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Confulta Onzoe. pues en tal cafo no fe puedepre(imir licencia,ni cófentimiento fuyo:y Ja razon a nueltro intento es:porque la propoficion condenadano habiaua en elte fentido,ni le acordaua del:ergo,óc, COROLARLOS. 85. Delodichofe ligue : que vn Varon no- ble,que fin notable detrimento de fu honra no puede mendigar,O 4 quien por razon de lu pun» to le fuera ello pefadiísimo-, y de fumo rubor, y verguenca, [ino tiene otro modo, ni medio para remediar fu necelsidad,podrá romarocultamen- te la comida y veltido, tin ir contra dicha coni= ¿enacion:porque la dicha necetsidad , Le ha de tener por extrema en dicho (ugero,fegunBanez, o 4 lo menos por grauiísima; veale Diana, pare, 5 1ri8Biref.24o só Siguefe lo fegundo:que aunque losCau» tivos Chrittianos entre Turcos, no cltán en ex- trema necelsidad,como dize Lumbier, fobre di. chapropoficion condenada : con todo ello, fino tuuielien otro medio para relcatarle , y lalir de cautiuerio ,que tomarlo necellario para ello d algunChri(tiano rico,lo podrán hazer, in ir con. tradicha condenacion, ¿ pe 87 Porque la dicha necelsidad es granifsi ma,y tal,que (2 roza,y puede reputar por extros ma,por losriefgos grandes que ay de ordinario, ode faltar en la Fe, o de viuir relaxadamente entrodichos Infieles,con el mal exemplo fuyo, y de orros malos Chriltianos de los que alli elo tán caucinos.y por-lafalrade caltigo. en el que. brantamiento de los preceptos de la Ley de Dios,y dela Iglcfia,falra de Predicadores, y de otros frequentes medios que ay en la Igletia para viuir como conuiene Chriftianamente ; y, que nosexcitan,y ayudan _¿co. 399 DIFIC V.LT AD INCIDENTE, 838 Y fipreguntares: ú delpuesque el hom- bre ha Jlegado.a: mejor tortuna. ettara obligado a reltiruir lo que tomo para repararda extu Ma, 0 grauiísimanecelsidad? $9 —Relpondo : que vnos Doétores.dizen, que (1i:porquepudiendole reparar,la tatmecelsi- dad , tomando preltado á oro , no es licita 1á- marlo en propriedad:y otros dizen,que no, pot» que en tal calo , tánto derecho tenia ¿aquella hazienda el que la tomó,como el que la tenia. 90 Pero nueftro Calpenkl dizesque fi quan do tomo la tal cantidad,no tenia , ni formal, mi virtualmente hazienda , de que poder focorret» fe,no cítara obiigado á refticuir porque enton- esadquirió verdadero dominio de la cola; poro (i-quando tomó la tal fiuma,teniralguna hazien- dayaunque el vío de ella le eltuuieíle por enton- cesimpolsibilitado ¿como (ivn hombre ricosv. g-*ítuuielle fuera de fu Reyno encarcelado, d cautino,y fin poderte valer de lu hazienda pro- pria,(1 fó6mafle: alguna cola para focorrer:la.p8- celsidad extrema,o cali extrema 3 eftará obliga. do depues enmbolviendoá fu tierraá reltituirios porque aquel d4:quien la tomo»no tenia obliga. cion á darfelas(ino foloá préftarlcia, 91 Peroyojuzgo,que ín praxi , le debe te- ner abloluramente la primera lentencia : lo pri- mero:porque la.extrema necelsidad no haze las colas comunes, fino entretanto que dura ; y asi paítada da necelsidad avrá obligacion de reíli- tuir. > om aru) 92 ¡Y lo fegundo: porque el que puede er mediar pidiendo preltadosno puede huttar:iug- go quando el tal toma algo para remediar fu nes celsidad, deberá tomarlo.como prefta- do,y defpues rcftituirlo quan do pueda. CONSVLTA XL En que fe preguntan los qhatro cafos Jignientes. 1 E pR.0 herido de Antonio en el cá- po,vino quexatidofcd luan;que elta- ua cercade el lugar en que le, hirios mas no tanto,que lo pudiefle auer vilto:fue lue- go luaná reprenender ¿Antonio, y de lo¿ pal So0.Conoció q eraatsi verdad,que dicho Ánto- nio léeauia hérido $ y auiendole preguntado có tela dejuíticiad Juan del cato, refpondio a aicho,que aula vito, gue dicho Antonio le i- rió,toi dae le hizieron pagar de coflas ciento y cinquenta ducados,y: Mas cinquenta al herido, Presunta dicho Juan, 11 por auctte hecho(co modicho.es) reitigo de vifta,no lo fiendo,cllajá obligado 4 pagar a dicho Antonio alguna parte de las coftas,refpeóto de que afirma, que cierto muchacho fe Ballo prefente 4 la herida, aunque no labe li le tomaron tambien fu dicho?.. -. 2 Vi criado de labranca hurto hafta feilción tos reales,y galtados,es ablucito: diuerfas vezes por no tener con que pagar : Casofe, y con lu trabajo ha grangeado hafta llegar 4 tener cinco bucyesde labranez, y lu fenaras, que aqui lla- mansy fu caía en que Viue,con que fuftenta mu. gery hijos:preguntafesí efte tal eltará obligado á no paííar adelante en el grangeo de mayor la. branga, lino ir palfando, y fuftentandols gon al. a E
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