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ma probañca contra ely de otra fuerte (e- riainjoriola la citacion , y la confefsion que le le tomalie,como lo tienen Pitigia- no»initio. 3 .fublt,cap, r.Philipo deBidtis, q-78 num. 2. Farinacio,quett. 1,.num,48. Bordon,tom. 5.en lu Praética , cap. 65.q. 16.num. 24. Paz en lu Praética , tom. 1. part.5.cap.3.5.4.num .2.Salzedo en lafu- ya,cap.1 18.y comunmente todos losDD. fed fic ct, que llamar el Obilpo a todos los Curas ( Salguno dellos ) para exami- narlos,es citarlos a fu Tribunal para to- marlos la confelsion juridica ( per examiz nationéem)de l1 han delinquido,o no en ol- vidar lo que tienen obligacion a faber debaxo de pecado graue > y efto para qui- - tarlesel Beneficiof1 huuteren delinqui- do,y caftigarlos dicha ignorancia, y cul- - pa con ella pena,y.con la confulion,y del. - credito de dicha depolicion, como conf= ta de la doctrina de los contrarios vbi fm=- prá enel legundo fupuefto:luego lerá ne- cellaria la depoficion de vn teltigo ma- yor de toda excepcion, que deponga,que tal Parroco no eftudia palabra , no fabe fus obligaciones , que haze yerros en lu oficio,8%c.o á lo menos infamia, o rumor de lo dicho,que hazen vezes de aculador contra dicho Parrocoslos quales , aunque es verdad que en otros delitos folo abrie= ran puertaal luez para la inquificion ele pecial,pero en eltedán derecho al Obit- po para que pueda llamara dicho Parro= coa Lu Tribunal,y tomarle la confelsion juridica médiante el examen de la dicha ignorancia (O defecto moral , graueen ellos)como bien dizen dichos Sanchez,y Diana citados:ergo, Sc, 0000 E 76 Lootro; porque aunque el lla- - marátodoslosParrocos(o alguno dellos) 3 nuevo examen abloluramensge hablan» do foremocrcadoaporlad del Mi e Trat.2.Quelt.3 .Sec:3.Difc .13: te hablando: 1d fimpliciter dicimur non p fesquelicito,facere non pofJumus:como cál ' TUAJER L Nepos Proculo, ft. de verb, "mm . car.Surdo, Coní. 20 3. NUM. 14. Efte | a - num. 3 1.y otros muchos. - TOS que lo reputan por in juria, y por ir E | cias de quedar delayrado,e infamado wu Ori / AUN po , con todo ello no debe víar de dich poteftad en infamia de algunos dellos,, lin razonable caufa, delo qual ferefier que ay vna declaracion,num,$64.en Y veneralmente fe dize: Semel promotuma Epifcopo non pojJe iterum ad examen voca 6.in fine:ergo,étc. 77 Dixe forte Suarez,de pomnitent.difp.2 8 .[cér. 8. nun AT 8 porque abíolu ta men sn lignib Graciano,dilcepr.forení.tom.5.cap.891 78 Lo OLTro: porque el llamar g 1 ralmente acxamen nueúo todos los Cu ras,no le puede hazer fin inquietud e el A El - é 7 £ foportable penalidad( y mastrayendo co mo trae de fuyo el examen las contingen» el mas fuficiente, 9 por turbacion, 9. OE: quizás preguntarle,materia que noteng pronta defadto,o porque losExaminade res por bachillerear , otros fines tiren deslucirlos con gancadillas, o meraphil cas no neceflarias)y alsi vemos, que nun cale intenta dicha noucdad , que no) ginen grandeslitigios de ella,como: vio eftos años pafíados en el Obifpadod Pamplona.en Nauarra » donde 08 pleyto muy reñido entre el Obifpo,y le Curas de fu Diocef1s,en que le galto muét chotiempo , y confumió mucho diner con Procuradores de vna, y otra parte eN la Curia Romana » en que huuo diucrlas! fentencias.fi bien no se por quien quedi la vlrimas fed fac ef?) que los pleycoslol dañotos ¿la Republica: y mucho masála Eclefrafrica ) QUE ex eis ledicur ,exl Si de E ¡UI

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