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ES e e E 20 ; ni E se ARO a ee e e ho: : ; E ] 7 an e , ae A e E - ciasnum.3 8. pero en el interin pendiente d ,.,] 2 apelacion,no podra auf entarle , ad/mc =D dexando Vicario , quidquid dicant. Don Juan Ocon,y el Licenciado Antonio Go- mez,pues en el intérin no tiene licéncia, A E 3 E E A y MMM. 3 9- 0 DIFICVLTAD Vil. SS cd La Sres netejJario que la dicha licencia fea in feriptis,o baftara que fea Ort tenus? 235 EsPóNDO, que Bonaciná, | _tom.1. de Benef. difp. 5. P. 5. num. 17.con Sanchez , y Nauarro , dizé, que es neceflario que [ca in /criptis , y que estan neceflaria la efcritura,que lin ellas aunque tenga licencia , y cauía juíta no haralosfrutos luyos , y lo mefmo tiene -Palao, part.2.tr.12.di/p. :5: p.5.num.8 «y la razon que da es: Quia pro forma licentia in o feriptis expoftulatur a T ridentino. | 36 Noobftante ello tengoloeon- - 'trario por muy probable con Lelsio ; de —dufelib.2.cap.3 4.dub.29.n4M.158, y Otros y Dodétores:y la razon es ¿ porque la dicha folénidad no parece pertenece a la fubl- tancia de la concefsion, ni es para el fué- ro inzerno,fino folo para el externo, y al- li el que con caufa jufta ; y licencia le au- fentaile,aunque efta no fuelle in feriptis, no por ello perderia los frutos en con. ciencia: Veafe lo que in fimili que- da dicho, /kp». T rat. 2. Quef?. 2.DIf. 1 2.n0m, 75. De | OS Cur ds. comolo requieré el Tridentino , Garciay DIFICULTAD IX. Si el Obifpo af3i como púede ocúpar dos Canó- nigos que le ayuden ,ex cap. Vltim. de Cleric. non refidentib. podrá tambien valey/? de dos Curas para el mifmo efecto >Vel quod idens eft, Si podrá ocupar vnoso dos Parrócos en Já Jervicio;v. y. en oficio de ProwiJor, o de Vica= rio 0 de Fi/cal,o de Rector, para que cuide de el Seminario, 6 en otro Jervicio de fa Diocef1 , vltra bime- fire: 37 | EsPoNDO, que en efta dis "Y ficultad ) Sylveltro , verb: Re/identia,numer.7.Hojedá,de incompa- tib.Benefic:capit.17. numer. 29. cal. 8.y 2.part,capit. 10.numer. 15. y Otros, apud Machad.tom.2.1ib.4.parc.6.cr.9.docum: 2.numer. 3:juzgan que (1 : y lo prueban: lo primero,ex cap: Ad Audientiam , cap. De caterosde Cleric.non refidentib. los qua- lesTextos dizen fe han de entender,aun: que no lean Canonigos,y aunque tengan Cura de almas,y eltolo prueban , ex cap: Iubemus,de cófecrat:dilk. 1.8 ex cap.Cum Pajtoris 2.queít. 7. y lo lezuñido , de vna declaracion que trae García,num. 45.de la Sacra Congregación del Concil io ¿que . dize podra el Obilpo valerfe del Parroca por quatro mefes para que vilite fu Obifo pado:ergo,éc. 38 - Y lo'otro , potque dexanido Vi- cario idóneo conocido; y aprobado pot tal por elOrdinario parece le ocurre baf- rancemente a la neceísidad de la Ialeía, paraque en dicha aulencia no padezca detrimento,lo qual junto con la vrilidad comun del Obilpado parece caufa jufta ra que el Obifpo pueda valetle de yno, 6 dos Curas para dichos minilterios, prin Cc cl» Ñ o - e E” $ á AAA Ae E Mm 18 4 ”á si rió ¡€ 15 Es sl cias - ml A Ponen mia E e Dd tt de A ES < E . - a 7 A a,

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