcopal,y aísi yeform.cap.8 «donde fe dize,queel Obilpo es executor de rodas las difpoliciones pias; aísi de los que mueren,como de los MGUE viuensergoBrc. 00 61 Deaquife ligue, que las caulas Tobrelos alimentos ledeben tratar ante el Obifpo,ú otros luezesEcleliafticos,aú- Ñ que las intenten entre Íi | perlonas fegla- fesicomo lo tienen Gracian. dilcept, tor. -cap.60.1.3:Gutier pradt.lib.1.q.44.Bar- bola l.1.p.4.1n.8 2.£.folut. Matrim.y co - iuhmente,y la tazon de lo dicho es:por- - quefegun laley Mella,s. 1.£t. de aliment, —legar.Caufa alimentorá dicitur pid: erg.8ec. 63 Siguele lo 2. que en tiempo de E - graues necelsidades puede compeler el Obifpo á los feculares ricosa que den li- mofnaa los pobres; y obligar ton cenfu- ras en tiempu de careltia á que vendan por jufto preciolos marrenimientos quié sE lostuuiere,porque no perezcan de ham- -brelos pobres;(1ic Barb.cum multis,de po + kelt.Epilcop.alleg.82.num.5- 8 8. Man- $e pe Má e. A RE PE a y de verb. fignificat.y lo tienen Autr. de po- fe inficresex Clem. 1.de teftam.S. Si quis am= tem pro redemptione,y del Trid. Sef] 22.de Ne 325 tica,de ambig-lib.4.cit, 4: num: ¿3, y có- munmente todos, a 64 Imo,en todo tiempo puede obligat 2 q no vendan mas caró3 los alimentos 3 los peregrinos,y foralteros ¿ G 1 los veziz nos,y que a eltos no le les vendi á ias de el juíto precio,c4p, 1,de empé: 7 vendit. £$ ibi Innoc.S Bald. il. y .C.dcEpilc.audié tí Azorstom, 2.lib,3,cap.53.. 65 Siguelelo 3.que podrá el Obifpa; aunque no fea en tiempo de vilita obli: gar a los Adminiltradores de los Holpira les,Cofradias, y otras obras plas,a que dé cuentas,y razon de lu adminiltracion,ex cap.Indicatum, ibi Glof.in verb, Alij dicít 39.difh.5 ex Trid.Sof .2.2.de rf orm.cap.9. (ex alijstnribus : y podran compelerles con cenfuras, y todo rigor de derecho 4 ello.fegun Menock.de arbitr. cáf.209. hz 21 iDicón muchos, de potelt.Epilcop: alleg.82.n.33.y la razon es, porque alias fuerá fruftranea la vifita del Obifpo, fino tuuieíle autoridad para compelerá lu exetucion. | | 66' Siguele lo 4.que los pupi los; huer- fanos,las viudasy los pobres,y las demás perlonas que el derecho Háma miferables pueden conuenir a fis contrarios en las caulas civiles en el Tribunal del Obifpo, aunque ellos fean legláres ex cap. Shper qitibuflans,de verb. figufi-át.cap. Si quis, de potentibus 21.cap.Si quis Romipetaf.cap. Ibi qui 25.9.3.y lotienen Panorm. Butr.Ga- briel Alvar.Scaciá,Bartul.Imol.Gemin.y otros q citasy figue Dian.p, 4.tr . 1.tel. 90. 67 Notan empero dichos DD. que Íi el pupilo,y la viuda fueren ricos, queno vozarán del privilegio de tráer los lecu- laresal Tribunal Ecclelialtico:V ide diétum Dianam. A 68 Siguelelo$.a fortiori,que perte- necen al Tribunal del Obiflpo todas las Ec E « o ó a , he nl a, - o A a a A > a e '

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