BCCPAM000508-1-09000000000000

Goncilium Trident.7 quartum vigore littera- ram,S.mem.Pi Y. abefje licet,wrc. q Aun- que fea dada en calo particular,debe tam- bien a44u modo comprehender, y eften- derle a todos los Ubifpos , y cafos en que militen las mefmas legitimas caulas, y la meÍma,o mayor razon:lo vno,porqueal- Í1fe inheresex l. 1. f.de offic. Prafect. Pra- tor.ibi: Extarentque exépla:y lo otro: por- que donde no (e puede dar difparidadal- vuna,ni dinerfidad de razon , no fe debe dar diuerfidad de juizio,o difpolicion,ex. l.3. ff.de iniuft.ruptor.irritaque Fué teftam. d4T tio 108. ff. de verb. obligat. y es co- mun:los demás Obifpos tienen el melmo derecho,y obligacion fobre lus fubditos, y Canon1gos en orden ala relidencia y pueden concurrir en ellos las melmas, y mas vrgentes cauías , que en los Canoni- gos del O bilpado Caurienfe,que pidan,y necelsiten que les licencie el Obilpo 4d breue tempus , del fervicio de la Igletía,y que les de facultad para que pufsint ab ef Je per quatuor vel quingue menfes in vho an- noyvel altero,vt ex fe efhmanifeftum : ergo, Rei ] A | 58 - Por lo qual tienen expreflamen- te nueftra opinion , demas de Zerola , y Cechio,vbi fupr.Comitolo,refponÍ. mo- ral.lib.1.q.59.num.2. Armendar. inad+ ditionibus ad recopilar: legum Náuarrz, lib.z.tit.23.num.124. Barbof; de poteft. | Epifcop.alleg.53.numir3: Palaos de hol - ris Canonic.com.2.difp.3.pundt: 9:$.10. num:3.Machad.tom.2.lib.4. part.6.tr:8. doc.3.num.3.el qual dize afsi : 4 Muchos Autores lo niegan, pero otros muchos af man, que puede el Obi/po en tal cafosconftandole de la jufiificacion de la caufa,dar licencia alPres bendado por quatro mefes y vlera de los tres. que el C oucilio le concede y en todos los quales gane como prefente.Y en fauor de efta opinion Ñ . 70 $e y e A A -, «e ] Le E Y PE ¿43 Ps ds 17 Vd 3 iS : e Pr a Ay : e ; id e E sa 7 Trat.2 .Queft:3.Sec.1.Dific .3. Jed fic eft5 que Li eltuuiera prefente au trae B arbofa vna declaracion de los Arde ná les, que refiere -Armendario : 4 Halta aquí Machado;y cita ¿ Comicolo ,Armendas rio,y Barbofa. 2 o AS vd 59 > Diras,que Palao folo dize,queél tal Prebendado p r fuerga de dicha dif H penlacion,folo puede ganar los frutos de : la prebenda, perono las diftribuciones E porque en el exp. Puic. de Clerabis non ref? dentib. exprellamente le derermina , que las diftribuciones nofe ganen fino es que intervenga alvuna de las tres caulas que alli le refreren»nemp?,enfermedad,necel: lidad corporal,o cuidente verlidad de A A 60 Peroferelponde:lo primero,q| otros muchosflegun Machado,dizen,qu debe ganar: como (1 eftuuiera prefentej " A O E AA ys E 3 ES E > * E deganarírutos > y diftribuciones: ergo 61. Relpondo lo fegundo,que fegun elmefmo Palao,las carilas referidas arri- ba,y fenejantesle pueden reducir 4ne- cclsidad corporal; Jed fic e/f,que la necefe dad corporal es vna de las caufas porquí le conceden 4 los aufentes las distribu ciones eotidiañas en dicho cap. Vuicoy Clertc.non refid.comot1cftuuieran prelen tes : y lo meímo es las diftribuciones d los aniuer farios:ergo,éc. A 262 Lotercero,porque de eftos meles que concede el Obifpo: vltra de los 3.4% ha de teologizar del memo modo ,qui du los tresque concede el derecho recre4h tionis canfay áÍsi lo haze dichoPalao,pues lleua lo melimo de aquellos,num. 1 r.que de eltos; fed fic eff,que en dichos tres mes? fes, no folo gana el Pr ebendado los fru- ros de la pr ebenda 3 fino cambien las ( o- tidianas diftribuciónes ,'como ojeda abundantemente probado contía Par” A a

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz