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- Satisfacelealas objecciones.: fos ocultos » derogando la facultad de el Tridentinoxbi:Sed cextum: ef/?; non affe- ram. propterrationem attactam >licet proba- bilitey ex declaratione Pontificis deducatur: Vide illanibisnum6. 7 - 27. Lomiímo tieien otros varones doétos,que tacito nomine cita el Maeftro Lumbier en el Apendice a la Suma.de. Aranazpag-497.nUun. 5 47. donde defpues deaner dicho » que la condenacion:de Alexzandro VII en la propof::3. quitaa los Obilpos la facultad para la¿heregia ecultá , y cafos ocultos de la Bula de la Cenayañade lo que fe ligue : No: 0b/tante e/tosay hombres doblos,que fienten lo contra= 710) dizie ndo que noqhito la foacultad a los Obi/pos.dadaen el Tridentino > fundan lo. primeroen.el grane inconueniente que reful=: ta ¿la Cruzada, fegun el num.3 18. fol.402:: y por efto ¿fte fentir no dene Jer defpreciados fino examinado. Segundo 5 porque no habla exprefJamente de los Obi/pos 5 y afsi fienda dignos de ¿/pecial nota, fino fe expreffan no. fe comprebenden: Siefto fuefJe afsi:; de:gran alinio feria las conciencias, y: para cons Jervar en fuferelPrivilegio de la Cruzadas) parece dificil lo. pretenda limitar el Papa con Aide E ip ¡ey ] tantoexceffo. 0. 128. Proligue ene 1 ¡ Ligue: GA mi ver la condenación de efla y Er e” > que la cortéza de las palabras ocaliond» ¡E k en ella. folo és. lo que ella afirma in yecto: y. lo queabr main recio lolo es ; que illa fen- tentia afferens 7 c.vifas £s toleyata eft.Y Te los. Autores de vna , y otra lentencia , fo- bre(i la Bula de la Cena revocó la facul+ m. 548. comoe 11 Congregacion; conque efta fentencia tuujera de lu parte la reuilion, y:el juizio de tolerancia de la Sacra Congregacion, que mas podia defear > Alexandro, pues» (dezia efte)quilo quitarle elle grandeapo yosy declarar,que nu era: verdadera la tal aprobacion, Y fi huviera pretendido otro,ya lo buuiera declarado mas.€ Hal? ta aqui dicho Lumbier,y aísi todos los di- chos varones doctos patrocinan nueltto [entir, y nueftra ref; puefta ala fobredicha objeccion. HO .21:29:0Bien es verdad ,que al fobredicho M. Lumbier le parece mucha condena- cion para.tan poca cofa;y aísi fiente , que lo orriente es,que toda la propoficion,y Íus partes en reéto;y obliguosen el dicho, y en el modo ¿condeno Alexandro; pero el- to no obftante explica dicha condena- cion,de inodo , que en vno de dosfenti- dos , que admiten las palabras: de dicha condenación (el qual parece aprobar él melimo,, ya por ponerle como le pone en wltimo lugar,y ya por lo que dize in fine) defalva abundantemente la autoridad de los Obifpos que pretendemos , y no que- «dan comprehendidos en la lobredicha condenación: fus palabras fon como e fi- guen en los dos figuientes num. > +30> Dize , pues, el fobredicho Lum- bier enel num. 54 9.y enel550.4 Tres partes; Otres propoliciónes fimples in- eluye la compuefta , quelecondena. La primera es,que la Bula:de la Cena refer- va af Santidad folo los calos publicos, y no losocultos.La legunda es , que elo no oga la facultad del Tridentino,en que fe habh de los ocultos.: Y la tercera.es ; que ella: fentencia:fue vifta , y tolerada tad del Tridentino 4 los Obifpos,0mo: Y: los quelleuaban que no, dixeron; que fu. lentenciajeftana ya aprobada por la Sacra por la | Congregaci ón. Las tres propofi- ciones condenoAlexandro VII.peroexa- C minelos en que fentido.. No carecen de el á * A: e E A AS SS A E E A Ar E Y
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