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y verdadero,toca a la Sede Apoltolica de- clarar fumente. A efte fegundo no le fal tará en el interin valedores, y mas por fer ran en oblequio de la Cruzada. €. Falta aqui dicho Lumbier en dicho lugarsbien en fanor de nueftra lentencia, y lolucion di confideranti patebit. | | -.32. Añadeie a.elto, que el bier en el 2.tom. (que lac o a luz vn año depues de lo dicho)Fragm.vlt.de las pro- pol. de Alex.$.3.0.720. pag.mihi 5 26. bol viendo átccar la materia , dizelo q le 11- gue4 En quanto 2413 propolició de los calos ocultos, y como fe entienda quitada ¿los Obifpos efla: facultad , hablamos ya en el fol. $02. Y cierto fiempre defearia declaralle fu Santidad el fenudo de aque- la propolicion , quea algunos doétos ha parecido obícura ». y apo que elcri- ujmos aquello , no han faltado hombres doétos »queles pareciefle,que en el rigor dela frafe,fiendo de eftrecha interpreta» cion,por fer condenacion,folo queda có- denada aquella parte del vy/4<7 tolerata ef?. 4 Hafta aqui dicho Autor, con que todos eftos hombres doétos , que tacito nomine cita , patrocinan expreflamente | a ' | AAA] nueftro fentir,y refpueltasvtex fe patet. E MS A : i A A ? 070 ; ' ] £ ' Ms ' “ E) de 2 : $ y i | » dd e TU ; > ' E ] E ' va ] ' En , Pe . , 14 , i 53 ? p E E ; ] e . YES EE 3 ch Y « - , 3 , » pr ar he did AMAR AS á ME D ds Y : > ¿iy ”. 1-8 , ' A EA > En que fe explican las claufulas de. dicho decreto,y fe refuebven alg A 0% s MN A e y P A . " ' 00) e tades acerca de el a a; o NN A 3 tu DLE ICVLTA D 1 do pl ed | Si por nombre de Obifpo en dicho decreto Je ? entienda: qualquiera Obi/po contal que... 21 o effeeleóto yy confirmado? 0, Po REEDICTHA a Dy | Y EsronDo negativamente, y melmo Lú= | Explicale dichodecreto. 13 q elte confagrado,fi carece de fubdicos,y Diocel1,como carecé los Obifpos ticula= res,0 de anillo:afsi lo tieng Trullench in Decalog.tom, 1.li.1.c.3.dub.4.n.1.Sách. 0 Sumili, 2.c, 11.n.3.Pharaonio inPróp- tuar.tr.1.Sell.18.cal.30.Granad.vbi lup. n,4.Suat.de cél.dilp.41.Le.2.n,7.Leád. y Otros muchos,y le prueba;porque como conftá de aquellas palabras del mefino, ibi:S ubditos in Diecefí fuazel Concilio no concede dicha facultad de abfolver al Obifpo,relpecto de todos los fieles , fino lolo ref;peéto de lus fubditos en la propria Diocel1tergo,Bé. | . 2 Lo 2.porque los Obifpos de aquellas Regiones en q no efti recibido el Conci- lio,a lo menos en quanto á la mayor par- te»no pueden víar de dicha faculrad, co- mo lo tienen Garcia de Bencbici JS p. 7. Cs 11.n.23.Barb.con muchos,de poreft. E- pifcop.p.2.alleg.39.n.3.Palao,n. 1.Leád: q.42.Cafpení.rom.a.tr.15-difp:5. le6t.7. n. 115 Gauanto,inManual. Epilcop.verb:. Abfolutio , nun. 6. Suarez > Trullench, y Sanchez citados: Alterio,Fillucio ; Ami- co » Álvino , Alcedo , y otros innume= rables, contra Zipeo ,y contra la prac- tica de los Francefes , que refiere An= dres Duvalio , Theologo Parilienfe , el qual dize , que los Obilpos en Ftan= cia vían de dicha facultad de difpen- lar por el Canón de el Tridentino , di= ceat ,Íin recurfo alguno al Sumo Ponti- 3. Pruebafe: lo primero , porque la meíma razon debe militar acerca de los fauores que de las cár gas:luego al que no acepta eftas,no fe le debé conceder aque las:luego dóde no efta recibido el Tridé . Timoen quanto á lo'onerolo,tápoco debe | gozar de lo fauorable,€ Ñ par debeat ejJe f 4 uorigg onermm ratio: y lo 2; porque dich 4

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