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174 mente , y fin diftincion lo debemos en- tender nofotros , excap. Solite,S.f£in. ex- er.de maior. « obed. 1. De pretio x. ft, dé public.in rem.adtion.ergo,ólc. 27. Opp-1.loslegos en las caulas pro- fanas. > y no piadolas deben ler conueni- dos ante fus luezes feculares , como los, Sumos Pontifices lo determinan , In cap» Si Clericus laicum , de foro competenti : y la razones : porque el aótor debe feguir el fuero del reo,cap.Cum fit generale,cod. citul.1. Juri/diétionem,Cod.illo titul. alias, fe perrubarian las jurifdiciones » lo qual no fe debe hazer lino antes ayudarle mu- tuamente > cap. Dileélo , de fenc, excom- municar. in 6 .cap.Nomit,de iudicijs:crgos ESE HULL DUIASS Ly0SS LEO +8 '>Refpondo lo primero, que eflo: [e debe:enténder quando no conta lo con- tratio del derecho Canonico, como cól.- ta en ¡nueftro calo:Relpondo lo legundo; ue el cumplir la vltima voluntad del di- ac i aunque fea en quanioa los lega- dos profanos.es caula pia » como diremos - enla dificultad figuiente > y alsicella el principal fundamento: de la objeción : ni por eflo fe perturban las jurifdicioness como tampoco fe pertúrban de que :el Obifpo tenga jurifdicion fobre 7 res en las cáaulas de caridad, y piedad, y que pueda. o nide quela. rengá dísiimelmo en las caulás crimina- -Jes,quo fon miixti foriscomo la tiene > y le probará abaxo,tr. 2Sec. 4. y otras muchas colas, de las quales fetratara alli... 00 -9 Opp. 2. cali todos los derechos que fublidiariamente conceden al Obif- la execucion: de! la vltima voluntad, hablan elpecificaméte en las cauías pias, omo coníta, ex cap. T'm4 nobis 17..de te- ftam. ibi ; Jn omnibus. pijs voluntatibus > €x 4 cap.Nos ¿radem,cod.titmlosibi:DÍnodo £ A » 4 *F Trat.1.Queft:y.$ec.vnica, Dific.2. recibido de los Doctores , como: hum08s - fezademássque como. yr dixe, tambien es - tencia de los Doétores. A 4 15 pias voluntates:ex «cap.Joannes, eod, tit. ibi; Et pijs locis* ex Tridentina Synoco, Sel hi 2 4.de retormat.cap.8.ibi: Omnium. piarun A difpofitiouum,Sell. 25. deretormar. capo4» ibi: Qui pro J UArúm animayum y Salute legata ea ad pios V/ws reliquerunt : Ecidem ¡nde= ereto de purgatorio,ceadem,Sell.2 5 Cros. Kc. dl ad e ro Relpondo,que el dicho cap.Phes redes,de teltamenrisshabla generalmente, y tin diftincion alguna, y es comun mente? vifto:y alsi generalmentedeb: eñtenders obra pia el cumplimiento. de«dicha via ma voluntad, y mas quando. los executó res Íon neghgentesen cumplirla... * ¿ 11 Dirassque dicho cap. Si heredesó no es decreto Pontificiu, lino del Concis lio Prouincial Moguntino, el qual fe des be encender , fegun las. relpueltas delos Pontifices , y mas no diziendo, como na, dize: expreílamente cola alguna de log teltamentos profanos. 2.0000 o 12 Relpondo lo primero,que el tef»: ramento de que aqui hablamos,noes tels tamento profano ; puesfupónemos con: tiene legados pios ; aúnque contenga Otros queno lo lean: 1 % AS puiY q Rel; | dolofegundo > que ni 1 “gun Pontifice expreffamente lo niega ad: ic de los reftamentos profanos > y di a decreto del Concilio habla gencralme 5 te,y afsi lotienerecibido la comun lens 14 Diráslo legundo, que el Pontifi= ce,ín cap.Nos alude de etico J t- fia pijfsimas leges decerneres fed. fac eff, que las leyes ciuiles no dan poreftad a los Obifpos para execurar reftamentos ¿(119 ad caufas plas:ergojBic. 200 Relpondo, que nueftra relolucion

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