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o e - 2 — — — e e E - nm .” a % * A A br» — ko rt e PP XK PA [XP XA PX - 1% 10% Que «Jicho tupr. Quelt. 1. Sec. 4. Dit..22.Vide bb, | | % DIFICULTAD Y. Si la potefbad que tienen: los Obifpos para dijpenfar en dichos.cafos fea. ordinarias o delegada? 44 MT) Es>oyvo» quees ordina- GE ria ; alsi lo tienen San chez “con muchos que cita , y figue > libr. 2.de Matrim. difp-40. nun. 14. Baíilio, lib.8. cap.-6 num. 9. Couarrubias con muchos 3 -variarum,cap.-20.um.6.Glofla,in cap. fin. de Offic, Ordin. Felin. in cap. Licets cod.tit. contra Baldo, Sylveftre , Gracia” no,y otros,y le prueba: lo primero »por- que elti concedida por.razon del oficio: y lo legundo,porque es perpetua, quefon condiciones » que conftituyen la juriddi- cion ordinaria: ergo, 8, “ yiÉ- » teftad que tienen para difpentar losObil pospenda del Capitulo para el vío, y exe- CUCA o o A op iD la Los 46. Relpondo negariuamentek pr. lo primero » porque en ninguna parte fc hallará impuella la ral dependencia; fino antes bien al contrario, que lecencedea los Obifpos facultad de difpenfar ablolu- tamente fin hazer mencion alguna del Capitulo,como conftasexcap. At Ja Cleri- ci, $. de adulterijs, de indie; y de otros mu; chos.que alli cita la Glo(la»y del Trident, Sef).14:c4p-7-) J0/]:24:c0p:6. de reformat, 47. Y lofegundo,porque dado, y no concedido , que el confentimiento, de el Capizulo fuelle requifito de derecho para la difpenfacion; pero como bien «dizen Suarez con muchos, lib,6. Cap. 15.Hum. gado ¿exez >, | A rat e] Quelt 6. Secc. I Difc.5 y Ó. -Choefta derogado por la coftumbre con= a traria; ergojbBle. O ¿Los dato Jme confen $4 Capituli ; ergoséc. me Sanchezplib. 3. de Matrimon.difp.: de q ; e Di jos 10.y Pro .cap.5. num.4.ya lo di-. 48 Opp.en las colas arduas debe el Obuiípo pedir el confentimiento del Ca- pitulo,como cóllasex cap. penultim.quef 7-5 ex cap. Quantosde his,que fiunta Pre 49 Reípondo negando la confe- quencia,porque la difpenfacion no es de las colas arduas que piden dichoconfen= timiento,o confejo : y alsi lolo le requiez re dicho confentimiento quando el Obif po quiliefle derogar €l derecho Epilco= palo la indemnidad de la Iglefia, 0 de fu Capitulo ycomo lo dizen dichos Doéto-. zes.lo qual no fucede quando difpenía có. el irregular ad Ordines, vel beneficia , en el voto, Juramento,ayunos , impedimentos, «alos relervados, y femejantes.- 0094 DIFICULTAD YI 00 Si Siempre que aycanfa parala difpenfacion 6 eftaraobligadoelObypos 00000 - 1152 concederla 0 - Furmanablolutamente luá ! Y Sanchez,in lclectis di Íp:4 34 num-8 Sylveltre,verb, Dilpeníatio, q.1. infine,Rofelaibisnum.4.Sá, ibi, num.24 Armila NUM. 14. ¡y otros muchos que Cci- num.2. DO ioividl el ] 51. Y le prueba : lo primero; ex capi Domino Sanélo,verb. NecefJe 50: dift-lo 2% porque la j otelt; d de difpenfar fehac o - metido ¿los Prelados para el bien dela! Republica, y fubditos; [vaa (1ermpre que huuiere cauía juíta para exercer dicha poteftad,parece que eftara elObifi po ub 1 DE Me Mo,

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