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0339 Lo fegundo,porque lo dicho feria contre la inmunidad Eclefialtica!, y cons trala Dignidad Epifcopal, y aísi le deben leer cautamente dichos Autores: Mas - arentoanduuo en dicho punto que: di- chos Teologos PauluvCaftrenfeyin1.Non- nui pues como refiere ex Gregorio Lo- pez, dicho Molina, fue de fentir , quelos Oburíposa folo Dios deben dar razon de lo dicho: luego muy lexos eftaua elte pia- dolo Door de fujetartos'Obilpos a dár razon a los feculares en dicho punto:etg: Y lorercero , qualia priori: porque los OGbilpos lolo tienen por fu Juez al Pontifice , al Concilio Prouincial , y en algunos cafos al Metropolitano yy no a los Juezes feculares : luego a! aquellos, y no'4 estos: deberan dar razon de la di- cha adminiftracion'; ex capit. Joannes, de teftament. 8c ex Clement. codem titul.y la razones, porque 'el luez lecular es in- capaz de ferlo' de qualquiera perfona CONEISUILO E OY Eclefiaftica, quanto mas del Obilpo? er 54 > Prueba fu fentencia Molina , ex 1, Nonnulliy O. de Epifcopisy 8: Cleri- cis y de la ley 5. de Caítilla stitul. 10, part 6, que dize lo melmo que la ley Nonnulli , 101: Sea tenudo el Obifpo de dar cuenta por fi. yo: por otro al Inez Ordinario, quantos Cantimos faco: , y quanto: dio por ca- da vno de aqhellos dineros: y dize,que leva fu fentir Gregorio Lopez lobre la dicha leytbaBocs 207.190. od 55 Perote refponde. >:que alli por ordinario de-el Obiipo para ¡dar razon de lo dicho; fe entiende el Metropolis tano , y que alsi lo entiende Gregorio Lopezlobre dicha ley 5. Glofla 6. verb; Al Inez ordinario ; em las vltimas: pala» bras. DA E 00 CDI afta : que como la execucion ¿ 6 E ¿ w a ALTA A . A EA . - y va Es E 4 o y MEA Ss á E o E RS e di F : me es red dl hos, sl z Y UA. eS eS «le los legados pios para redimir Caurti- uos fe le aya concedido al Obilpo por laporeftad lecular para el bien comun» pudo; imponerle ,y de faíto le impulo obligacion. ;'0 carga de que manihelte a la Ciudad , 0 Prouincia de dondé es Obifpo 5 que bienes, y por quien ,y ed que dia los recibio para dicho efeéto, para queel luez.lo elerivia por: inuenta- rio : y que paílado el año de razon'á di» cho luez quantos Cauriuos redimid.con dichosbienes , y quanto dinero le cofz to la redencion: de cada .vno : CIgO, Ci : 1401 ¿91 307, | 2. 57> Relpondo > que: dicha carga fue+ ra:indecente 4 la Dignidad Epifcopal, contra la inmunidad Eclefiaítica, y alsi ni pudieron imponerla'al Obifpo , ni. el pudiera aceptarla, ni de facto la impu: ficron , y quando la huuieflen impuefto, no Obligaria,ni fe podria reducir a. prac> . tica; pues no puede el Obifpo lugetarle, nicomparecer ante Juez. incompetente, comolo es el fecular rio folo relpeóto de el Obifpofino tambien refpeéto de qual- quier Eclefiaftico , y afst por nombre de luez 42 quien'deba dar razonel O+ bilpo. y fe debe entender fu ordinario, elto es , el Metropolitano , que es fu luez competente en dicho calo : y afsi leuan nueítra fentencia Bafeo , tom. 2. verb; 1 eftamentum, mumer. 20.Carpios de exe- cur. teltament. libr. 4. capit. 2. numer. 21 Elcobar de ratioc. Cáp. 3. NUMEL.19; - Elpina» dereltamiGloll.. 28. numer.42 Diana,que los cita: > y ligue, parc.8.cradt. 5 rel. 42.y lo meímo ee dá tener Duar- do , Martha ; Bonacina ¿ Ambrofino » y otros, que dizen : Ecclefiafticos trabi non poffead Curids feculares. pro confectione n= uentarij »nide Diamamspart.1.tr.2.5ed.2 1) yFagundez'dcbe rener a fortiozi lo dicho, . de ' Ls o Pe a > pl ; + a» > AO , ii SE cabo: ¡e il e de A 2 O A As 5 y E MES a o E EE Ñ v de ss d AA ES $e e a ES A Y y A TR ES ; A e A ) det

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