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Dañ 1112 Obilpo Adipiladich a impedimeéto bl! Relponde dic o Leamibi: Vi deant ipfis Mibi ¿02 fi difficillimum accidere pojJe vidéatur y now tamenimpo/sibile , tex diétis pei 2. pag Hafta áqui el die chos: | bable ab intrinfeco q ue la o uelta, áúque la ¡contráfia tenga: mias deferifores: Y al furidamerito de lós corittariós relpóndo, ] que aunque lá fáctltad que alli expreflá el: Tridentino Aeáloló pára los cafós ocul LOS, y fuero de la concicttcia,pero q que el- ló no obítante: puede el Obilpo ablolver dela aos publica,y de otra qual- quiera ceéntura telervada al Pa xquand: el delcomulvádo eíta impedidoó dereco: trer ¿fu Santidad; y efto por la tácita , y benigna voluntad del Suñno Pontifice, como fe probo árribasq.1: Sec:4DiE 3 4: de muchos Textos ; DD. yy otros funda- iientos » delo qual £e f a as hr Aroa Opa DÍFICNLTAD wa. | Sie Vicario General del: Obifpo por fuero me po17 oficio podra en dichos cafos pe | Diód, dondicihns O 0d yl PN mM E SPONDO ac , conla comun, apud Sanch., ld al modo de la reftitucion in Integrum > , la qual. note contiene en el mandato venes: - ralsex l.lllud, f.de minoy.luego lin efpocial> comifsion ño podra el Vicario difpentar en dichos impedimentos. - 76 Podrá empero cometerfclo elObif 3,como lo tienen con muéhos,Sanch.n. 14-Y Leánd.q: 1 1.conera orros:y la razon.- + b 40.n,12.yLeand.tr.9.difp:24-q-* 10. y le bluba porque lá dilpentacion es rat 1Quel, Seéc.2.Dific.8. 00 $ es porque dicha facultad le compete ad Obifpo en dichos: cafos por fuerca de fu? poteltad ordinaria:y quando folo le comi- E eta por priuilegio del Principe,es priui- $ des io concedido :á la Silla, y por contr E > aL guiente lera ordinaria dicha poreftad;/ed. Lo7A de qué yO juzgo:es ;¿que efta ber fic eft,que el que tiene poteftad ordinaria | , ¡Sdld: de Leandro es probable,y mas pro E puede delegarla:ergo,8rc. 77 Noóbltante lo dicho,que es lo co”: mun,y para mi ló más probable, y mas ver. dadero,elM.R:y doéto P.M: Er. Al do Lumbier,Cathedratico dePrima en la Vniuerfidad:de Zaragoza, Examinador Sinodal def: Arcobil pado , Calificador de lá Supremasy Predicador de luMagek- tad > fiente probablemente lo contrario, en fu tom. 2. Apendice 3. Fragmento 2 dede el n:359. .pag.mihi 687. cuyos fun damentos, y doctrina quiero Sem o en gracia de los Vicarios Geñeráles.. > 1 78 Pregunta,pues,en dicho fagatli elE Vicario General pueda difpénfar en calo de necefsidid en los impediniéntos diri-4 mentes del Matrimonioa q refponde co- mo le cótiene ei los(f1guientes: numetos. 79 Adviertolo r. que nohablamosti puede por comilsion el pecial del Obifpo,: porque de ella fuerte es comun entre los - DD.que puede.Pero por ella tábien pue- 7 de,no folo elParroco fino qualquier otro pa,o/aa lu y no es facil el recurfo? - o do 4 quien el Obilpo de comitsió para qual» quier calo de difpenfar en impedimen= : tos del Matrimonio > q lo pida la necefsió ; _ dad vrgentescomc do digimos en el toni 1.en los Fragmentos de Matrimonio > 4 p: 4 194.0O pe ¿30 Que pueda el Vicario Getteral fiera de lu óficio , no debe admitirle, quando es facil el recurfoal 'Obifpo,al Pa : y porque entonces no ay necelsidad.La dif odo sn | ¿:En!

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