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Delajurifdicionacerca delosReligiofos,£cc.: ¡35i 1 ciofas»y entódo lo demas que al Obilpo dle parezca fer indecente al Sacrificio de la Milla y asi les puede compeler a obler- var rodas aquellas colasquefe contieñen. inDecreto,de ob/ervandis 7 euitandis in ce- Jebratione MifJar im 3 como exprellamente fe determina en el Én de dicho decreto del Trid.S/:22:ibi: Hecigitur omnia, Ge. 67. Bien:esverdad > qué delpuesde dicho decreto tiene privilegio la Reli- gión de la Compañia , el qual por la co- municacion es comun á las demas Reli- ciones, para celebrar. fuera de la Igletía en Altar porratil, y en Oratorio defigna- do por el Prouincial; y para celebrar vná hora antes del aurora , y otra idelpues de medio dia, Sañithez, tom: 2: Confal. lib. 6: cap.3dub.num.7: side N: 4 j ha Z 3 y 68. Refpondo lo fegundo ; qué tam- bien eftañi lugieros en quanto a que los jué vana eltudiar a la Vniuerfidad con licencia de fusPrelados,debén habitar en Conúéentós ; y fino ¿pueden los Ordina- rios proceder conittá ellos ; ex Trident, Sef].¿5:de Regular.cap.á. Báftárá empero que eltéh en qualefquieraGonueñtos,poí gjúie el Concilio no pide precifse qué ayan de fer de fu Orden. EIN 69 Relpondolo tercéro ¿que tám- bien eftañ fugétos los Regulares al Obif* posén quanto a que fus Nouicios ño pue- den renunciar fus bienes, fino con licen- cia del Obifpo,o de lu Vicario,y efto dos meles antésde lá protelsion: y £1 el Noui- cio noquiliere profellar ; no bolverfe al liglo,puede el Obifpo compelerá los Re= gulares étiam per cenfuras a que le £elticl- yan todas lus colas:porque alsi contta del Trident.Sef/ :25.de R egular.cap.16... 70 Rel pon do-ló quárto , que qual- quiéra Religiofo que pretenda quefu pro felsion fue nula , debe alegar las Caufas --. rn 7 A a 3 ad AE A A » po y de pd e FU E ES" e > AS píouee Contra trermta ante el Obifposy Lu Superiorsex Tridenc, cad.Si]:25,de Regularscap. 3 9:y lo milimo en todó lo contenido en eltas dos dificul tades [e ha deentender de las Religiolas, aunque fean exemptas, de la jurifdicion del Obilpo: Veale Macia o 2.lib, Apió 10d pco oDIFIO LEAD ¿KVa 0. Si podra el Obifpo conocer. de los delitos del ps - ¡Nouicio, y caftigarle? sidad EI A NO | Es»oNDO negátine : lo priz o EN ero, porque fuera grande inconueniente,y perturbación de la Re- ligion;f1el Ordinario tonociera de los delicos cometidospor el Nouicio perfe- terante en la Religion: Lo legundo > Por> que la practica tiene recibido el que nun ca el Ordinario conozca. de los dichos... 72 Lotércero ; porque aísi como por fauor de la Religion le eximen los Nouiciosál modo de los profellos de la poteltad ciuil.como lo tiene la comunil- lima fenirencia de los Dodóres,apud San- chez,in Sum.lib.6.cap:10: num; 10. dondé cita 48.Doctores por elte lentirsalsi tami- bien de la Epifcopal: ont EÓO 73... Y loquarto'; porque los Noui- ; cios gozan de todoslos priuilegios,y gra= cias de los profeflos ; ex cap. R eligiofo ; de Jent. excom.in 6.y Páulo V.concedio lo di- cho en elpécic á la Congrégacion de S. Maria Fulient.en fu conftitucion,que co- iieñga: Infuper eminéentis, la qual le halla= rá en el 3.comde los Bularios deCherub, y es la Bula 2 3: entre las de dicho Ponti- ficez fe. | hicej fed fic ¿ef? , que el Obifpo no puede calligar á los profellos( falvó en loscalos exptellos)como confta de la Clementina vnica,de exccísib. prelar. donde. el Papa a treinta grauamienes ¿ qué Wi a e > SS na Ps $ a HA SS e a al lo 4 CAL ES SAR AA y aGE" Tego Ji e ED AMES TI PATATAS EA A E a Y IT di od PT MT PIA A o TO o e e 6 A Pu oo

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