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Propoficionquarenta y cinto: de quefe expurguen,y que expurgados fe per- mitan: y a(si fu retencion cita pronibida por el primer Canon dela Bula de la Cena, pena de excomunion refervada al Pontífice. 4- Ay otros libros de Catolicos, que contie- nen buena doétrina, pero pueden tener vna, ú otra propoticion erronea,o lofpechota en la Fe, o temeraria, y opucíta á las buenas coltumbres; y eltos lon los deque ay elperanca , que (e ex. purguen,y de los quales dixo el Verd.con Mar chancio,y Diana, quienes cita,7.3. corol.36 .m. 447. pag.117 que le podian retener, y guardar. Jos fin ¡cerlos, hata que eltuuicilon expurgados: deltos,pues,habla la propoficion condenada, y de cltos debe entendert< dicha condenacion, COROLARIOS. 5 Deeftaconcluñon le igue : loprimero: gue aquí no queda condenada ¡a (cnrenciayque dize:No incurre en la delcomunion conrra lez gentes libros hierericorum,el que Oye 4 otro leer aiguno de dichos libros aunque el milmo inci te.o mande 4 fu criado que le Ica : cita lenten. cia es de Vgolirio,Sanchez,FiluciosSonía , San- tarcelo,Efcorcia,Duardo , Bonacina , Portel,Fa- gundez,Palao,Egidio,y otros que cita Leandro del Sacrament.rom.4 de cenfur.cr.3.. de Bulla Cue= mz difp.1.q.58.y El la tiene por igualmente pro- babie que la contraria. ó6 La miíimafentencia tiene con los dichos, y con Nauarro, Truilench, Lugo , Quiedo, y Elcobar,Mova,traéE.5.9.10B.1:2.) 3-y dize ler Ja mas comun. Advierte empero,y bien, dicho Moya,que todos los dichos Doélores conuicá en,en que el que induce d otro á la leccionde el libro del herege,peca mortalmente , por ras zon de la cooperacion moral al pecado del que Jee(( efte lo entiende)y tambien quizás por ra= zon del peligro,A que le expone oyendo el cr- sor contra la Fe. » Fuadanfecltos Doétores en que la dicha delftomunion es contra legenres ,y el que lee el Jibro del herege por otro,propriamente, y en la realidad no lee 3 y la cenfura impuefta contra Jos que hazen,no comprehende 4 los que acon. fejan,y mandan. $ Y larazoni nueítro intento es:Porque la propoficion condenada no habla deftos libros; fino de los libros prohibidos donec expurgentar:Y habla de la retencion: y ella fentencia , ni habla de la retencionmide la leccion,fino de la audi< cion de la leccion:ergo,óte. y p 9. luzgo empero, que lá contraria fentencia es más verdadera, y la que le debe tener cóSuar; Alter.Savr. Azor,Megal. Laym. Graf. Regin:y Dian.que los cita,y figue,p.11P.51 ref.33 y cor Leand.vbi fup.que cita i los dichos , y a Roca- ful: prueba bien el intento , y relporide á los fandamentos contrarios, Vide ¿lios. ro Siguele lór2. que tampoco queda coi 433 prehendida en efta condenacion “la lenten> cia de otros , que dizen( aunque fundados en fallo fundamento : ) que el que no tienc pe= ligro de fubver(ion , puede licitamente leur los libros de los. heregos, u ctros prohibidos por la inquiticion : y que cfta fentencia fea probable lo procu;a perfuadirCaram.ta Theoleg: fundam.in edit .Franconfurtienfi , anno 16 52.fum, dam,12.9.1.fol.137 y liguientes, donde defpue- de auer trabajado en probarla, yperfuadirla,con- cluye diziendo:Sed neque hoc militar contra In= quificionis awthoritarem:hec enim propofirio :Nez mo potell legore libros prohibitos , X (i cerrus fic,(ibi non obfaturum, eft dock: [sima , probabili f= fima ¡7 prudentifsima , Y fi Inquificores omnia fisa velins efje euidenria,e/je volemt Sede ipja Apo ftolica digmores nam prater articulos fides , que ad probabiliratem redwci non poflunt centema dicbws firenlis decrera ¿Pontifice emanant , qui innitun- cier opiniosi probabili.Hata aquí Caramuel,y cu laimpre(sion 2.hecha en Roma, año de 1656; findam 17 quzít. 2. num.641.infin. pag. 216: añade por exemplo á lo.dicho, lo que (2 gue; Er ve rem ¡pfam clarifsimo exemplo dilewcidem; guories in voro folemni diipeñfar,Summus Ponti= fex predenti[sime quidem di fpenfarsar quia D,Thos más,9 Dominican hancipfam di (penfarionem eJ= ferin'validam dicmnt , procedit ex fententia prós babils: Afsi el dicho. 11" Por la dicha fentencia cita el Verde, q. 8.corol.3 $ .pu4m.441.PagL16. á Felino , Alber» tino, Déciano, Maícardo, Tomas Sanchez ; Caf= tro Palao en parte,Puerono, Tamburino,Quies do,Marcancio,Lobo , Carena , Naldo, Bulem-= ba0,Merola,y Reginaldo : fundados en que en, dicho calo cea el fin delaley 5 que proltibe el que fe puedan Iecr:cita empero dial á Tambu-= rino,y 4 Ouiedo,porí cltos llenan lo contrario; como bien prueba Moya,tr.5.4.10.5.1,8,6.)7. 12 Larazoná nueltro intento es : porque esta fentencia no habla de los libros prohibidos donet corrigantór ,de los quales folos habla la propoficion condenada ; fino delos-Mibrosde los hereges , y de otros abfolutamente prohi» bidos , fin elperanca de que le expurguen '; y, que expurgados (e permitan : ¿mó ; eftá lenten. cia no habla del retener ¿fino del legr , lo qual puede hazerfe (in rerencion, hallandolos.en po-= derde otro,que:con licencia, o fid ella los rez tenga,todo lo qual es muy diuerío de lo que la propoficion condenada dezia:cigo,ác. 13. Esempeto falfifsima , € improbable di- cha fentencia, y en fentirde Turriano erronea: aceréa de lo qual fe Vea Dian. p.11.tr.1.ref.1, donde prueba,con rá20N, y autoridad ¿que el leer dichos libros es pecado mortal , y relponde ¿los fiindametros de Cárani. md , el melmo Caram.en li 2. impreísion hecha en Roma el año de 1656.fondam.17 .3.2 por toda clla,a pág. SC 2145
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