BCCPAM000508-1-08000000000000

328 ba fea de juficia,y quizás orrostequifitos,como ¡e dixo en larerecta Mmpolicionsho puede negarle, que conceder dicha judicarará a 1odos los Cria= dos gencia mente Cra vna licencia muy refalas diva, peligrofa,y elcandalolaslo quaino pauta a(si entemiir lo dicho al juyzio del prudente ennio- rato,y doéto Confeñor, ¿quien aísiavitimno [e ru- mien otras muchas caufasen cl fuero de la con- ciencia. á 21 Y idotro:porquecomo quedá dicho en el tegundo fupuelto es doátrina llana, que haria tin dada agrauio el feñor al criado,en datle me- nos falario del intimo: fed ficejt.que exfupolitio- ne,que cl amo hizic de maniticito agránio al Cria dioyá juyzio detinrereado del doéto, pio, y ri» dente Confelfor:y queel ral criados0 porno ha- llar otía comodidad ¡más d propofito , O pór wtros reípetos; fe hallaba precitiadod tervir 4 dicho anozo ¡1 intervinicile miedo,o fuerga,refa pettos,o rucgos equiualentes á ella, Y, lemejan» tes, no partte veiimáil quiera Santidad COñ= denarel que á elte le permita el Confellor en el «fiero dé la conciencia da rearcioón oculta de' dia cho agranio,c imulticiasergo, dc. CONCLVSION MH. 2. D16olo3.que tampoco eltá compre. hendidá en dicha condenacion la (entencia, qué hablando de los faftres;dize : Que los Macftros, puro no fas oficiales, fe pueden quedar có los pe- daros, y retazos q les tobran, atinque fean gran- des,y lo melino dirá de las gua: niciónes;por vía derecompenti:porque de oidinario no les pagi baltántemente las hechuras,/ defi les dan menos del julto precio de loque valen tas obras, 43 Dicho lentécia es de Tomás Sanctiez, som. 1 Conf.líb.vic7:deb:3 2.4 donde dize lo q le fisuesSecanio dico fi preditta frazmentasque f p r fame efjene magna (3 másgnl Valoris licitim ejt ed emere a farroribles magijlris , non vero dbofficiali_ bus ;quia ¿llis comaiunirer minas Jobvrtar.quaim mts remtir futiuraralo ive sed mibs dixcrit meli ex timo vai recta con jcrentre, ch quibus hoc coñirali: (7 fic fibr compenfanss E Jatisfucruno his, que Japo» hon Qué parió mom procedis 1 officialibas, hrenim cetum inmiere cun magifivo jub ceria qhañtitare, 7 iodo ¡ni eur um jolvár mr magijiro jodo món, bic illis imepram jebvi: ¿fic rejpond mehr 19 Jada epi Jiola Jo nórime jubjcripTa;quica jaris decias recen. rior a pe confulos Eiquta aque die no Sanchez. La qua fentencia tiene por próbable Trit< encia in precepe 109. a<lib 7.0.1 1.db.4.8.8 pues 4ctó dize de la coneratla,gue us mas probable 3 "y lómélmo Diana paot.4.tr.4.ref:176: pues 3ung dize,quele agtadu mas la fentencla contraria dé Viilalobes,anade enpero, que ti algunos fáítres, le Cónfefvres quibición guirladiciód opinion deSañ ché que el no ts condenaHs HE Logay Y quel dicaroginion dedalic acá no th See Tratado sde: Infitia, 9 tere. 1 comprehendida en lafobredic Na condenació, conita porque 13 probolcion cóndenada hablá ia lolamente delos criados domeíticos 3 ibi: Faz mili famila domeji:ce Fo. fed fic et, que tos faltres mo fi entienden por <Hiados dometticos, dees fe parer micttán adatáriados : luego liendó dicnodaraodciitorpreración eltteciaa , no E debe vcitender a ellós. 250 Nu ado Empero géncraliienea dicha fencencia, mino pardes, que dich2 tázon es aus néralmente y er dadera, «shuc¿ndo ordinario , $ regular:pues en la Corre, y otras Ciudides grane des, antes es Outinarió el pagarles atentajadar mente tus obrás. Io y elto es lo tEzular en toda Elpaña. Solo pues podrá tener lugar fa dithojcó vid, ú otro fingu.ar calo eng no iesden el jullo pre» ciode lo que vaie la hecinra,o en que la melina periona iesdebá otras hechuris; qué no puedan cobrar de otra fotina,qué compenfindofeen 10 pedacos,o guarniciónes:que Mbrah: 20: De lodicio (e tigue: que quando los res tacos [on pequenos; y de poco valor, como lás cercenaduras,y lo quequeda de los huecos dé lá ropa que liazen,y alguna poca de guarnicion, pos drán licitamente tomarlos, no lolamente los Matítros, fino tambien los oticiálés + porque fe prefume fer afsi la voluntad de! dueño, que no repara,ni haze caló de elas menudéencids; comó con Nauarra,y Medina lo tiene dicho Sanchez; ».3 .Diana,con Villalobos , Vbi fuprá , y comuñ. mente los Doétores,fegun Machado, tom, 3. lib, 6 .part.3 tr,8 .do€.S .num.3s CONCLVSION TL. +32 D1GO0 lo 3. que por quanto ay algunos amos, que á los criados, coa lo póquiísimo que les dan;les faltan á lo muy precilo de comida, y veitido,fiendo afsi, que les obligan á que les fira van con mucha panrualidad, limpios; y affcados; y entan buen trage,que el falario no es futicienz te para el galto.Digo pues,que en tal cito, podrá parecerle ¿alguno-: que el dezft pueden licira+ mente dichos criados tommario precifo para dis cho gatto , no eftá comprehendido enla dicha eondunacion :en cite opinamento incliña Lunmá bier fobee dicha propolicion, infirre: puiós aunque dizeyque o fe arreued relolverio, por el juíto temor de la condenación ; dizó támbien , que tampoco lo atrene dá condenario , ta nocebiidad precila.clara. ) 23. Y larazonde lodicho la aptiñta dicha Lumbier: Porque pareccte puede niger diferen. cia entre lulacio,y el luitento precilo de comet; Y vetirupues elto és dé ley narural; que lo laque de aquela quisn enteramente yo, el que nal hientiorra camino para aquello precifo ; feg fe efi, que la propotrción condenaia hablara pre cuamente de latatiosor zo, Lo

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz