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6 Trat.1.Queft.1.Secc.1 .Diftic.2. cap.2.verl. In hac contronerfia : y Leand. vbi fupra con otros muchos : luego 1 por claulu la gene ral no le debe entender derogada la facultad , y privilegio de al- un Concilio General , que diremos de , coiscedida por el Concilio Tridenti- no,que es tan celeberrimo,y de fuma au- toridad en la Republica Chriftiana > y que le acabaua de celebrar : quando le pulo dicha claufula en la Bula de la Ce- Na? ergo, Ac. | o EE 3 Nipara ello es neceflario que nolo- tros tengamos noticia( imo,nien el Pon» tifice párece iccellario el que la tenga) de todos los decretos de losGócilios Pro- uin ciales que le han dado en el orbe de la Iglefsa: ni porque elPontifice renga en. 5 Refpondo lo tercero,que quandola Bula de la Cena dize,que ninguno aun» +; que fea Obilpo pueda ablolver delos di- - chos calos, aunque fea con pretexto de qualquier privilegio » o facultad conce> dida por qualquier Concilio ¿por dichas | pus no pretende reuocar, ni reuoca os priuilegios,(no el ablolver eoyum pra- | textu , y por configuiente no excluyelo que fe haze con legitima facultad : por. ue la palabra pretextus,como dize Souz la mibil aliud efi,quamvelamen, quo moweri - Jequis adaliguid agendum fimulat: O como * dize Gongalez in regul. 3. Cancellariz, gloff.57.num.2.Diétio Jub pretextu ¡dem Jignificatsquod fub velamine, vel. colore «ali- cuius rei,que non efi,vel ¡am definit efjé, fem el pecho el Concilio Tridentino»y todos: fal/a eft: lo qual le prueba , y confta tama lus decreros,Íe ligue que ferequiera me-- nos para revocarlos,que lo que le requie- re para la reuocacion de qua Iquier Con- cilio Genera),o decretos deftezpues no es inferior a ninguno, node maxima au- toridad como queda dicho: ergosBe. cd 4 Refpondolofegundo,que aísi como en dicha Bula de la Cenafe reuoca la fa- cultad dada por algun decreto de Conci- lioyalsi tambien fe reuoca la dada por el meíimo Sumo Pontifice del melmo. mo- do,y con el mefmo tenor ,como confta de aquellas palabras:Per nos,es diétam Se- dem, ac cumfvis Conciliz decreta: fed fic eft, que elto no obftante,no reuoca la facul- tad que el mefmo Pontifice ha concedi- do por la Bula,ni la que huuiere conce- didoa algunos Milsionarios Apoftolicos, que van atierras de Infieles, como fe di- xo en la leccion antecedente,num.10.lue go rampoco la concedida por el Triden- tino: que puestea lo que fe revoque por dicha claufula en dicha Bula de la Cena? Digo ya en la tercerarefpuelta. e € — a y —Á blo bien de la ley Sub pratextu: 1.C.de . tranfaz ¿tionib.cap.Inter Monafterium, cap.Subortas de re indicata ,cap.2.de probationib. y. de.oz P tros muchos : demánera ,que la palabra pretextus Lolo es color para hazer vnolo - que quiere,y afsino comprehende la vero dadera concefsion, que tienen los ObiÉ% - pos por derecho,por lo dicho , y porq | el privilegio del Principe,maxime eltanz do inferto.en el derecho,debe ler firme,y | conftante,y no le ha deentender reuoca= do en calo de duda: ergosBtc. 10, 6. Opp.2.Grauiísimos Doctores afir- man , que dicha facultad eíta reuocada; los SumosPonfificesPio V.Gregorio I.y Clemente VllI.pues de los dos pri | meros lo teftificaNauarro ,in Sum. cap» 27.n.275.y del fercero Azor lib, 8.inftir. moral. cap. 10. ! , TO.CrgoóC, j | 7 Relpondo con Granados in 2:2:Ds Thomz contr.1.t1.15.difp.14: 4.2. 4d 2:que ninguno de dichos Autores trae: ] teltimonio autentico de la tal revocar cion,0 declaracion;y como por. Otra parz ce ]

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