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. (IIA A ME AA AAN AN E A A A A A A A AA US os 13 . 0 E RM A 7 AA a E.2. - > , 2 E 0 menos lo que vá rayado entre el fegundo parentelis,d.tom.2 %.701.P4g.619.Y toM.3.8.1677.8, Si E 6 > . . % e gue e a quien elcrupulizafle en la frafle de difimir,blrelve 4 tocar el PAN dia mua E we , paz. 1065. donde dize con Cardenas: que eftas palabras Dez cho tom.3 .mum,1678.5. 1 porque , pag. 10: ¡vno es,Decifion delde la Catedra de articulo de Fé; ici tificia tienen dos lentidos propios;vno es, Decilio «iio do es finicion Fontificia,tien 1 deldela Catedra de vna verdad cierta , fegura, e infalible en materia de y otro,decilion tambien A admitirte dicho fegundo modo de difinicion, y dicha frafle en a ción dige ler comun,y conítante do4rina de los Doétores , de los quales ichos De A a EE 215 Vide ¡lluns. cita muchos,y lo apoya con vna “sr Cepa we pS Vide il | ; D 16 0 lo fegundo:que el que dixefle de alguna de las dichas propoliciones condenadas 7 dadera eulariutino por ello contravendria á los dichos Decretos de Inocencio Xl.y Alez po Pp lo tienc Lumbier,rons. 3 Pag. 05 94d vertencia 2 ¿$ Lo jegundo pag: En E 2.y pag.1054:2:1677.y le EIA E del P.Moya,tr.3 .difp.6.9.5.$.5.8.47 Y 49.1 p.8.q eferirá delpues. ble 6 O ona porn diclais propoticiones no eltán condenadas por fallas Pc que muchas lo fon,y quizás todas)lino por efcandalo(as,y AN cepa pd el 40 Lama bier,y confta de los meímos Decretos en que le condenan; fed ficeft, que e compac mis muy bien el jayzio dela ve rdad efpeculatiua de la propoficion,cón el ropa PRA dd e pa ligro,o pernicic,Gife quilicibe poner en pradticarlucgo el SI a a .00 AA Ó alguna de ellas cra verdadera elpeculatiue,(ino nezalle,que era efcandalofa, y perniciola in pras xisno le opondrixá dichos Decretos:ergo,ótc, DAN E Li ici 9 La menor en q puede eftár la dificultad, (e prueba: porq bien fe compadece, q vna propo 1CIO no (ea fallzelpeculatiue,y con todo eflo,q fea, O de ocation de ruina efpiritual á los q la oyen, ln- clinandolos 4 pecar,o retrayendolos del excrcicio de las virtudes,y por contiguiente,q lea clcan- daloía; y que afsimiílmo ¿ca nociua á qualquiera que la practica; por ler tan relvaladiza, QuE tray. ga coníigo proximo peligro moral de pecado,y por conífiguiente, q fea porniciola in praxi:crg. Sc. 10 Elteantecedente,q tiene dos partes, fe prucba figillarrm:pues tn primis, no le puede dudar, pueda vna mecíma propoficion (er femul verdadera, y elcandalo(a: pruebas efto con dicho Líbier, citado: porq aísi como ay acciones elcandalo(as, q aunque no aya ma l,fon con todo ello por el mal exemplo,tropiczo,y pecado mortal, por la mala aparienciazalsi tambien ay doétrinas , que lin fer fallas fon de tropiezo,y por ete lado efcandalo(as,t ilicitasila paridad parece buena , y el antece.. ( ba como Íe ligue. puro: Lol de la difinicion del efcandalo,á quien difine S. Thomás': Diétum y Vel fattum minus rectum prebens alreri occafionem ruimesdonde le debe notar,que no dize obra mala, fino menos bye Baque haze tropezar. 7 Oda 12 Y lo 2.con exemplos:pues la entrada de yn Eclefiaftico;v.g.con frequencia en cafa de vna muger diuertida,puede ler,q con toda verdad fea á convertirla,y ganarla paraDios,y que el pueble lienta mal de la tal entrada,y la murnure,y que lea ocafió de tropiezo, ruina, y mal exéplo por efla caula,y por cótizuiente,q (ca elcandalofa,e ilicita,no obítante aquella verdad,y honeftidad del fin. 13 Lo miíimo paflaria en vna feñora,q aunque no huuiele mal en ello, dieffe frequente entrada en (u cala d algun hóbre,pudiendolo cuitar,con murmuracion de la vezindad,q juzgalle fer dichas entradas,y frequencia,ordenadas á mal fin de vna ilicita amiltad;y lo mefmo leriasti vn Ecleliaítis co,de quien(porq nunca le ven rezar,ni confellaríc)ay tumor comun en el pucblo,de q no fe con» fiella,o y no reza:que eftetal,aunque en la realidad fe confiefie,y reze en lo oculto,no obitante «£. lo caularia efcandalo,y podria [er ocafion de ruina á muchos con lu mal exemplo ; y afsi de otros millares de exemplos. 14 Deinde , tampoco parece puede dudaríe el que pueda vna mefma propolicion fer fimul verdadera ¡n re,y tan peligrola , y refvaladiza y qué [ca perniciola ín praxt. Atsilo tiene el doéto Lumbicr,tom.2 2.625 -p48.58 3 Y lo prueba con los exemplos iguientes. : ¿5 Pongo el calo,dize:quizá es verdad 4 parte rei,que el oículo,por lolo lu deleyte,es materia parva,y no especado martal;y con todo oy delpues de la condenacion de Alexandro es certifima mente pecado mortal.Quizá no por el deleyte delofculo, fino porel certifsimo peligro de q la vo luntad,por mas propofitos q haga de cotenerfe alli,y no paílar á mas,ay euidenre peligro de no cú.» plirlos,y de luzgo pretender patlará mas;y aísi es pecado mortal,no porla falledad de la opinion (que cíla no eltá aun difinida )íino por el cuidente peligro de mas. Afsi comono es pecado mor- tal contra el 5 «Mandamiento, delcolgaríe v no de lo alto de vna Torreá la corniía , que diíta dos varas de lo alrojaunque no alga la cumila,lino vn pie,(1 fupieñie de cierto, que ha de luíltenerfe in otro ricígo.Peroíi huuicde peligro de na luiteneríe alli,y de defpeñarfe, y matarte, feria ciertas mente pecado mortal por el peligro.Hafta aqui dicho Lumbier:luego cabe muy bien,que yna pro: poíicion no4e4 falla elpeculatiuc, y que lea elcandalo(a,y perniciola in praxi:crgo,Sc. » - 16 Dí- a

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